Resolución Nº 2021331006185 de Superintendencia de Economía Solidaria, 14 septiembre 2021 - Normativa - VLEX 917760185

Resolución Nº 2021331006185 de Superintendencia de Economía Solidaria, 14 septiembre 2021

Fecha14 Septiembre 2021
Número de resolución2021331006185
Año2021
V_OAPS-F72013
SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMIA SOLIDARIA
RESOLUCION 2021331006185 DE
14 de septiembre de 2021
Por la cual se prorroga el término de la medida de toma de posesión para administrar los bienes,
haberes y negocios de la Unión de Profesionales para la Cultura y la Recreación, U.P.C.R.,
Asociación Cooperativa
LA SUPERINTENDENTE DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA (E)
En ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 34 de la Ley 454 de
1998, modificado por el artículo 98 de la Ley 795 de 2003; el numeral 6 del artículo 2 del Decreto 186
de 2004; el Decreto 455 de 2004, compilado en el título 3 parte 11 del Decreto 1068 de 2015; el
Decreto 663 de 1993 y el Decreto 2555 de 2010, y con fundamento en los siguientes,
I. ANTECEDENTES
La Unión de Profesionales para la Cultura y la Recreación, U.P.C.R., Asociación Cooperativa,
identificada con NIT 830.027.779-7, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá D.C., en la
dirección Transversal 26B No. 40A - 77, e inscrita en la Cámara de Comercio de Bogotá, es una
organización de la economía solidaria, que no está bajo supervisión especializada del Estado, razón
por la cual se encuentra sujeta al régimen de vigilancia, inspección y control, a cargo de la
Superintendencia de la Economía Solidaria.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 4º del Decreto 2159 de 1999, la Unión de Profesionales para
la Cultura y la Recreación, U.P.C.R., Asociación Cooperativa, se encuentra catalogada dentro de las
organizaciones solidarias de primer nivel de supervisión, según Resolución No. 739 del 15 de octubre
de 2010 proferida por esta Superintendencia.
Por haberse configurado las causales contenidas en los literales e), f), g) y h) del numeral 1 artículo
114 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y con fundamento en lo previsto en el artículo 291
ibídem, la Superintendencia de la Economía Solidaria, mediante Resolución No. 2020331000445 del
17 de enero 2020, ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios de la
Unión de Profesionales para la Cultura y la Recreación, U.P.C.R., Asociación Cooperativa, por el
término de dos (2) meses, para adelantar el diagnóstico de la situación real de la organización,
contado a partir del 20 de enero 2020, fecha en que se hizo efectiva la medida.
En dicho acto administrativo, se designó como agente especial de la Unión de Profesionales para la
Cultura y la Recreación, U.P.C.R., Asociación Cooperativa, a la señora Betty Fernández Ruíz
identificada con cédula de ciudadanía No. 36.152.463 y como revisora fiscal a la señora Mireya
Castellanos Melo, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.432.939.
Mediante comunicación radicada bajo el número 20204400078682 del 6 de marzo de 2020, la agente
especial de la Unión de Profesionales para la Cultura y la Recreación, U.P.C.R., Asociación
Cooperativa, presentó ante esta Superintendencia solicitud de prórroga del término de la medida, en
el plazo de dos (2) meses, de conformidad con lo previsto en el artículo 9.1.1.1.1 del Decreto 2555 de
2010.
REPUBLICA DE COLOMBIA
Identificador : vYSv toLm SnSy ii1S /LNP 5m13 E08=
La validez de este documento puede verificarse en: https://sedeelectronica.supersolidaria.gov.co/SedeElectronica
Documento firmado digitalmente
Copia en papel auténtica de documento electrónico.

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