Resolución nº 2022 - 2334 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 910653179

Resolución nº 2022 - 2334 de Consejo Nacional Electoral

Fecha04 Mayo 2022
Año de Publicación2022
RESOLUCIÓN No. 2334 DE 2022
(04 de mayo)
Por medio de la cual el Consejo Nacional Electoral avoca conocimiento y abre investigación
administrativa y formula cargos en contra de candidatos y gerentes de campaña, por la omisión
en la apertura de la cuenta única bancaria y la administración irregular de los recursos por
fuera del sistema financiero de la campaña electoral para la ASAMBLEA del departamento de
META, por el PARTIDO CAMBIO RADICAL, en las elecciones territoriales de 27 de octubre
de 2019, dentro del radicado No. 8641-20.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el
numeral 6 del artículo 265 de la Constitución Política y los artículos 39 de la Ley 130 de 1994
y 13 de la Ley 1475 de 2011 y, con fundamento en el siguiente:
1. HECHO
1.1. Mediante el oficio CNE-FNFP- 2078 de 04 de agosto del 2020, la Asesoría del Fondo
Nacional de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral señaló que los ciudadanos:
BIBIANA CAMACHO ARDILA, ARLEYDA ROBAYO DAZA, MIGUEL GIOVANNI BELTRAN
KINORR, HENRY FERNANDO LADINO GONZALEZ, EDGAR ALFONSO SALAZAR
PEÑALOZA, JOHN HAMILTON DEAZA MURIEL, LUZ DARY DAVILA GONZALEZ, DIANA
LUCIA BENJUMEA CHAMUCERO, CARLOS HUMBERTO OSORIO MONROY, ALVARO
ALNEIDER VANEGAS AMADOR, AUGUSTO ALEXANDER AYALA GUZMAN, del
PARTIDO CAMBIO RADICAL, administraron por fuera de la cuenta única bancaria los
recursos de su campaña electoral para la ASAMBLEA DEL DEPARTAMENTO DE META, por
la Circunscripción electoral de META, periodo 2020-2023.
2. ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA
2.1. El 11 de septiembre de 2020 se asignó al Magistrado Pedro Felipe Gutiérrez Sierra el
expediente con radicado No 8641-20, según consta en acta de reparto.
2.2. Mediante auto de 03 de noviembre de 2020, se abrió indagación preliminar y se ordenó
la práctica de pruebas.
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Por medio de la c ual el Consejo Nacional Electo ral avoca conocimiento y abre investigación administrativa y formula cargos
en contra de candidatos y gerentes de campaña, por la omisión en la apertura de la cuenta única bancaria y la administración
irregular de los recursos por fuera del sistema financiero de la campaña electoral para la ASAMBLEA del d epartamento de
META, por el PARTIDO CAMBIO RADICAL, en las elecciones territoriales de 27 de octubre de 2019, dentro del radicado No.
8641-20.
3. DEL ACERVO PROBATORIO
Obra como prueba en el plenario:
3.1. Informe de la Asesoría del Fondo Nacional de Financiación Política de 04 de agosto del
2020, en el que se señala que:
Los ciudadanos EDGAR ALFONSO SALAZAR PEÑALOZA, JOHN HAMILTON
DEAZA MURIEL, LUZ DARY DAVILA GONZALEZ, DIANA LUCIA BENJUMEA
CHAMUCERO, CARLOS HUMBERTO OSORIO MONROY y ALVARO ALNEIDER
VANEGAS AMADOR no dieron apertura a la cuenta única bancaria para la
administración de los recursos dinerarios de la campaña electoral.
La ciudadana BIBIANA CAMACHO ARDILA dio apertura a la cuenta única bancaria
para la administración de los recursos dinerarios de la campaña electoral, pero no
manejo los recursos en ella.
El ciudadano MIGUEL GIOVANNI BELTRAN KINORR dio apertura a la cuenta única
bancaria para la administración de los recursos dinerarios de la campaña electoral, y
manejo el 100 % de los recursos en cuenta única.
Los ciudadanos ARLEYDA ROBAYO DAZA, HENRY FERNANDO LADINO
GONZALEZ, y AUGUSTO ALEXANDER AYALA GUZMAN manejaron en cuenta
personal el 54 %, el 100% y 0.00% de los recursos de la campaña electoral.
3.2. Dictamen de 14 de diciembre de 2019, del auditor interno del PARTIDO CAMBIO
RADICAL del informe integral de ingresos y gastos de la campaña a la ASAMBLEA DEL
DEPARTAMENTO DE META, para las elecciones de 27 de octubre de 2019.
3.3. Copia de los formularios 5B - Informe Individual de Ingresos y Gastos de las campañas
objeto de la presente actuación administrativa y anexos.
3.4. Censo Electoral del Departamento de Meta.

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