Resolución nº 2022 - 0668 de Consejo Nacional Electoral
Año de Publicación | 2022 |
Fecha | 19 Octubre 2021 |
RESOLUCIÓN Nº 0668 DE 2022
(19 de enero)
Por medio del cual se ABSTIENE de iniciar investigación administrativa contra un jurado de
votación en el municipio de Zipaquirá-Cundinamarca, y se ordena el archivo del expediente
radicado con el No. CNE-E-2021-021591.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los
numerales 3 y 6 del artículo 265 de la Constitución Política, y con fundamento en los siguientes:
1. HECHOS y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. Mediante oficio No. 003289 del 19 de octubre de 2021, fue remitida por competencia,
queja y anexos por parte de la funcionaria Luz Ángela Ovalle Paramo, Procuradora
Provincial de Zipaquirá-Cundinamarca al Consejo Nacional Electoral, en el que informó
presuntas irregularidades respecto del desempeño de las funciones como jurado de
votación de la mesa 16 a la señora Olga Pinzón, en relación con la entrega de tarjetones
electorales en los comicios adelantados el 11 de marzo de 2018, correspondientes al
puesto de votación de Nemocón, Zipaquirá- Cundinamarca.
1.2. Anexo al oficio citado, se incorporó el formato de recepción de queja con radicado No.
2018-184361, presentado por la ciudadana LEIDY CONSUELO RINCÓN BENITES,
residente en Zipaquirá-Cundinamarca, mediante el cual expuso la presunta vulneración
de las disposiciones sobre el marco normativo electoral vigente, los cuales relaciona de
la siguiente manera:
“(…) Le solicité a la jurado (SIC) el tarjetón para la consulta y ella me dio el tarjetón
de Petro; yo le pregunté qué sí solamente era consulta para Petro o existían otros
candidatos: ella me dijo que solamente estaban los dos y no había más; fue mentira
y cuando salí me dijeron que habían o estaban el candidato de la paz o de Colombia.
Me sentí engañada (…)”.
1.3. A la queja anteriormente enunciada, no se anexó prueba alguna.
1.4. Por reparto de la Corporación, le correspondió el conocimiento del expediente bajo
radicado CNE-E-021591-21, al magistrado Renato Rafael Contreras Ortega.
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