Resolución nº 2022 - 2369 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 922515633

Resolución nº 2022 - 2369 de Consejo Nacional Electoral

Fecha27 Octubre 2019
Año de Publicación2022
RESOLUCIÓN No. 2369 DE 2022
04 de mayo
Por medio del cual esta Corporación ABRE INVESTIGACIÓN Y FORMULA CARGOS contra
los excandidatos al Concejo Municipal de Condoto, departamento de Chocó, JESÚS DAVID
MOSQUERA LONGA identificado con C.C. 11.937.418 y YOHAO BONILLA MOSQUERA
identificado con C.C. 1.076.822.073, avalados por el Partido Liberal Colombiano por el presunto
incumplimiento del deber legal de presentar el informe de ingresos y gastos de campaña en
aplicación al artículo 25 de la ley 1475 de 2011, con ocasión de las elecciones de autoridades
territoriales del 27 de octubre de 2019, bajo el radicado 5412-21.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
numeral 6 del artículo 265 de la Constitución Política, el artículo 39 de la Ley 130 de 1994, el
teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. El 11 de septiembre de 2020, a través de Acta de reparto especial de la Sala Plena de la
Corporación, le correspondió al Honorable Magistrado LUIS GUILLERMO PÉREZ CASAS
conocer del asunto sobre los candidatos del Partido Liberal Colombiano, que presuntamente
incumplieron con las obligaciones previstas en el artículo 25 de la ley 1475 de 2011.
1.2. Mediante radicado 20200005412 del 22 de abril de 2021, el Fondo Nacional de
Financiación Política remitió a la Subsecretaria de esta Corporación el oficio CNE-FNFP-2732
por medio del cual se allega una lista de excandidatos avalados por el Partido Liberal
Colombiano para las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019 al Concejo del Municipio
de Condoto, departamento de Chocó que presuntamente incumplieron con obligaciones
contenidas en el artículo 25 de la ley 1475 de 2011. La información se presenta de la siguiente
manera:
En el proceso de revisión de informe de ingresos y gastos de las elecciones
realizadas el 27 de octubre de 2019, se advierte que los siguientes candidatos son
renuentes por no presentación de los informes de ingresos y gastos de campaña y
se remite para investigación por violación al artículo 25 de la ley 1475 de 2011
Resolución No. 2369 de 2022 Página 2 de 19
Por medio del cual esta Corporación ABRE INVESTIGACIÓN Y FORMULA CARGOS contra los excandidatos al Concejo
Municipal de Condoto, departamento de Chocó, JESÚS DAVID MOSQUERA LONGA identificado con C.C. 11.937.418 y
YOHAO BONILLA MOSQUERA identificado con C.C. 1.076.822.073, avalados por el Partido Liberal Colombiano por el
presunto incumplimiento del deber legal de presentar el informe de ingresos y gastos de campaña en aplicación al artículo 25
de la ley 1475 de 2011, con ocasión de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, bajo el radicado
5412-21.
CORPORACIÓN
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO
CANDIDATO
CÉDULA
PARTIDO
CONCEJO
CHOCÓ
CONDOTO
JESÚS DAVID
MOSQUERA
LONGA
11.937.418
PARTIDO
LIBERAL
COLOMBIANO
YOHAO BONILLA
MOSQUERA
1.076.822.073
1.3. Al radicado 20200005412 del 22 de abril de 2021, se anexó el oficio CNE-FNFP-2010 en
el que se aclara que los candidatos JESUS DAVID MOSQUERA LONGA y YOHAO BONILLA
MOSQUERA son declarados como RENUENTES porque presentaron los informes y sus
anexos sin las respectivas firmas, sin diligenciar la parte de la organización política y no se
allegaron las glosas realizadas a los informes.
1.4. Mediante Auto del 07 de julio de 2021, el Despacho solicitó a la Subsecretaria de la
Corporación, la asignación de un radicado en las circunscripciones que no se les haya
determinado uno dentro del expediente 9177-20 destinado a la investigación del Partido Liberal
Colombiano, así mismo decretó pruebas adicionales en relación a 301 excandidatos de los que
tenía reporte por la presunta violación del artículo 25 de la ley 1475 de 2011. En el listado se
incluyó a los dos (2) excandidatos al Concejo Municipal de Condoto que inicialmente reportó el
Fondo Nacional de Financiación, tal como se muestra a continuación:
ARTÍCULO PRIMERO: SOLICITAR a la Subsecretaría de la Corporación, la
asignación de un radicado en las circunscripciones que no se les haya determinado
uno dentro del expediente 9177-20, de acuerdo con lo expuesto en la parte
considerativa del presente Auto. En consecuencia, se exhorta a que cualquier
información que se allegue sobre cada circunscripción sea anexada al radicado que
se le fijó internamente.
ARTÍCULO SEGUNDO: SOLICITAR al Fondo Nacional de Financiación Política,
para que dentro de los diez (10) días siguientes a la comunicación del presente Auto,
allegue a éste Despacho, en medio digital, los formularios 5B de los siguientes
excandidatos, avalados por el Partido Liberal Colombiano:
PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO
CORPORACIÓN O CARGO
CANDIDATO(A)
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO
RADICADO
CONCEJO
JEÚS DAVID MOSQUERA LONGA
CHOCÓ
CONDOTO
5412-21
CONCEJO
YOHAO BONILLA MOSQUERA
CHOCÓ
CONDOTO
5412-21
PARÁGRAFO. Se le solicita al Fondo Nacional de Financiación Política, para una
mayor organización, y de acuerdo al volumen de la información solicitada en el
presente artículo, remitir los formularios 5B ordenados por circunscripción
departamental, teniendo en cuenta la solicitud del artículo primero del presente
proveído.

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