Resolución nº 2023-10116 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 976767447

Resolución nº 2023-10116 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2023
RESOLUCIÓN 10116 DE 2023
(19 de septiembre)
Por medio del cual se DECLARA LA CARENCIA ACTUAL DE OBJETO POR
SUSTRACCIÓN DE MATERIA respecto de solicitud de revocatoria de inscripción de la
candidatura la ciudadana AMPARO PRADA OCHOA al CONCEJO del Municipio de Onzaga
Santander, avalada por el PARTIDO POLÍTICO CAMBIO RADICAL, con ocasión de las
elecciones territoriales a celebrarse el día veintinueve (29) de octubre de 2023, dentro del
expediente de radicado No. CNE-E-DG-2023-020162 y se dictan otras disposiciones.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En uso de sus atribuciones Constitucionales y legales, en especial las conferidas por el inciso
quinto del artículo 108, el numeral 12 del artículo 265 de la Constitución Política, las Leyes
1475 de 2011, y teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. Mediante escrito radicado ante la Corporación el día quince (15) de agosto del 2023, el
ciudadano ALEXIS CARLOS REUTO SIERRA, interpuso solicitud de revocatoria en contra de
la candidata AMPARO PRADA OCHOA, al CONCEJO del Municipio de Onzaga Santander,
avalada por la PARTIDO POLÍTICO CAMBIO RADICAL, para las elecciones de autoridades
locales a celebrarse el día veintinueve (29) de octubre de 2023, por presunta inhabilidad, en
los siguientes términos:
Me permito hacer denuncia formal sobre la inscripcion irregular de la cedula de
ciudadanía numero 63508642 a nombre amparo Prada Ochoa como candidata del
partido cambio radical para las elecciones del próximo 29 de octubre; sin haberse
desvinculado como militante del partido liberal la cual aparece vigente hasta el dia de
hoy, lo anterior con el fin de evitar inconvenientes electorales dentro de las elecciones
a realizarse el próximo 29 de octubre del presente año”.
Junto con la petición no se aportaron documentos
1.2. Que, mediante Acta de reparto No. 52 del día quince (15) de agosto del 2023, realizado
por medio de la Subsecretaría de la Corporación, le correspondió al Magistrado ÁLVARO
HERNÁN PRADA ARTUNDUAGA conocer el asunto dentro del radicado No. CNE-E-DG-
2023-020162.

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