Resolución nº 2023-2791 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 943228395

Resolución nº 2023-2791 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2023
Fecha12 Abril 2023
RESOLUCIÓN No. 2791 DE 2023
(12 de abril)
Por medio de la cual se REPONE la RESOLUCIÓN 5682 del 15 de diciembre de 2022, frente
a la sanción impuesta al ciudadano JULIO CESAR SERNA GÓMEZ y su exgerente de
campaña el ciudadanos CARLOS MARIO GÓMEZ ARCILLA identificado con cédula de
ciudadanía No. 1.038.412.039 y los miembros del Grupo Significativo AVANCEMOS, los
ciudadanos NANCY PIZA GALEANO identificada con cédula de ciudadanía No. 43.669.796,
JUAN CAMILO VELASQUEZ VELEZ identificado con cédula de ciudadanía No.
1.038.416.116 y MARTHA ESPERANZA QUINTERO CIFUENTES identificada con cédula de
ciudadanía No. 32.310.352., dentro del expediente 3174-2022
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en los
numerales 1 y 6 del artículo 265 de la Constitución Política, Ley 130 de 1994, y los artículos
74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011 y, teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. Que, mediante Resolución 5682 del 15 de diciembre del 2022 Por medio de la cual se
SANCIONA al excandidato a la ALCALDÍA por el Municipio de Marinilla Departamento de
ANTIOQUIA señor JULIO CESAR SERNA GÓMEZ identificado con cédula de ciudadanía
No. 1.038.412.039 y a su gerente de campaña el ciudadano CARLOS MARIO GÓMEZ
ARCILLA identificado con cédula de ciudadanía No. 70.907.805, por la omisión en administrar
y manejar sus recurso de campaña en la cuenta única bancaria, y a los miembros del Grupo
Significativo de Ciudadanos denominado “AVANCEMOS”, los ciudadanos NANCY PIZA
GALEANO identificada con cédula de ciudadanía No. 43.669.796, JUAN CAMILO
VELASQUEZ VELEZ identificado con cédula de ciudadanía No. 1.038.416.116 y MARTHA
ESPERANZA QUINTERO CIFUENTES identificada con cédula de ciudadanía No.
32.310.352, por la omisión al deber de diligencia, dispuesto en el artículo 8 y numeral 1 del
artículo 10 de la ley 1475 del 2011, en las elecciones que se llevaron a cabo el 27 de Octubre
de 2019, dentro del radicado 3174-2022.
1.2. Que, dicha resolución les fue notificada a los ciudadanos mencionados el 22 de
diciembre del 2022 conforme a la dispuesto en el artículo 56 de la ley 1437 de 2011, a los
correos electrónicos: avancemosmarinilla@gmail.com
1.3. Que, mediante oficio de fecha 05 de enero del 2023 y estando dentro del término para
presentarlos, los ciudadanos CARLOS MARIO GÓMEZ ARCILLA identificado con cédula de
ciudadanía No. 1.038.412.039 y los miembros del Grupo Significativo AVANCEMOS, NANCY

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