Resolución nº 2022 - 3894 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 910653405

Resolución nº 2022 - 3894 de Consejo Nacional Electoral

Fecha04 Agosto 2022
Año de Publicación2022
RESOLUCIÓN No. 3894 DE 2022
(04 de agosto)
Por medio de la cual se DA POR TERMINADA la investigación administrativa en contra
de los señores JOSE MANUEL MARTINEZ BONILLA y LUIS ALFREDO FABRA
PINEDA, por la presunta vulneración a las normas que rigen la propaganda electoral
señaladas en el artículo 24 de la ley 130 de 1994, y articulo 34 de la ley 1475 de 2011,
dentro del expediente con radicado 11073-19.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas
en el artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 01 de
2009, el artículo 39 de la Ley 130 de 1994, la Ley Estatutaria 1475 de 2011, y teniendo
en cuenta los siguientes:
1. HECHOS:
1.1. Mediante escrito radicado en ésta Corporación el día 20 de junio de 2019, la SECRETARIA
GENERAL Y DEL INTERIOR DEL MUNICIPIO DE MAGANGUÉ, MAIRA ALEJANDRA
VILLAMIZAR MENCO, interpuso denuncia por publicidad electoral extemporánea en ese
Municipio, en los siguientes términos:
“(…) Por medio del presente escrito y de manera respetuosa la secretaria general
del interior del municipio de Magangué se permite rendir el siguiente informe
dando cumplimiento a la circular N° 003 del 20de marzo de 2019 de la siguiente
manera:
1. Se realizó el sexto comité de seguimiento electoral el dia 28 de mayo de 2019,
donde se invitó a los aspirantes o pre-candidatos a ocupar cargos de elección
popular y los medios de comunicación del municipio, los cuales atendieron la
invitación por parte de la administración municipal y con ellos presente se
socializó nuevamente la circular N°003 del 20 de marzo de 2019 del consejo
nacional electoral.
2. La secretaria general y del interior realizó un recorrido en el municipio atraves de
sus funcionarios y en esas visitas de inspección ocular se evidenció avisos en
los postes de alumbrado público y publicidad en los vidrios panorámicos de los
carros (micro-perforado).
3. La administración municipal continuará realizando estos recorridos en el
municipio acatando la circular N° 003 del 20 de marzo de 2019, y también para
evitar la contaminación visual ...(Sic)”.
1.2. Por reparto interno de la Corporación efectuado el día 10 de Julio de 2019, le
correspondió al Honorable Magistrado CÈSAR AUGUSTO ABREO MÉNDEZ,
sustanciar el radicado No. 11073-19.
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Por medio de la cual se DA POR TERMINADA la investigación administrativa en contra de los señores
JOSE MANUEL MARTINEZ BONILLA y LUIS ALFREDO FABRA PINEDA, por la presunta vulneración a
las normas que rigen la propaganda electoral señaladas en el artículo 24 de la ley 130 de 1994, y articulo
34 de la ley 1475 de 2011, dentro del expediente con radicado 11073-19.
1.3. El día 25 de febrero, se profirió resolución0899 de 2020, por medio de la cual
se ABRE INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA y SE FORMULAN CARGOS en
contra del señor JOSE MANUEL MARTINEZ BONILLA, por la presunta
vulneración de las normas que rigen la propaganda electoral y se decretan algunas
pruebas dentro del expediente con radicado 11073-19
1.4. El día 29 de junio de 2020 se notificó de la resolución 0899 de 2020, por medio de
correo electrónico a la señora MARIA ALEJANDRA VILLAMIZAR MENCO, al
correo electrónico secretaríageneral@magangue-bolivar.gov.co
1.5. El día 30 de junio de 2020, se ofició por medio de correo certificado a la secretaría
municipal de tránsito y transporte de Montería, a la dirección calle 56 # 6 170 B.
La castellana.
1.6. El día 16 de julio de 2020, la registradora municipal de MAGANGUÉ - BOLÍVAR
por medio correo electrónico, notificó de la resolución 0899 de 2020 al señor JOSE
MANUEL MARTINEZ BONILLA al correo electrónico miidolodon@hotmail.com
1.7. El día 27 de agosto de 2020, la secretaría de tránsito y transporte de Montería
allegó documento con la información del vehículo solicitada por esta corporación.
1.8. El día 8 de junio de 2021, se profirió AUTO DE ALEGATOS dentro del expediente
en referencia.
1.9. El día 15 de junio de 2021, se notificó del AUTO DE ALEGATOS, por medio de
correo electrónico a la señora MARIA ALEJANDRA VILLAMIZAR MENCO, al
correo electrónico secretaríageneral@magangue-bolivar.gov.co
1.10. El día 15 de junio de 202, se notificó del AUTO DE ALEGATOS, por medio de
correo electrónico al señor JOSE MANUEL MARTINEZ BONILLA, al correo
electrónico miidolodon@hotmail.com
1.11. El día 29 de junio de 2021, el señor JOSE MANUEL MARTINEZ BONILLA,
estando dentro del término, presentó alegatos.
1.12. El día 2 de julio de 2021, el MINISTERIO PÚBLICO presentó alegatos.

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