Resolución nº 2021 - 9028 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 925855870

Resolución nº 2021 - 9028 de Consejo Nacional Electoral

Fecha15 Diciembre 2021
Año de Publicación2021
RESOLUCIÓN No. 9028 DE 2021
(15 de diciembre)
Por medio de la cual se RESUELVE el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución
No. 4099 de 16 de diciembre de 2020, por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO
ALIANZA VERDE y a los ciudadanos CARLOS EDILSON GARCÍA SÁNCHEZ (…)
JENNIFER MILENA CAÑÓN PITTA (…) como consecuencia de la omisión de administrar (…)
totalmente los recursos de campaña a través de la cuenta única bancaria, en el marco de las
elecciones al Congreso de la República, realizadas el 11 de marzo de 2018 (…)”
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las otorgadas en el numeral 6
del artículo 265, y el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 y teniendo en cuenta el siguiente:
1.- HECHOS
1.1. Mediante el oficio CNE-FNFP-6646 de 20 de diciembre de 2018, la Asesoría del Fondo
Nacional de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral señaló a los candidatos
CARLOS EDILSON GARCÍA SÁNCHEZ, JULIO EDUARDO CALA PÉREZ y CESAR
AUGUSTO ORTIZ ZORRO del PARTIDO ALIANZA VERDE, de administrar parcialmente en
la cuenta única bancaria, los recursos de sus campañas electorales para la CÁMARA DE
REPRESENTANTES, por el departamento de CASANARE, periodo 2018-2022.
2.- ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA
2.1. Mediante la Resolución 4099 de 16 de diciembre de 2020, el Consejo Nacional Electoral
resolvió sancionar al candidato del Partido Alianza Verde, el señor CARLOS EDILSON
GARCÍA SÁNCHEZ, y a su gerente de campaña, la señora JENNIFER MILENA CAÑÓN
PITTA, por la administración de los recursos de su campaña electoral para la CÁMARA DE
REPRESENTANTES, por la circunscripción electoral de CASANARE, período 2018-2022, por
fuera de la cuenta única bancaria.
2.2. La Resolución No. 4099 de 16 de diciembre de 2020 se notificó, así:
Al señor Carlos Edilson García Sánchez se le notificó el 7 de enero de 2021, en el correo
electrónico autorizado carlos_garcsan@hotmail.com, según da cuenta el oficio CNE-
SS-CCS/S-21253/RRCO/201900000005-00 de 6 de enero del 2021, de la
Subsecretaria del Consejo Nacional Electoral.

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