Resolución nº 2023-1190 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 943230746

Resolución nº 2023-1190 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2023
Fecha15 Febrero 2023
RESOLUCIÓN No. 1190 DE 2023
(15 de febrero)
Por medio de la cual se REPONE PARCIALMENTE la resolución No. 4526 de 24 de agosto
de 2022 Por medio de la cual se DECIDE la actuación administrativa surtida respecto de
algunos excandidatos al Concejo de los Municipios de Sopó, Chía, Madrid, Tocancipá,
Topaipí, Venecia, Villeta, Zipacón y Zipaquirá del Departamento de Cundinamarca, para el
período 2020-2023 avalados por el PARTIDO CENTRO DEMOCRÁTICO, así como de dicha
organización política, por la presunta trasgresión de normas relacionadas con la financiación
de campañas electorales, surtida bajo el radicado No. 1989-21”.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 1 de 2009, las Leyes
130 de 1994 y 1475 de 2011, y con fundamento en los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. Mediante oficio CNE-FNFP-2386 de fecha veinte (20) de agosto de 2020, la Asesoría
del Fondo Nacional de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral, remitió a
la Subsecretaría de esta Corporación, la relación de los candidatos avalados por el
Partido Centro Democrático para las elecciones de autoridades territoriales del 27 de
octubre de 2019, que presuntamente vulneraron el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011,
al no presentar el informe de ingresos y gastos de sus campañas.
1.2. Por medio de reparto efectuado el día once (11) de septiembre de 2020, le correspondió
al Despacho del Magistrado VIRGILIO ALMANZA OCAMPO, actuar como Ponente del
asunto que fuera radicado y desglosado con el número 1989-21, relacionado con
aquellos candidatos avalados por la colectividad señalada a los concejos municipales
de SOPÓ, CHÍA, MADRID, TOCANCIPÁ, TOPAIPÍ, VENECIA, VILLETA, ZIPACÓN y
ZIPAQUIRÁ del Departamento de CUNDINAMARCA.
1.3. Tras surtirse actuación administrativa sancionatoria, por medio de Resolución No. 4526
de 24 de agosto de 2022 la Sala Plena de la Corporación con ponencia del Magistrado
ALMANZA OCAMPO decidió la actuación administrativa de fondo resolviendo imponer
sanción de multa a algunos excandidatos a los Concejos de los Municipios de SOPÓ,
CHÍA, MADRID, TOCANCIPÁ, TOPAIPÍ, VENECIA, VILLETA, ZIPACÓN y
ZIPAQUIRÁ del Departamento de CUNDINAMARCA, con ocasión a las elecciones

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