Resolución nº 2022 - 2912 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 922515159

Resolución nº 2022 - 2912 de Consejo Nacional Electoral

Fecha27 Octubre 2019
Año de Publicación2022
RESOLUCIÓN No. 2912 DE 2022
17 de mayo
Por medio de la cual se TERMINA la actuación administrativa contra trece (13) excandidatos y
excandidatas al Concejo de Bogotá D.C., avalados por el PARTIDO COLOMBIA RENACIENTE
y se ABRE INVESTIGACIÓN Y FORMULA CARGOS contra la excandidata al Concejo de
Bogotá D.C., la señora CLARA EUGENIA LOPEZ OBREGON identificada con cédula de
ciudadanía No. 41.481.937 y su ex gerente de campaña, el señor JORGE BERNAL CONDE,
identificado con cédula de ciudadanía No. 93.354.749; por el presunto incumplimiento al deber
establecido en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, consistente en el manejo de recursos a
través de la cuenta única bancaria, con ocasión de las elecciones de autoridades territoriales
del 27 de octubre de 2019, bajo Rad. 15975-21.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
numeral 6 del artículo 265 de la Constitución Política, el artículo 39 de la Ley 130 de 1994, el
artículo 13 de la Ley 1475 de 2011, el artículo 47 del Código de Procedimiento Administrativo y
de lo Contencioso Administrativo, y teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. El 17 de junio de 2020, a través de Acta de reparto especial de la Sala Plena de la
Corporación, le correspondió al Honorable Magistrado Luis Guillermo Pérez Casas conocer del
asunto sobre los candidatos del Partido Colombia Renaciente, que presuntamente
incumplieron con la obligación de presentar sus informes de ingresos y gastos de campaña.
1.2. Por Subsecretaría de la Corporación le fue asignado el número de radicado 5170 -20 al
expediente que contiene el reporte del Fondo Nacional de Financiación Política sobre los
candidatos del Partido Colombia Renaciente que presuntamente incumplieron con las
obligaciones consagradas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, con ocasión de las
elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019.
1.3. Mediante oficio CNE-I-2021-000323-FNFPCE-900, del 30 de agosto de 2021 el Fondo
Nacional de Financiación Política remitió un listado adicional de candidatos que presuntamente
incumplieron con los deberes del artículo 25 de la ley 1475 de 2011, con la siguiente
información:
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Por medio de la cual se TERMINA la actuación administrativa contra trece (13) excandidatos y excandidatas al Concejo de
Bogotá D.C., avalados por el PARTIDO COLOMBIA RENACIENTE y se ABRE INVESTIGACIÓN Y FORMULA CARGOS
contra la excandidata al Concejo de Bogotá D.C., la señora CLARA EUGENIA LOPEZ OBREGON identificada con cédula de
ciudadanía No. 41.481.937 y su ex gerente de campaña, el señor JORGE BERNAL CONDE, identificado con cédula de
ciudadanía No. 93.354.749; por el presunto incumplimiento al deber establecido en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011,
consistente en el manejo de recursos a través de la cuenta única bancaria, con ocasión de las elecciones de autoridades
territoriales del 27 de octubre de 2019, bajo Rad. 15975-21.
“(…) en el dictamen de auditoria suscrita por OLGA LUCIA PATIÑO PEREZ con
T.P 41.295 T en su calidad de auditora interna del PARTIDO COLOMBIA
RENACIENTE, responsable de la presentación del informe de campaña, quien
revela “los candidatos no dieron cumplimiento del artículo 25 de la ley 1475 de
2011, en cuanto apertura de cuenta única para el manejo de los ingresos de la
campaña,
(…)”.
1.2. Mediante radicado CNE-E-2021-015975 del 02 de septiembre de 2021, la Subsecretaría
de la Corporación hizo entrega al despacho de conocimiento del oficio de la referencia; el cual,
por reparto acordado por la Sala Plena, le correspondió al magistrado Luis Guillermo Pérez
Casas conocer el asunto objeto de estudio.
1.3. De oficio el despacho ponente recolectó los formularios E-6AL y E-8AL, correspondientes
al candidato inscrito por el Partido Colombia Renaciente para la alcaldía de María La Baja -
Bolívar.

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