Resolución nº 2023-10970 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 976767366

Resolución nº 2023-10970 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2023
Fecha26 Septiembre 2023
C N
Consejo Nacional Electoral
Egingiali~
RESOLUCIÓN No. 10970 DE 2023
(26 de septiembre)
Por medio de la cual se
REVOCA
la inscripción de la candidatura de la ciudadana
MIRIAN
CAICEDO LARRAHONDO
a la
ASAMBLEA
Departamental de
VALLE DEL CAUCA,
avalada
por el
PARTIDO CAMBIO RADICAL,
con fundamento en el registro de antecedentes
reportado en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad —
SIRI- de la Procuraduría General de la Nación, para las elecciones de autoridades locales a
celebrarse el 29 de octubre del 2023, dentro del radicado
CNE-E-DG-2023-026832.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En uso de sus atribuciones Constitucionales y legales, en especial las conferidas por el inciso
quinto del artículo 108, el numeral 12 del artículo 265 de la Constitución Política, las Leyes
1475 de 2011, 1437 de 2011, y teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1.
Mediante escrito con número de radicado bajo el número
CNE-E-DG-2023-026832
del
22 de agosto de 2023, el Doctor
MARIO ENRIQUE CASTRO GONZÁLEZ,
en su calidad de
Jefe de División de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad -DRSCI- de la Procuraduría
General de la Nación, remitió a ésta Corporación el oficio
DRSCI-4259-LFMN
con el siguiente
asunto:
"Remito reporte con datos procesados ante solicitud de verificación de los
antecedentes de la lista definitiva de candidatos inscritos para las elecciones territoriales 2023
remitido por la Registradurla Nacional del Estado Civil",
en el que manifestó lo siguiente:
"(...) En cumplimiento al artículo 33 de la Ley 1475 de 2011 y previa recepción de la
lista definitiva de candidatos inscritos para las elecciones territoriales 2023 allegadas
por la Registraduría Nacional del Estado Civil a la Procuraduría General de la Nación,
me permito remitir la relación de candidatos que registran anotaciones relacionados
con inhabilidades para el cargo para el cual fueron inscritos.
El archivo recibido de la Registraduría Nacional del Estado Civil se verificó con el
Sistema de Información de Registro de Sanciones y causas de Inhabilidad —SIRI- las
sanciones e inhabilidades debidamente ejecutoriadas e impuestas a personas
jurídicas y naturales, reportadas por las autoridades competentes en materia
disciplinaria, penal, contractual, fiscal, pérdida de investidura y por las inhabilidades
que surgen como consecuencia de una suspensión o exclusión del ejercicio de las
profesiones liberales, así como los eventos que posterior a las mismas se hayan
suscitado y las inhabilidades legales o constitucionales que se deriven de dichas
sanciones de acuerdo
al
mandato de la ley vigente, lo anterior en virtud del artículo
238 de la Ley 1952 de 2019.
Razón, para reiteran que los datos recibidos se validaron en el Sistema SIR

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