Resolución nº 2022 - 0686 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 898550644

Resolución nº 2022 - 0686 de Consejo Nacional Electoral

Fecha19 Enero 2022
Año de Publicación2022
RESOLUCIÓN No. 0686 de 2022
(19 de enero)
Por medio de la cual se DECLARA LA CARENCIA DE OBJETO respecto de los hechos
presentados dentro del radicado CNE-E-2021-023886, presentada por la ciudadanía de la
Montañita Caquetá por las presuntas inhabilidades de los candidatos de la lista al
Concejo Municipal de Juventudes de ese municipio, por el Partido Conservador, para las
elecciones que tendrán lugar el 5 de diciembre de 2021.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
inciso quinto del artículo 108 y el numeral 12º del artículo 265 de la Constitución Política,
y teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS
1.1. Mediante correo electrónico originado desde
denunciaciudadanalamontañita@hgmail.com radicado en la Corporación el 19 de
noviembre de 2021, radicado bajo el número CNE-E-2021-023886, se solicita a esta
Corporación un pronunciamiento frente a una serie de situaciones que se presentan con
los candidatos al Consejo Municipal de Juventudes en la Montañita Caquetá, a saber:
“(…) Candidatos al Consejo Municipal de Juventudes en La Montanita
Caquetá.
Solicitamos si es legal y si hay inhabilidad para que la lista al Consejo Municipal
de Juventudes por el Partido Conservador esté compuesta por candidatos con
primer ado de consanguinidad con funcionarios de la Alcaldía municipal del
mismo ente territorial al cual se postulan corno consejeros de juventud. Así
mismo, un candidato ha tenido de manera permanente vinculación contractual
con el mismo ente territorial al cual se presenta como candidnto al Consejo
Municipal de Juventudes. Los casos son los siguientes:
1. Candidata Chirley Vaneza Castro Pérez identificada con T.I. No.
1.119.211858 tiene primer grado de consanguinidad al ser hija de Patricia
Pérez Tapiero quien se desempeña como secretaria de despacho del alcalde
municipal. Yuleidy Buitrago identificada con C.C. No. 1.138.924.242 tiene
primer grado de consanguinidad al ser hija de Venid Bultrago
2. Candidata Yuleidy Buitrago identificada con C.C. No. 1.138.924.242 tiene
primer grado de consanguinidad al ser hija de Venid Bultrago quien se

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