Resolución nº 2021 - 7923 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 925905529

Resolución nº 2021 - 7923 de Consejo Nacional Electoral

Fecha23 Septiembre 2021
Año de Publicación2021
RESOLUCIÓN No. 7923 de 2021
(octubre 29)
Por la cual se PRORROGA el plazo para la recolección de apoyos ciudadanos, presentada
por la señora Elizabeth Moreno Sanabria, en calidad de vocera del comité promotor del
referendo constitucional aprobatorio denominado Referendo del Pueblo 2021 Plan Salida,
expediente radicado No. CNE-E-2021-018901.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el
artículo 265 numeral 6º de la Constitución Política y de la Ley 1757 de 2011 artículos 3°, 5°, 9º
literal e) y 10, y teniendo en cuenta los siguientes
I. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. Mediante correo electrónico radicado ante la oficina de atención al ciudadano de esta
Corporación, bajo el número CNE-E-2021-018901 del 23 de septiembre de 2021, la ciudadana
Elizabeth Moreno Sanabria, en calidad de vocera del comité promotor del referendo
constitucional aprobatorio denominado Referendo del Pueblo 2021 Plan Salida”, solicitó la
prórroga del plazo para la recolección de apoyos ciudadanos y entrega de formularios del
citado mecanismo de participación, en los siguientes términos:
“(…) Acogiéndonos muy respetuosamente al artículo decimo de la estatutaria 1757 de
2015, que trata del derecho a la participación democrática de las organizaciones civiles,
me permito solicitarles encarecidamente, la prórroga correspondiente establecida en el
mencionado artículo en el que, por problemas de fuerza mayor y hasta por tres meses
más la recolección de apoyos para nuestro Referendo del Pueblo Plan Salida, con
Resolución 2198 de Abril / 2021, solicitado por el comité suscriptor integrado y vocera
principal la Señora Elizabeth Moreno Sanabria con cedula de ciudadanía #63431840 de
Floridablanca Santander.
Este problema de fuerza mayor, involucró a todo el país urbano y rural, que debido a
movilizaciones, bloqueos y violencias desatadas en el marco del Paro Nacional 2021 que
se inició el 28 de abril (4 meses y 24 días) con manifestaciones que escalaron en
desmanes y violencia brutal. Uds. Comprenderán que las actividades de movilidad, de
tranquilidad en los espacios para el ejercicio de la democracia, en este caso la
recolección de los apoyos ciudadanos como reza la ley, pero el peligro que
corríamos por los enfrentamientos permanentes entre los manifestantes y la fuerza
pública, en una situación francamente terrorífica, donde hubo gases lacrimógenos,
perdida de ojos, disparos, 75 muertos, 1062 heridos, 1380 detenidos, 129
desaparecidos, 3 policías muertos, 1083 policías heridos, 19 policías retirados.
Una guerra que hizo imposible la vida ciudadana y más imposible aún, el ejercicio
democrático al cual estamos obligados a realizar en la medida en que inscribimos
una iniciativa de referendo, la que fue respaldada normativamente por esa honorable
institución del poder electoral. En consecuencia, consideramos que clasificamos en lo
estipulado en el artículo 10 en lo que tiene que ver con el plazo de prórroga al cual tiene
derecho los ciudadanos en uso de los mecanismos de participación ciudadana que
serían sometidos como FUERZA MAYOR AL TERROR LA VIOLENCIA Y LA MUERTE.

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