Resolución nº 2021 - 1706 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 925856255

Resolución nº 2021 - 1706 de Consejo Nacional Electoral

Fecha20 Mayo 2021
Año de Publicación2021
RESOLUCIÓN No. 1706 de 2021
(20 de mayo)
Por medio de la cual se SANCIONA al Comité Inscriptor del Grupo Significativo de Ciudadanos
MOVIMIENTO DE UNIDAD SOCIAL Y DEMOCRATICO, por la vulneración del artículo 28
de la Ley 1475 de 2011, como consecuencia de la inscripción del candidato señor EDGAR
BUSTOS INFANTE, como candidato al Concejo del Municipio de Falán en el Departamento
del Tolima, para las elecciones de autoridades territoriales realizadas el día veintisiete (27) de
octubre de dos mil diecinueve (2019), encontrándose incurso en causal de inhabilidad.
Radicado N° 3847-20.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
artículo 265 numerales 6 y 12 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 1
de 2009, Ley 130 de 1994, Ley 1475 de 2011 y con fundamento en los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1 Mediante la Resolución Nº 4825 del 18 de septiembre de 2019, expedida por esta
Corporación, se decidió el trámite de revocatoria de inscripción de 84 candidatos a cargos y
corporaciones de elección popular para los comicios de autoridades territoriales realizados el
27 de octubre de 2019, con ocasión del informe remitido por la Procuraduría General de la
Nación el día 9 de agosto de 2019. En el artículo primero del Acto Administrativo en mención
se determinó que:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR que los ciudadanos que se enlistan a
continuación se encuentran incursos en causales de inhabilidad como candidatos a
cargos o corporaciones de elección popular y en consecuencia REVOCAR el acto de
inscripción de sus candidaturas para las elecciones que se llevarán a cabo el 27 de
octubre de 2019, periodo constitucional 2020-2023
(…).
(…)”
1.2. El día 8 de mayo de 2020 mediante oficio CNESS-LHG-10001C, la Subsecretaría de la
Corporación presentó un listado de los Partidos, Movimientos Políticos y Grupos Significativos
de Ciudadanos que inscribieron candidatos inhabilitados en las pasadas elecciones de
No
No C.C
Nombre y
Apellido
Corporación
Agrupación
política
Departamento
Municipio
42
5.905.631
Bustos
Infante
Edgar
Concejo
Movimiento
De Unidad
Social y
Democrático
Tolima
Falán
Resolución No. 1706 de 2021 Página 2 de 38
Por medio de la cual se SANCIONA a Comité Inscriptor del Grupo Significativo de Ciudadanos “MOVIMIENTO DE U NIDAD
SOCIAL Y DEMOCRATICO”, por la vulneración del artículo 28 de la Ley 1475 de 2011, como consecuencia de la inscripción
del candidato señor EDGAR BUSTOS INFANTE, como candidato al Concejo del Municipio de Falán en el Departamento del
Tolima, para las elecciones de autoridades territoriales realizadas el día veintisiete (27) de octubre de dos mil diecinueve
(2019), encontrándose incurso en causal de inhabilidad. Radicado N° 3847-20.
autoridades locales realizadas el 27 de octubre de 2019, de conformidad con las decisiones de
revocatoria adoptadas por la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral, con el fin de ser
sometido este asunto a reparto entre los Consejeros para su correspondiente estudio.
Dentro del listado se relacionó al GRUPO SIGNIFICATIVO DE CIUDADANOS “MOVIMIENTO
DE UNIDAD SOCIAL Y DEMOCRATICO".
1.3. Por reparto interno de negocios del 13 de mayo de 2020, le correspondió al Magistrado
Jorge Enrique Rozo Rodríguez conocer del asunto radicado bajo el número 3847-20,
relacionado con la presunta vulneración a las normas electorales por parte del GRUPO
SIGNIFICATIVO DE CIUDADANOS “MOVIMIENTO DE UNIDAD SOCIAL Y DEMOCRATICO",
al haber inscrito al señor Edgar Bustos Infante como candidato al Concejo Municipal de Falán,
en el Departamento del Tolima, para las elecciones del año 2019.
1.4. Mediante Resolución 2693 del 16 de septiembre de 2020, el Consejo Nacional Electoral
decidió abrir investigación administrativa y formular cargos al Comité Promotor del Grupo
Significativo de Ciudadanos “MOVIMIENTO DE UNIDAD SOCIAL Y DEMOCRÁTICO”
conformado por los ciudadanos NORALBA GUZMAN AGUILAR, FREDY ALFONSO CASAS
TRUJILLO, y MIGUEL ANTONIO BEJARANO ALONSO, por la presunta vulneración al artículo
28 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011, consistente en la inscripción del señor EDGAR BUSTOS
INFANTE, como candidato al Concejo del Municipio de Falán en el Departamento del Tolima,
estando incurso en una causal de inhabilidad prevista en la ley, al existir una sentencia penal
condenatoria en su contra que configuró la inhabilidad del excandidato, al tenor del numeral 1
1.5 La mencionada Resolución No. 2693 del 16 de septiembre de 2020 en su artículo segundo
concedió a los investigados el término de quince (15) días hábiles para presentar descargos,
aportar y/o solicitar la práctica de pruebas que pretendieran hacer valer dentro de la presente
investigación administrativa. Dicho acto administrativo fue notificado por la Subsecretaría del
Consejo Nacional Electoral a los investigados y al Ministerio Público de la siguiente manera:
INVESTIGADO
FECHA
NOTIFICACIÓN
FORMA DE
NOTIFICACIÓN
NORALBA
GUZMAN AGUILAR
8 de octubre de
2020
CORREO
ELECTRÓNICO
FREDY ALFONSO
CASAS TRUJILLO
8 de octubre de
2020
CORREO
ELECTRÓNICO
Resolución No. 1706 de 2021 Página 3 de 38
Por medio de la cual se SANCIONA a Comité Inscriptor del Grupo Significativo de Ciudadanos “MOVIMIENTO DE U NIDAD
SOCIAL Y DEMOCRATICO”, por la vulneración del artículo 28 de la Ley 1475 de 2011, como consecuencia de la inscripción
del candidato señor EDGAR BUSTOS INFANTE, como candidato al Concejo del Municipio de Falán en el Departamento del
Tolima, para las elecciones de autoridades territoriales realizadas el día veintisiete (27) de octubre de dos mil diecinueve
(2019), encontrándose incurso en causal de inhabilidad. Radicado N° 3847-20.
MIGUEL ANTONIO
BEJARANO
ALONSO
8 de octubre de
2020
CORREO
ELECTRÓNICO
MINISTERIO
PÚBLICO
7 de octubre de
2020
CORREO
ELECTRÓNICO
Transcurridos los quince (15) días a partir de la debida notificación de la Resolución No. 2693
del 16 de septiembre de 2020, por medio de la cual se dio apertura a la investigación
administrativa y se formularon cargos a los miembros del Comité Promotor del Grupo
Significativo de Ciudadanos MOVIMIENTO DE UNIDAD SOCIAL Y DEMOCRATICO”
conformado por los ciudadanos NORALBA GUZMAN AGUILAR, FREDY ALFONSO CASAS
TRUJILLO, y MIGUEL ANTONIO BEJARANO ALONSO; ninguno de los investigados presentó
los descargos respectivos.
1.6 En el artículo sexto de la Resolución 2693 del 16 de septiembre de 2020, se solicitó a la
Subsecretaría de la Corporación, que allegara las constancias de ejecutoria de la Resolución
4825 del 18 de septiembre de 2019, además que informara si habían interpuesto recursos en
contra de la misma, que en caso afirmativo indicara mediante que acto administrativo se
resolvieron.
1.7 Mediante Oficio CNE-SS/LFRR/06847/20200003847-00 se dio respuesta a la precitada
solicitud, así:
(…)
En respuesta al literal SEXTO de su solicitud, se relacionan a continuación las
resoluciones que resuelven los recursos de reposición interpuestos contra la
Resolución No. 4825 del 18 de septiembre de 2019 con sus respectivas constancias
de ejecutoria:
Resolución No. 5052 del 23 de septiembre de 2019 "Por medio de la cual se deciden
los recursos de reposición contra la Resolución No. 4825 de 2019, "Por la cual se
decide la revocatoria de inscripción de candidatos a cargos y corporaciones de
elección popular para los comicios a celebrarse el 27 de octubre de 2019, iniciada con
fundamento en la relación remitida por la Procuraduría General de la Nación." En una
(1) página.
(…)
Resolución No. 5533 del 2 de octubre de 2019 "Por medio de la cual se aclara la
Resolución N° 4825 del 18 de septiembre de 2019 "Por la cual se decide la revocatoria
de inscripción de candidatos a cargos y corporaciones de elección popular para los
comicios a celebrarse el 27 de octubre de 2019, iniciada con fundamento en la relación
remitida por la Procuraduría General de la Nación". En una (1) página.
(…)
De lo anterior se anexó una página para explicar cada punto de la siguiente manera:
1.7.1 Respecto de la Resolución 5052 del 23 de septiembre de 2019:
(…)

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