Resolución nº 2023-1566 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 943228009

Resolución nº 2023-1566 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2023
Fecha01 Marzo 2023
RESOLUCIÓN No. 1566 de 2023
(01 de marzo)
Por medio de la cual se ABSUELVE DE LOS CARGOS Y SE DA POR TERMINADA LA
INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA en contra del excandidato a la GOBERNACIÓN por el
Departamento de SUCRE señor YAHIR FERNANDO ACUÑA CARDALES identificado con
cédula de ciudadanía No. 92.542.929, en contra de ARTHURASTUNES COIMBA GUERRA
YANES identificado con cedula de ciudadanía No. 1.102.817.939 en calidad de exgerente de
campaña y a los miembros del Grupo Significativo de Ciudadanos “CIEN POR CIENTO POR
SUCRE” los ciudadanos XIOMARA ELENA MONTES TORRES identificada con cédula de
ciudadanía No. 1.047.473.904, JONY ALEJANDRO GARCÍA MARTÍNEZ identificado con
cédula de ciudadanía No. 91.461.992 y SERGIO PARRA DURÁN identificado con cédula de
ciudadanía No. 92.519.400 quienes inscribieran su candidatura, por la presunta vulneración a
lo dispuesto en los artículos 109 Constitucional, 18 y 20 de la Ley 130 de 1994, el artículo 25
de la Ley 1475 de 2011 y los artículos 1,2, 10 y 11 de la Resolución 3097 de 2013 proferida
por el Consejo Nacional Electoral, en las elecciones que se llevaron a cabo el 27 de Octubre
de 2019, dentro del expediente Radicado 0572-21
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los
artículos 265, numeral 6 de la Constitución Política, 13 de la Ley 1475 de 2011, 47 del Código
de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y con fundamento en los
siguientes,
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. Mediante Resolución No. 5687 del 22 de septiembre del 2021, ABRE INVESTIGACIÓN
ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN CARGOS, en contra del excandidato a la
GOBERNACIÓN por el Departamento de SUCRE señor YAHIR FERNANDO ACUÑA
CARDALES identificado con cédula de ciudadanía No. 92.542.929, en contra de
ARTHURASTUNES COIMBA GUERRA YANES identificado con cedula de ciudadanía No.
1.102.817.939 en calidad de exgerente de campaña y en contra de los miembros del Grupo
Significativo de Ciudadanos “CIEN POR CIENTO POR SUCRE” los ciudadanos XIOMARA
ELENA MONTES TORRES identificada con cédula de ciudadanía No. 1.047.473.904, JONY
ALEJANDRO GARCÍA MARTÍNEZ identificado con cédula de ciudadanía No. 91.461.992 y
SERGIO PARRA DURÁN identificado con cédula de ciudadanía No. 92.519.400 quienes
inscribieran su candidatura, por la presunta vulneración a lo dispuesto en los artículos 109
Constitucional, 18 y 20 de la Ley 130 de 1994, el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 y los
artículos 1,2, 10 y 11 de la Resolución 3097 de 2013 proferida por el Consejo Nacional Electoral
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Por medio de la cual se ABSUELVE DE LOS CARGOS Y SE DA POR TERMINADA LA INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA
en contra del excandidato a la GOBERNACIÓN por el Departamento de SUCRE señor YAHIR FERNANDO ACUÑA
CARDALES identificado con cédula de ciudadanía No. 92.542.929, e n contra de ARTHURASTUNES COIMBA GUERRA
YANES identificado con cedula de ciudadanía N° 1.102.817.939 en calidad de exgerente de campaña y de los miembros del
Grupo Significativo de Ciudadanos “CIEN POR CIENTO POR SUCRE” los ciudadanos XIOMARA ELENA MONTES
TORRES identificada con cédula de ciudadanía No. 1.047.473.904, JONY ALEJANDRO GARCÍA MARTÍNEZ identificado
con cédula de ciudadanía No. 91.461.992 y SERGIO PARRA DURÁN identificado con cédula de ciudadanía No. 92.519.400
quienes inscribieran su candidatura, por la presunta vulneración a lo dispuesto en los artículos 109 Constitucional, 18 y 20 de
la Ley 130 de 1994, el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 y los artículos 1,2, 10 y 11 de la Resolución 3097 de 2013 proferida
por el Consejo Nacional Electoral, en las elecciones que se llevaron a cabo el 27 de Octubre de 2019, dentro del expediente
Radicado 0572-21
en las elecciones que se llevaron a cabo el 27 de Octubre de 2019, dentro del radicado 0572-
2021, se inició la actuación administrativa sancionatoria por la presunta omisión respecto de
la no presentación de informes de ingresos y gastos, tanto individual como el consolidado.
Dicho acto administrativo fue notificado de la siguiente manera:
No.
NOMBRE
CLASE DE
NOTIFICACION
FECHA DE
NOTIFICACION
1
YAHIR FERNANDO ACUÑA CARDALES
POR EMAIL DE
ACUERDO A
AUTORIZACION
2
ARTHURASTUNES COIMBA GUERRA
YANES
POR EMAIL DE
ACUERDO A
AUTORIZACION
3
XIOMARA ELENA MONTES TORRES
POR EMAIL DE
ACUERDO A
AUTORIZACION
4
JONY ALEJANDRO GARCÍA MARTÍNEZ
POR AVISO DE
ACUERDO A
AUTORIZACION
5
SERGIO PARRA DURÁN
POR AVISO DE
ACUERDO A
AUTORIZACION
6
MINISTERIO PIBLICO
POR EMAIL
Una vez notificada dicha resolución, se les otorga a los investigados 15 días para presentar
los respectivos descargos.
1.2. Que, con ocasión a la nueva Magistratura del Consejo Nacional Electoral le correspondió
al Honorable Magistrado ALFONSO CAMPO MARTÍNEZ conocer del presente asunto.
1.3. Que, mediante Auto 008 del 11 de enero del 2023, se prescinde la etapa probatoria y se
corrió traslado a los investigados para presentar alegatos de conclusión; dicho acto
administrativo fue comunicado a los aquí investigados el 12 de enero del 2023 vía correo
electrónico de acuerdo a autorización.

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