Resolución N° 202150159516 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 16-09-2021 - Normativa - VLEX 879099648

Resolución N° 202150159516 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 16-09-2021

Año2021
Fecha16 Septiembre 2021
Fecha de publicación22 Septiembre 2021
Tipo de documentoResolución
Gaceta Oficial Nº4868
13
RESOLUCIÓN NÚMERO 202150159516
(Septiembre 16 de 2021)
“Por medio del cual se adopta la planta de empleos de la Secretaría de las Mujeres, y se
dictan otras disposiciones”
LA SECRETARIA DE GESTIÓN HUMANA Y SERVICIO A
LA CIUDADANÍA
En uso de sus facultades legales y reglamentarias en
especial las conferidas por la Ley 909 de 2004 y sus
Decretos reglamentarios, el Decreto 1083 de 2015 y las
delegadas mediante los Decretos Municipales 883 de 2015
en su artículo 121, modicado por el artículo 17 del Decreto
0863 de 2020 y el artículo 1° del Decreto Municipal 912 de
2015, y
CONSIDERANDO QUE:
que Ia función administrativa está al servicio de los intereses
generales y se desarrolla con fundamento en los principios
de igualdad, moralidad, ecacia, economía, celeridad,
imparcialidad y publicidad, mediante Ia descentralización,
Ia delegación y Ia desconcentración de funciones.
El Municipio de Medellín tiene una Planta Global de
empleos, de acuerdo con lo denido en el artículo 115 de
la Ley 489 de 1998 “Por la cual se dictan normas sobre la
organización y funcionamiento de las entidades del orden
nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas
generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en
los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución
Política y se dictan otras disposiciones”, en concordancia
El artículo 19 de la Ley 909 de 2004, “Por la cual se
expiden normas que regulan el empleo público, la
carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras
disposiciones”, trata de la estructura del empleo público,
deniéndolo como (…) el conjunto de funciones, tareas
y responsabilidades que se asignan a una persona y las
competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el
propósito de satisfacer los Planes de Desarrollo y los nes
del Estado. (…)”
El Decreto 1083 de 2015, “Por medio del cual se expide
el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función
Pública”, establece entre otros los criterios para realizar los
Traslados o permutas de empleos.
Mediante el Decreto 883 de junio 3 de 2015, modicado
por el Acuerdo 01 de 2016 y el Decreto 863 de 2020, “Se
adecúa la Estructura de la Administración Municipal de
Medellín, las funciones de sus organismos, dependencias
y entidades descentralizadas, se modican unas entidades
descentralizadas y se dictan otras disposiciones”.
En el Decreto 883 de 2015 se creó en la estructura
administrativa del nivel central de la Administración
Municipal, entre otras, la, Secretaría de las Mujeres, para
cumplir las responsabilidades, funciones, procesos, planes,
programas y proyectos a ella asignados y que para ello,
requiere contar con una planta de personal, que permita
la operación, integración y el fortalecimiento, para alcanzar
los nes del Estado y la ejecución del Plan de Desarrollo,
manteniendo lo consagrado en el artículo 115 de la Ley 489
de 1998.
La condición de planta global que caracteriza la estructura
de empleos de la Administración Municipal permite la
reubicación de los empleos, respetando su perl, asignación
salarial y la naturaleza de las funciones, a n de fortalecer
los procesos estratégicos, misionales y de apoyo de la
dependencia.
La Ley ha dispuesto que es función del nominador ubicar
los cargos en las distintas dependencias de la organización,
de conformidad con la estructura orgánica, las necesidades
del servicio y los planes y programas que se deban ejecutar.
Mediante el Decreto 912 de junio 5 de 2015, se delegó en la
Secretaría de Gestión Humana y Servicio a la Ciudadanía,
la administración y control de la planta global de empleos
del sector central, la organización con carácter permanente
o transitorio de las unidades, equipos y grupos internos
de trabajo y la redistribución del personal del Municipio
de Medellín del nivel central, con el n de atender las
necesidades del servicio y cumplir con ecacia y eciencia,
los objetivos, políticas y programas de las dependencias
centrales.
Teniendo en cuenta que como resultado del rediseño
y fortalecimiento institucional llevado a cabo en el año
2020, se suprimieron cargos y se optimizaron otros en
la Administración Municipal, se requieren actualizar las
plantas de cargos en las diferentes dependencias, para
el cumplimiento de las funciones y responsabilidades
encomendadas a cada una de las Secretarías,
Departamentos Administrativos, Unidades Administrativas
Especiales y Gerencias de la Entidad.
Con el propósito de fortalecer los procesos de la Secretaría
de las Mujeres, se adopta la planta de empleos con
el propósito de dar respuesta a los objetivos y metas
institucionales.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°: Adoptar la planta de empleos de la Secretaría
de las Mujeres, como se detalla a continuación:

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