Resolución nº 2023-16760 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 1022493618

Resolución nº 2023-16760 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2023
Fecha20 Diciembre 2023
RESOLUCIÓN No. 16760 DE 2023
(20 de diciembre)
Por medio de la cual se DA POR TERMINADA la actuación administrativa adelantada por la
presunta transgresión de las normas que rigen la propaganda electoral, en el municipio de
Arauca, departamento de Arauca, con ocasión de las elecciones de autoridades locales que
se realizaron el día 29 de octubre de 2023, dentro del expediente bajo radicado No. CNE-E-
DG-2023-034266.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el artículo 12 del Acto Legislativo 01 de
2009, en concordancia con la Ley 130 de 1994 y la Ley 1475 de 2015; y con fundamento en
los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. El día 14 de septiembre de 2023, la Subsecretaría de la Corporación recibió escrito
remitido por el Tribunal Seccional de Garantías y Vigilancia Electoral del departamento de
Arauca, en la que adicionan denuncia contra varios candidatos del departamento de Arauca
por presunta vulneración a las normas que rigen la propaganda electoral, en los siguientes
términos:
“Los miembros del tribunal seccional de garantías y vigilancia electoral por el
departamento de Arauca, en ejercicio de nuestra función establecida en la ley como
es, monitorear, verificar y garantizar el cumplimiento de las normas electorales por
parte de los actores involucrados en los comicios electorales, nos permitimos
adicionar denuncia.
HECHOS
(…)2. La señora Ehiana Galeano, candidata a la Alcaldía de Arauca por el partido
liberal; incurrió en propaganda de expectativa, o bien sea anticipada, teniendo en
cuenta que la fecha del calendario electoral en medio es el dos (02) de agosto dos
mil veintitrés (2023). (…)”
1.2. El día 18 de septiembre de 2023, mediante reparto interno efectuado por la Subsecretaria
de la Corporación, le correspondió al Magistrado CÉSAR AUGUSTO LORDUY MALDONADO
el asunto bajo el expediente radicado CNE-E-DG-2023-034266.
1.3. El día 15 de noviembre de 2023, este despacho profirió un Auto de avoca conocimiento
y ordeno apertura de investigación preliminar, por la presunta transgresión de normas que
rigen la propaganda electoral.

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