Resolución nº 2022 - 2126 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 910653740

Resolución nº 2022 - 2126 de Consejo Nacional Electoral

Fecha26 Abril 2022
Año de Publicación2022
(26 de abril)
Por medio de la cual el Consejo Nacional Electoral ordena abrir investigación administrativa y
formular cargos en contra de los ciudadanos CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ,
JUANITA GOEBERTUS ESTRADA, FELIPE JIMÉNEZ, el PARTIDO ALIANZA VERDE y la
ORGANIZACIÓN PUBLICIDAD EXTERIOR OPE, y se abstiene de iniciar actuación
administrativa en contra de los ciudadanos ANTONIO NAVARRO WOLFF, AURELIJUS
RUTENIS ANTANAS MOCKUS SIVICKAS y RAFAEL PARDO, por la pretensa divulgación
irregular de propaganda electoral en la ciudad de Bogotá D.C.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el
numeral 6 del artículo 265 de la Constitución Política y los artículos 39 de la Ley 130 de 1994
y 13 de la Ley 1475 de 2011 y, con fundamento en los siguientes:
1. HECHOS
1.1. Mediante escrito radicado con el número 4014-00 de 22 de marzo de 2019, la doctora
Claudia López Hernández presentó queja sobre la divulgación irregular de propaganda
electoral en favor de su candidatura a la Alcaldía de Bogotá D.C, periodo (2020-2023).
1.2. El 28 de marzo de 2019, mediante escrito radicado con el número 4280-00, el señor
Guillermo Fernández Gómez formuló queja por la divulgación extemporánea de propaganda
electoral en Bogotá, de la ciudadana CLAUDIA LÓPEZ HERNÁNDEZ.
1.3. Con oficio radicado número 4505-00 de 01 de abril de 2019, el representante legal del
Partido Alianza Verde, Jaime Navarro Wolff, presentó queja sobre la divulgación irregular de
propaganda electoral en apoyo de los candidatos CLAUDIA LÓPEZ HERNÁNDEZ y ANTONIO
NAVARRO WOLFF.
1.4. Mediante oficio de 16 de abril de 2019, radicado No 5621-00, el señor Guillermo
Fernández Gómez presentó nuevamente queja, por la divulgación irregular de propaganda
electoral en Bogotá de la señora CLAUDIA LÓPEZ HERNÁNDEZ.
1.5. Con escrito radicado con el número 201900007247-00 de 13 de mayo de 2019, el señor
Hollman Ibáñez Parra solicitó que se investigara administrativamente a las ciudadanas Claudia
López Hernández y Juanita Goebertus, por la presunta divulgación irregular de propaganda
electoral en Bogotá D.C.
Resolución 2126 de 2022 Página 2 de 55
Por medio de la cual el Consejo Nacional Electoral ordena abrir investigación administrativa y formular cargos en contra de los ciudadanos
CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ, JUANITA GOEBERTUS ESTRADA, FELIPE JIMÉNEZ, el PARTIDO ALIANZA VERDE y la
ORGANIZACIÓN PUBLICIDAD EXTERIOR OPE, y se abstiene de iniciar actuación administrativa en contra de los ciudadanos ANTONIO
NAVARRO WOLFF, AURELIJUS RUTENIS ANTANAS MOCKUS SIVICKAS y RAFAEL PARDO, por la pretensa divulgación irregular de
propaganda electoral en la ciudad de Bogotá D.C.
1.6. Mediante oficio de 23 de mayo de 2019, la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, trasladó queja
nuevamente del ciudadano Guillermo Fernández Gómez, por presunta divulgación
extemporánea de propaganda electoral de CLAUDIA LÓPEZ HERNÁNDEZ.
1.7. A través de oficio CNE-HPG-345-2019 de 27 de junio de 2019, el Magistrado Hernán
Penagos Giraldo remitió el expediente bajo radicado No 5621-19, sobre la presunta divulgación
irregular de propaganda electoral en la ciudad de Bogotá DC por parte de la ciudadana Claudia
López Hernández para su respectiva acumulación al proceso No. 4014-19, en razón a que este
despacho conoció primero del asunto.
1.8. El 19 de julio de 2019 con memorial radicado con el número 13702-00, la señora Daniela
Rivera Pinzón formuló que respecto de la divulgación de propaganda electoral extemporánea
del señor Rafael Pardo y la doctora Claudia Nayibe López Hernández.
1.9. Mediante oficio No 31373-00 de 15 de octubre de 2019, la Procuraduría General de la
Nación trasladó la queja del señor Carlos Fadrique Méndez respecto del uso irregular de fotos
de niños en publicidad política de Claudia López Hernández.
1.10. La personería de Bogotá D.C, con oficio de 16 de octubre de 2019 y radicado número
31497-00, trasladó la misma solicitud del señor Carlos Fradique Méndez.
1.11. Con escrito de 28 de octubre de 2019 radicado No 34019-00, el señor Guillermo
Fernández Gómez, formuló queja contra la ciudadana Claudia López Hernández, por la
presunta divulgación irregular de propaganda electoral el día de las elecciones celebradas el
27 de octubre de 2019.
1.12. El 05 de noviembre de 2019, el señor IVAN DARIO BOTERO RODRÍGUEZ radicó la
queja con radicación 34567-00, también, por la presunta divulgación irregular de propaganda
electoral el 27 de octubre de 2019, día de las elecciones territoriales.
1.13. Mediante escrito, radicado No 36028-00 de 03 de diciembre de 2019, el ciudadano Jesús
Antonio Osorio Tejada solicitó investigación respecto de la doctora Claudia López Hernández,
por la pretensa divulgación de propaganda electoral, el día de las elecciones.
2. ACTUACIONES DENTRO DEL PROCESO
2.1. El 28 de marzo de 2019 se asignó al Magistrado Pedro Felipe Gutiérrez Sierra, el
expediente radicado con el número 4014-19.
Resolución 2126 de 2022 Página 3 de 55
Por medio de la cual el Consejo Nacional Electoral ordena abrir investigación administrativa y formular cargos en contra de los ciudadanos
CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ, JUANITA GOEBERTUS ESTRADA, FELIPE JIMÉNEZ, el PARTIDO ALIANZA VERDE y la
ORGANIZACIÓN PUBLICIDAD EXTERIOR OPE, y se abstiene de iniciar actuación administrativa en contra de los ciudadanos ANTONIO
NAVARRO WOLFF, AURELIJUS RUTENIS ANTANAS MOCKUS SIVICKAS y RAFAEL PARDO, por la pretensa divulgación irregular de
propaganda electoral en la ciudad de Bogotá D.C.
2.2. Mediante escrito de 01 de abril de 2019, el despacho del Magistrado Sustanciador solicitó
a la Asesoría de Inspección y Vigilancia que informara si el Partido Alianza Verde manifestó
su intención de participar en las Consultas populares, internas o interpartidistas para la
escogencia de candidatos a la Alcaldía de Bogotá.
2.3. El 04 de abril de 2019 bajo los radicados No. 4847-00 y 4852-00, el Grupo de Control
Electoral de la Procuraduría General de la Nación informó sobre la existencia de vallas
publicitarias a favor de los ciudadanos Antonio Navarro Wolff y Claudia López Hernandez.
2.4. Con Auto de 9 de abril de 2019, dentro del radicado 4014-19, se abrió indagación
preliminar por la presunta divulgación irregular de propaganda electoral en la ciudad de Bogotá
D.C, y se decretó la práctica de pruebas.
2.5. Con escrito de 26 de abril de 2019, radicado No 6194-00, la Gerencia Nacional Jurídica
de RCN, dio respuesta a lo ordenado en el auto de 09 de abril de 2019.
2.6. Mediante oficio de 29 de abril de 2019 y radicación número 6286-00, el representante legal
de Caracol Televisión S.A. dio respuesta.
2.7. Mediante auto de 15 de mayo de 2019, se avocó conocimiento y se inició indagación
preliminar, dentro del proceso radicado con el número 5621-19, ordenándose la ampliación de
la queja del señor Guillermo Fernández Gómez y la recepción de la versión libre de la doctora
Claudia López Hernández.
2.8. El 20 de mayo de 2019, radicado No 8040-00, el ciudadano Guillermo Fernández Gómez,
presentó ampliación de su queja.
2.9. Mediante oficio No 8124 de 21 de mayo de 2019, la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
presentó la relación de propietarios de las vallas de publicidad exterior encontradas en la
ciudad de Bogotá, en favor de la señora Claudia López Hernández, informando, que el
responsable de las ubicadas en la CR. 37 No. 70 A-09, en la Av. Carrera 30 # 71-05 y en la
Av. Carrera 30 # 38B sur, fue la ORGANIZACIÓN PUBLICIDAD EXTERIOR OPE.
2.10. El 14 de junio de 2019, el ciudadano Guillermo Fernández Gómez presentó ampliación
de su queja, en relación con la propaganda electoral presuntamente divulgada por los
ciudadanos Claudia López Hernández y Antonio Navarro Wolff.
2.11. Mediante Auto de 7 de junio de 2019, se decretó la práctica de prueba para un mejor
proveer, dentro de la presente actuación administrativa.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR