Resolución nº 2023-11124 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 976767284

Resolución nº 2023-11124 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2023
Fecha26 Septiembre 2023
C N =-/
Nacional Rectora!
COLOMBIA
RESOLUCIÓN No. 11124 DE 2023
(26 de septiembre)
Por medio de la cual se
REVOCAN
las
INSCRIPCIONES DE LAS CANDIDATURAS
de la
ciudadana
MARIA EUGENIA CARTAGENA MORALES,
avaladas en simultaneidad por el
PARTIDO INDEPENDIENTES
y por el
PARTIDO ALIANZA VERDE
a la
JUNTA
ADMINISTRADORA LOCAL -COMUNA 1 POPULAR-
del municipio de
MEDELLIN -
ANTIOQUIA,
para las elecciones de autoridades locales a celebrarse el 29 de octubre del
2023, dentro del radicado
CNE-E-DG-2023-028332.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En uso de sus atribuciones Constitucionales y legales, en especial las conferidas por el inciso
quinto del artículo 108, el numeral 12 del artículo 265 de la Constitución Política, las Leyes
1475 de 2011, 1437 de 2011, y teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1.
Mediante el oficio RDE - 247 radicado bajo el No.
CNE-E-DG-2023-028297
del 22 de
agosto de 2023, la Registraduría Nacional del Estado Civil por conducto del doctor
NICOLÁS
FARFÁN NAMÉN,
Registrador Delegado en lo Electoral, solicitó la revocatoria de la segunda
inscripción de la candidatura de la ciudadana
MARIA EUGENIA CARTAGENA MORALES
a
la
JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL -COMUNA 1 POPULAR-
del municipio de
MEDELLIN
— ANTIOQUIA,
avalada simultáneamente por el
PARTIDO INDEPENDIENTES
y
ALIANZA
VERDE,
para las elecciones de autoridades locales a celebrarse el 29 de octubre de 2023, en
los siguientes términos:
"( ...) Asunto: Solicitud de revocatoria de inscripción - Doble Inscripción de
candidato(s) a corporaciones públicas - Autoridades Territoriales 2023.
( )
De la manera más atenta y en virtud de las competencias constitucionales otorgadas
al Consejo Nacional Electoral en el inciso 5° del artículo 108 y el numeral 1 del artículo
265 de la Constitución Política y el inciso 2° del artículo 31 de la Ley 1475 d 2011, me
permito solicitar a la Honorable Corporación que usted preside la revocatoria de la
segunda inscripción en cincuenta y ocho (58) casos en los cuales se presentó un
doble inscripción de candidatos a corporaciones públicas para las elecciones de
Autoridades Territoriales 2023.
Lo anterior por la violación al precepto constitucional que obliga a los partidos,
movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos a inscribir candidatos y
listas únicas consagrado en el inciso 1° del artículo 262 de la Constitución Política y
\5
\
lo preceptuado en el artículo 32 de
la
Ley 1475 de 20111, en la medida que no se

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