Resolución nº 2023-11871 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 976767470

Resolución nº 2023-11871 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2023
Fecha29 Octubre 2023
CN
A
Consejo Nacional Illecioni
Melinea:rn
RESOLUCIÓN N° 11871 DE 2023
(29 de septiembre)
Por medio de la cual se REVOCA el acto de inscripción de la candidatura a la Asamblea
departamental de Vaupés, del ciudadano Jhon Jairo Gómez Narváez avalado por el Partido
Cambio Radical, en el marco de las elecciones de autoridades locales a celebrar el 29 de
octubre de 2023, la cual fuera presentada por peticionario anónimo, actuación que se surte
bajo el radicado No. CNE-E-DG-2023-030209.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la conferida en el artículo
108 y el numeral 12 del artículo 265 de la Constitución Política, procede a resolver el siguiente
asunto puesto en su conocimiento.
1. ANTECEDENTES
1.1.
Peticionario anónimo presentó solicitud de revocatoria del acto de inscripción de la
candidatura a la Asamblea departamental de Vaupés, del ciudadano Jhon Jairo Gómez
Narváez, quien fuera avalado por el Partido Cambio Radical, en el marco de los
comicios de autoridades territoriales a celebrar el 29 de octubre de 2023, por incurrir
presuntamente en la inhabilidad señalada en el numeral 6° del artículo 49 de la Ley
El peticionario advierte que el candidato es hijo de la señora Fanny Narváez Valencia,
quien actualmente es alcaldesa del municipio de Carurú, Vaupés, cargo de elección
popular al que accedió tras los comicios de autoridades locales celebrados el 27 de
octubre del año 2019, y en el desempeño del cual ejerce autoridad política.
administrativa y civil.
A juicio del peticionario tal relación se ha constituido, por demás, en una irregularidad
que daría cuenta incluso del delito de tráfico de influencias, al advertir que la alcaldesa
ha favorecido la realización de eventos en favor de su hijo aspirante a la Asamblea
Departamental, por lo que considera el quejoso que
"no se ve con transparencia una
campaña sino un amaño político con ganas de seguir teniendo el poder. .
Como pruebas arrimó únicamente copia de la cédula de la ciudadana Fanny Narváez
Valencia y, aparentemente, el acta de posesión como alcaldesa del municipio de
Carurú, Vaupés.
Resolución 11871 de 2023
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Por medio de la cual se
REVOCA
el acto de inscripción de la candidatura a la Asamblea departamental de Vaupés, del
ciudadano Jhon Jairo Gómez Narváez avalado por el Partido Cambio Radical, en el marco de las elecciones de autoridades
locales a celebrar el 29 de octubre de 2023, la cual fuera presentada por peticionario anónimo, actuación que se surte bajo el
radicado No. CNE-E-DG-2023-030209.
1.2. Con relación al procedimiento administrativo, la Subsecretaría de la presente
Corporación, mediante acta de reparto No. 074 del 10 de septiembre de 2023, asignó
el conocimiento del asunto al Magistrado Cristian Ricardo Quiroz Romero, quien obra
como sustanciador de la actuación que se surte bajo el radicado No. CNE-E-DG-2023-
030209.
1.3.
Una vez recibida la solicitud, el despacho del Magistrado Sustanciador verificó la
condición de candidato del ciudadano Jhon Jairo Gómez Narváez, identificado con
cédula de ciudadanía No. 1.125.477.593 a través de los aplicativos dispuestos por la
Organización Electoral, encontrando que, en efecto, fue inscrito como candidato a la
Asamblea departamental de Vaupés en el marco de las elecciones de autoridades
locales a celebrarse el 29 de octubre de 2023, con aval del Partido Cambio Radical, lo
cual consta en los documentos de inscripción incorporados al expediente.
1.4. Por medio de auto del 20 de septiembre de 2023 el Magistrado Sustanciador avocó
conocimiento de la solicitud de revocatoria y dispuso correr traslado al candidato y a la
agrupación política en cuestión, para que, en aplicación de la garantía constitucional
del derecho de contradicción y controversia probatoria contenida en el artículo 29
Superior, se pronunciaran y/o allegaran los documentos que pretendieran hacer valer
dentro de la presente solicitud de revocatoria de inscripción. En el auto, además, se
solicitó a la Dirección Nacional de Registro Civil remitir copia del registro de nacimiento
del ciudadano Jhon Jairo Gómez Narváez con el propósito de determinar su parentesco
respecto de la ciudadana Fanny Narváez Valencia.
1.5. Una vez comunicado el auto, el día 21 de septiembre de 2023 la Dirección Nacional de
Registro Civil remitió al expediente copia del registro civil del ciudadano Jhon Jairo
Gómez Narváez.
1.6. Así mismo, el ciudadano Jhon Jairo Gómez Narváez, el día 22 de septiembre de 2023
por medio de correo electrónico y radicado No. CNE-E-DG-2023-039385, allegó
pronunciamiento de descargos, aportando con el mismo, además, copia de su registro
civil de nacimiento, derecho de petición presentado el 28 de diciembre del año 2022 al
Departamento Administrativo de Función Pública y la correspondiente atención a este
del 30 de diciembre del mismo año, y concepto jurídico emitido por dicha entidad el día
23 de marzo de 2023 con No. 20236000118851.

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