Resolución nº 2022 - 5693 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 922515622

Resolución nº 2022 - 5693 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2022
Fecha27 Octubre 2019
RESOLUCIÓN N° 5693 DE 2022
(15 de diciembre)
Por medio de la cual se SANCIONA a los excandidatos investigados CARLOS URIEL
MANRIQUE, CRISTIAN CAMILO ROJAS JURADO, ANDREA CASTELLANO GONZALEZ,
CAROLINA SALAZAR VELASQUEZ inscritos con el aval del PARTIDO COLOMBIA
RENACIENTE a la Asamblea departamental de Caldas, para la elecciones territoriales
celebradas el 27 de octubre del 2019, por su incumplimiento a los deberes legales dispuestos
por el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011; actuación administrativa surtida dentro el radicado
No. 9964-20.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el
artículo 265 de la Constitución Política, el artículo 39 de la Ley 130 de 1994, la Ley Estatutaria
1475 de 2011 y teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. Mediante oficio CNE-FNFP-803 del 21 de mayo de 2020, el Fondo Nacional de Financiación
Política remitió a la Subsecretaría de esta Corporación el reporte de los candidatos que
presuntamente incumplieron con la obligación de presentar su informe de ingresos y gastos de
campaña, con ocasión de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre del 2019.
1.2. El 17 de junio de 2020, a través de Acta de reparto especial de la Sala Plena de la
Corporación, le correspondió al Honorable Magistrado LUIS GUILLERMO PÉREZ CASAS
conocer del asunto sobre los candidatos del Partido Colombia Renaciente, que presuntamente
incumplieron con la obligación de presentar sus informes de ingresos y gastos de campaña.
1.3. Por Subsecretaría de la Corporación le fue asignado el número de radicado 5170 -20 al
expediente que contiene el reporte del Fondo Nacional de Financiación Política sobre los
candidatos del Partido Colombia Renaciente que presuntamente incumplieron con las
obligaciones consagradas en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, con ocasión de las
elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019.
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Por medio de la cual se SANCIONA a los excandidatos investigados CARLOS URIEL MANRIQUE, CRISTIAN
CAMILO ROJAS JURADO, ANDREA CASTELLANO GONZALEZ, CAROLINA SALAZAR VELASQUEZ
inscritos con el aval del PARTIDO COLOMBIA RENACIENTE a la Asamblea departamental de Caldas, para la
elecciones territoriales celebradas el 27 de octubre del 2019, por su incumplimiento a los deberes legales
dispuestos por el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011; actuación administrativa surtida dentro el radicado No. 9964-
20.
1.4. Mediante Auto del 22 de julio de 2020, el Despacho sustanciador avocó conocimiento,
solicitó el desglose y decretó la práctica de unas pruebas, así:
“(…) ARTÍCULO PRIMERO: SOLICITAR a la Subsecretaría de ésta Corporación,
el desglose en circunscripciones departamentales del expediente 5071-20, de
acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa del presente Auto. En
consecuencia, deberá mantenerse el radicado inicial, acompañado de un guion y
un número consecutivo, partiendo del número 1, según el número de expedientes
que se generen por radicado.
ARTÍCULO SEGUNDO: SOLICITAR al Fondo Nacional de Financiación Política,
para que dentro de los diez (10) días siguientes a la comunicación del presente
Auto, allegue a éste Despacho, en medio digital, los formularios 5B de los siguientes
excandidatos, avalados por el Partido Colombia…
ARTÍCULO TERCERO: SOLICITAR a la Dirección de Gestión Electoral, para que
dentro de los diez (10) días siguientes a la comunicación del presente Auto,
allegue a éste Despacho, en medio digital, los formularios de inscripción E6 y E8
de los excandidatos, avalados por el Partido Colombia Renaciente, relacionados
en el artículo segundo del presente Auto. (…)”
1.5 A través de oficios Nro. 620 y 643 del 2020, el despacho sustanciador remitió alcance al
desglose ordenado en el artículo primero del Auto del 22 de julio de 2020, solicitando que el
desglose se realizara de la siguiente manera:
“1. Se asigne un número de radicado para cada una de las 20 circunscripciones
electorales departamentales, en las cuales el Partido Colombia Renaciente postuló
candidatos al cargo de alcalde municipal.
(…)
2. Se asigne un número de radicado para cada una de las 193 circunscripciones
electorales municipales, en las cuales el Partido Colombia Renaciente postuló listas de
candidatos al Concejo municipal.
(…)
3. Se asigne un número de radicado para cada una de las 11 circunscripciones
electorales departamentales, en las cuales el Partido Colombia Renaciente postuló
listas de candidatos a la Asamblea departamental.
(…)
… asignando un numero de radicado para cada una de las 142 circunscripciones
electorales por comunas de los respectivos municipios…”
1.6. En respuesta al Auto del 22 de julio de 2020, la Dirección de Gestión Electoral de la
Registraduría Nacional del Estado Civil, mediante oficio RDE-DGE-YAG-1453 del 21 de
septiembre del 2020, allegó al expediente los documentos solicitados en el artículo tercero del
Auto en mención.
1.7. En respuesta al Auto del 22 de julio de 2020, la Subsecretaría de la Corporación, mediante
oficio CNE-SS/02097/LGPC/202000005071-00 del 01 de octubre del 2020, informó al despacho
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Por medio de la cual se SANCIONA a los excandidatos investigados CARLOS URIEL MANRIQUE, CRISTIAN
CAMILO ROJAS JURADO, ANDREA CASTELLANO GONZALEZ, CAROLINA SALAZAR VELASQUEZ
inscritos con el aval del PARTIDO COLOMBIA RENACIENTE a la Asamblea departamental de Caldas, para la
elecciones territoriales celebradas el 27 de octubre del 2019, por su incumplimiento a los deberes legales
dispuestos por el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011; actuación administrativa surtida dentro el radicado No. 9964-
20.
la relación de los radicados producto del desglose del expediente solicitado en el artículo
primero del Auto en mención.
1.8. De acuerdo con el desglose del expediente solicitado a la Subsecretaría de la Corporación,
le correspondió al presente asunto el número de radicado 5170 -20, en el cual se investiga el
radicado 9964-20 en la circunscripción electoral a la Asamblea del departamento de Caldas,
avalados por el PARTIDO COLOMBIA RENACIENTE, por el presunto incumplimiento al deber
legal de presentación de informes de ingresos y gastos de campaña, establecido en el artículo
25 de la Ley 1475 de 2011, con ocasión de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de
octubre de 2019.
1.9. Mediante Auto del 13 de octubre de 2020, el despacho sustanciador insistió al Fondo
Nacional de Financiación Política para dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo segundo
del Auto del 22 de julio de 2020.
“ARTÍCULO PRIMERO: INSISTIR al Fondo Nacional de Financiación Política,
para que dentro de los diez (10) días siguientes a la comunicación del presente
Auto, allegue a este Despacho, en medio digital, los formularios 5B de los
siguientes excandidatos, avalados por el Partido Colombia Renaciente, con
ocasión de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre del 2019”
1.10. A través de oficio número CNE-FNFP-3638-2020, el Fondo Nacional de Financiación
Política emitió respuesta según lo ordenado en el Auto del 22 de julio de 2020 y el Auto del 13
de octubre de 2020.
1.11. Mediante oficio número CNE-FNFP-2386-2020, el Fondo Nacional de Financiación
Política remitió a la Subsecretaría de la Corporación una relación adicional de candidatos
renuentes y de candidatos que no radicaron los informes en físico ante el Consejo Nacional
Electoral por parte del partido Colombia Renaciente. El oficio en mención fue radicado con el
número 10717-20, el cual fue allegado como abono al expediente 5071-20.
1.12. Con Auto del 9 de noviembre de 2020, el despacho del magistrado instructor resolvió
decretar la práctica de pruebas, donde se destaca:
ARTÍCULO PRIMERO. SOLICITAR al Fondo Nacional de Financiación Política,
para que dentro de los diez (10) días siguientes a la comunicación del presente
Auto, allegue a este Despacho, en medio digital, los formularios 5B de los
siguientes excandidatos, avalados por el Partido Colombia Renaciente, con
ocasión de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019…”

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