Resolución nº 2021 - 7978 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 925845416

Resolución nº 2021 - 7978 de Consejo Nacional Electoral

Fecha27 Octubre 2019
Año de Publicación2021
RESOLUCIÓN No. 7978 de 2021
(octubre 29)
Por la cual se SANCIONA al señor FREDDY ALEJANDRO MERCADO TUBERQUIA, en su
condición de aspirante al concejo de Medellín (Antioquia), por la vulneración del artículo 35 de
la Ley 1475 de 2011 que subrogó el artículo 24 de la ley 130 de 1994, al haber realizado
propaganda electoral anticipada, en el marco de las pasadas elecciones de autoridades locales
realizadas el 27 de octubre de 2019, expediente radicado No. 14774-19.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
numeral 6° del artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el artículo 12 del acto
legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 130 de 1994, la Ley 1475 de 2011 y con
fundamento en los siguientes:
I. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. El 30 de julio de 2019, la Subsecretaría de Espacio Público de la Secretaría de Seguridad
y Convivencia de Medellín (Antioquia), radicó informe ante la Corporación, a través del cual
daba a conocer presunta propaganda electoral anticipada, desarrollada en el municipio de
Medellín (Antioquia), por parte del señor FREDDY ALEJANDRO MERCADO TUBERQUIA,
en los siguientes términos:
“REF.: Remisión infracción presunta propaganda electoral Solicitud de medida
cautelar que garantice el acceso equitativo.
Respetuoso saludo,
La subsecretaria de Espacio Público del municipio de Medellín, por medio de la presente
comunicación y conforme a las competencias asignadas a su entidad en el numeral 6 del
artículo 265 de la Constitución Política de Colombia modificado mediante el Acto legislativo
01 de 2009, se permite remitir para su conocimiento y fines pertinentes la presunta
infracción efectuada por los señores Juan David Valderrama y Freddy Alejandro Mercado,
candidatos del Grupo Significativo de Ciudadanos “Todos Juntos” a las normas de
propaganda electoral contenidas en la Ley 130 de 1994 y Ley Estatutaria 1475 de 2011
con base en los siguientes hechos:
ANTECEDENTES
1. El día 18 de julio de 2019 en recorrido realizado por el personal contratista a la
Subsecretaría de Espacio Público, a la calle 48 con carrera 42, se encontró instalado
en un medio no motorizado un (1) elemento publicitario con presunta propaganda
electoral alusiva a “TOSO JUNTOS # 12, ALEJO MERCADO AL CONCEJO,
VALDERRAMA ALCALDE (…)”.
Resolución No. 7978 de 2021 Página 2 de 22
Por la cual se SANCIONA al señor FREDDY ALEJANDRO MERCADO TUBERQUIA, en su condición de aspirante al concejo
de Medellín (Antioquia), por la vulneración del artículo 35 de la Ley 1475 de 2011 que subrogó el artículo 24 de la ley 130 de
1994, al haber realizado propaganda electoral anticipada, en el marco de las pa sadas elecciones de autoridades locales
realizadas el 27 de octubre de 2019, expediente radicado No. 14774-19”.
Con la queja, se adjuntó un (1) registro fotográfico (imagen valla móvil), alusiva, presuntamente
a la aspiración del señor FREDDY ALEJANDRO MERCADO TUBERQUIA al concejo de
Medellín (Antioquia). De lo anterior, se hará referencia en el acápite del acervo probatorio del
presente acto administrativo.
1.2. Mediante oficio radicado No. 201900017356-00 del 13 de agosto de 2019, la subsecretaria
de espacio público de la Secretaría de Seguridad y Convivencia de la alcaldía de Medellín,
remitió informe a través del cual, manifestó, lo siguiente:
“(…) 1. El día 2 de agosto de 2019, en recorrido realizado por el personal técnico
contratista de la Subsecretaría de espacio público, a la carrera 51 con calle 46, se
encontraron instalados en dos medios no motorizados dos (2) elementos publicitarios con
propaganda electoral alusiva a “TODOS JUNTOS #12, ALEJO MERCADO AL CONCEJO,
VALDERRAMA ALCALDE (…)”.
Al informe, se adjuntaron dos (2) registros fotográficos.
1.3. Mediante oficio radicado No. 201900019641-00 del 29 de agosto de 2019, la
Subsecretaría de espacio público de la Secretaría de Seguridad y Convivencia de la alcaldía
de Medellín (Antioquia), remitió informe a esta Corporación, dando a conocer, lo siguiente:
“(…) El día 2 de agosto de 2019, en recorrido realizado por el personal técnico contratista
de la Subsecretaria de Espacio Público, a la carrera 51 con calle 46, se encontraron
personas distribuyendo propaganda electoral tipo volantes alusivos a “FIRME POR ALEJO
MERCADO AL CONCEJO, # 12 TODOS JUNTOS. (…)”
Al escrito se anexó un (1) registro fotográfico. Las fotografías allegadas, se citarán y adjuntarán
en el acápite de pruebas.
1.4. Mediante Resolución No. 929 del 12 de marzo de 2019, el Consejo Nacional Electoral
registró el logo-símbolo del grupo significativo de ciudadanos denominado TODOS JUNTOS,
que promovió y postuló una lista al concejo para el municipio de Medellín (Antioquia), con la
siguiente imagen:
1.5. El presente asunto con radicado No. 201900014774-00, fue asignado para su trámite y
estudio al despacho del magistrado Hernán Penagos Giraldo.
1.6. Mediante Resolución No. 7348 del 03 de diciembre de 2019, esta Corporación abrió
investigación y formuló cargos en contra del señor FREDDY ALEJANDRO MERCADO
TUBERQUIA, por la presunta vulneración del artículo 24 de la ley 130 de 1994 subrogado por
el artículo 35 de la Ley 1475 de 2011, sobre propaganda electoral. En dicha resolución, se

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR