Resolución nº 2022 - 4050 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 922515458

Resolución nº 2022 - 4050 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2022
Fecha10 Agosto 2022
RESOLUCIÓN No. 4050 DE 2022
(10 de agosto)
Por medio de la cual el Consejo Nacional Electoral da por terminada la actuación
administrativa, por la divulgación extemporánea de propaganda electoral en el municipio de
Florida, Valle del Cauca, con ocasión a las elecciones de 27 de octubre de 2019, bajo radicado
11064-19.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por
los artículos 265 de la Constitución Política y 39 de la Ley 130 de 1994 y, teniendo en cuenta
el siguiente:
1. HECHO
1.1. Mediante oficios de 20 de junio de 2019, radicados Nos. 201900011064-00 y
201900011064-01, los ciudadanos DIMAS ANTONIO MARTÍNEZ, JAIR VELÁSQUEZ
SALINAS, ALEXIS VIDAL PUENTES, JOSÉ JULIÁN ALZATE FLORES, SIGIFREDO CANO,
ERMENSON MONTAÑO, RAYAN EL BARKACH y otros, señalaron la presunta divulgación
extemporánea de propaganda electoral del ciudadano ALEXANDER OROZCO HURTADO,
candidato a la Alcaldía de Florida, Valle de Cauca, periodo 2020-2023.
2. ACTUACIONES DENTRO DEL PROCESO
2.1. El 03 de julio de 2019, se asignó al Magistrado Pedro Felipe Gutiérrez Sierra el expediente
radicado con el número 11064-19, según consta en el acta de reparto.
2.2. Mediante la Resolución No. 4415 de 27 de agosto de 2019, esta Corporación abrió
investigación administrativa y formuló cargos al ciudadano ALEXANDER OROZCO
HURTADO, por la presunta divulgación extemporánea de propaganda electoral en el municipio
de Florida, Valle de Cauca, para las elecciones de 27 de octubre de 2019.
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Por medio de la cual el Consejo Nacional Electoral da por terminada la actuación administrativa, por la divulgación
extemporánea de propaganda electoral en el municipio de Florida, Valle del Cauca, con ocasión a las elecciones de 27 de
octubre de 2019, bajo radicado 11064-19.
2.2.1. La Resolución No. 4415 de 27 de agosto de 2019 se notificó al señor ALEXANDER
OROZCO HURTADO, al correo electrónico alexorozco0703@hotmail.com, según da cuenta
el oficio CNE-SS-JFM/24664/PFGS/201900011064-00 de 04 de septiembre de 2019 de la
subsecretaria del Consejo Nacional Electoral.
2.3. El investigado ALEXANDER OROZCO HURTADO no presentó descargos.
2.4. Mediante auto de 5 de noviembre de 2019, se corrió traslado a ALEXANDER OROZCO
HURTADO, para la presentación de alegatos de conclusión.
2.4.1. El auto de 5 de noviembre de 2019 fue comunicado al señor ALEXANDER OROZCO
HURTADO el 6 de noviembre de 2019, según da cuenta el oficio CNE-SS-
JFM/25975/PFGS/201900011064-00 de la misma fecha, de la Subsecretaria de la
Corporación.
2.5. El señor ALEXANDER OROZCO HURTADO no presento alegatos de conclusión.
2.6. Con auto de 2 de febrero de 2022, se decretó la práctica de prueba para un mejor proveer,
requiriendo a la Alcaldía de Florida Valle del Cauca, informar a quien se le otorgo los
permisos para la realización de evento en el parque central municipal, donde se divulgo
propaganda electoral extemporánea para el candidato ALEXANDER OROZCO HURTADO,
evento realizado entre enero a junio del año 2019.
Y, por otra parte, a los ciudadanos DIMAS ANTONIO MARTÍNEZ TORO, JAIR VELÁSQUEZ
SALINAS, ALEXIS VIDAL PUENTES, JOSÉ JULIÁN ALZATE FLOREZ, SIGIFREDO CANO,
ERMENSON MONTAÑO y RAYAN EL BARKACH, para que informara las direcciones en la
cuales se ubicaron las vallas publicitarias alusivas al slogan “ALEXANDER OROZCO” y
“Alexander Orozco, ¡Porque lo conozco voy con Orozco!”, que fueron situadas de forma
extemporánea en diferentes partes del municipio con ocasión de las elecciones de 27 de
octubre de 2019.
2.7. Con oficios CNE-E-DG-2022-003108 y CNE-E-DG-2022-003109 de 04 de febrero de
2022, CNE-E-DG-2022-003298 de 07 de febrero de 2022, el señor JOSÉ JULIÁN ALZATE
FLORES, dio respuesta al auto de 02 de febrero de 2022.
2.8. Con oficio CNE-E-DG-2022-003860 de 9 de febrero de 2022, el señor DIMAS ANTONIO
MARTÍNEZ TORO dio respuesta a lo requerido en providencia de 02 de febrero de 2022.

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