Resolución Nº 2022SES001395 de Superintendencia de Economía Solidaria, 23 marzo 2022 - Normativa - VLEX 901319657

Resolución Nº 2022SES001395 de Superintendencia de Economía Solidaria, 23 marzo 2022

Número de resolución2022SES001395
Año2022
Fecha23 Marzo 2022
V_OAPS-F72013
SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMIA SOLIDARIA
RESOLUCION 2022SES001395 DE
23 de marzo de 2022
Por la cual se adopta el nuevo Marco Integral de Supervisión y se establecen otras disposiciones.
LA SUPERINTENDENTE DE LA ECONOMIA SOLIDARIA
En ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 34 y los numerales 22,
23 y 24 del artículo 36 de la Ley 454 de 1998, y, los numerales 3 y 9 del artículo 5 del Decreto 186 de
2004,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 33 de la Ley 454 de 1998, creó la Superintendencia de la Economía Solidaria como
un organismo de carácter técnico adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con
personería jurídica, autonomía administrativa y financiera.
Que el artículo 34 de la Ley 454 de 1998, modificado por el artículo 98 de la Ley 795 de 2003,
dispuso que el Presidente de la República ejercerá por conducto de la Superintendencia de la
Economía Solidaria la inspección, vigilancia y control de las organizaciones de la Economía
Solidaria que determine mediante acto general, que no se encuentren sometidas a la supervisión
especializada del Estado.
Que el artículo 35 de la Ley 454 de 1998, establece la Superintendencia de la Economía Solidaria,
en su carácter de autoridad técnica de supervisión desarrollará su gestión, entre otros, con los
objetivos y finalidades de Proteger los intereses de los asociados de las organizaciones de
economía solidaria, de los terceros y de la comunidad en general” y “Supervisar el cumplimiento
del propósito socioeconómico no lucrativo que ha de guiar la organización y funcionamiento de las
entidades vigiladas”.
Que conforme con lo previsto en los numerales 3 y 9, del artículo 5, del Decreto 186 de 2004,
corresponde al Superintendente de la Economía Solidaria, entre otras funciones, las siguientes:
()
3. Expedir los actos administrativos y los reglamentos y manuales o instructivos que sean
necesarios para el cabal funcionamiento de la Superintendencia; así como crear grupos
internos de trabajo y comités para el mejor desempeño de las funciones de la entidad.
(…)
9. Señalar y adoptar las políticas generales de la entidad de acuerdo con las establecidas por
el Gobierno Nacional.”
Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 36 de la Ley 454 de 1998, la Superintendencia de la
Economía Solidaria para el logro de sus objetivos cuenta, entre otras, con las siguientes
facultades:
“(…)
REPUBLICA DE COLOMBIA

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