Resolución nº 2023-6206 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 954451344

Resolución nº 2023-6206 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2023
Fecha09 Agosto 2023
RESOLUCIÓN No 6206 de 2023
(09 de agosto)
Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados en la resolución No 3725 de
2022 a los ciudadanos UBEIMAR DELGADO BLANDON identificado con C.C. No
16.587.942, excandidato al SENADO DE LA REPÚBLICA y ADOLFO VÉLEZ ROMAN
identificado con C.C. No 16.368.160 excandidato a la CÁMARA DE REPRESENTANTES
DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE, y al PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, por
presunta vulneración de las normas que rigen la propaganda electoral, establecidos en el
articulo 24 de la Ley 130 de 1994, articulo 35 de la Ley 1475 de 2011, y en el artículo 3 de la
resolución No 0228 del 29 de enero de 2021 del Consejo Nacional Electoral, dentro del
expediente con radicado CNE-E-2022-008071.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas en
el numeral 6 del artículo 265 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 39 de la Ley
130 de 1994, la Ley Estatutaria 1475 de 2011 y teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. Mediante correo electrónico radicado en la página de atención al ciudadano de la
Corporación el día 14 de febrero de 2022, el Secretario de Convivencia y Seguridad
Ciudadana del Municipio de El Cerrito Valle del Cauca, NORMAN AUGUSTO ESCOBAR
CRUZ anexó el Oficio No. 248-7-11.059 del día 11 de febrero de 2022 indicando de la
presunta vulneración e incumplimiento del Decreto Municipal No. 187 del 20 de diciembre
del 2021 modificado por el Decreto No. 046 del 7 de febrero del 2022 por parte de los
diferentes candidatos, partidos políticos y representantes, especialmente lo establecido en el
artículo 5, el cual establece:
“ARTÍCULO QUINTO: AFICHES, PASACALLES, PENDONES Y
PORTAPENDONES. Queda prohibida la publicación de propaganda electoral a
través de afiches, pasacalles, pendones, porta pendones en el espacio público en el
Municipio de El Cerrito Valle del Cauca.
RESOLUCIÓN No 6206 del 2023 Página 2 de 32
Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados en la resolución No 3725 de 2022 a los ciudadanos
UBEIMAR DELGADO BLANDON identificado con C.C. No 16.587.942, excandidato al SENADO DE LA REPÚBLICA y
ADOLFO VÉLEZ ROMAN identificado con C.C. No 16.368.160 excandidato a la CÁMARA DE REPRESENTANTES DEL
DEPARTAMENTO DEL VALLE, y al PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, por presunta vulneración de las normas
que rigen la propaganda electoral, establecidos en el articulo 2 4 de la Ley 130 de 1994, articulo 35 de la Ley 1475 de 2011,
y en el artículo 3 de la resolución No 0228 del 29 de enero de 2021 del Consejo Nacional Electoral, dentro del expediente
con radicado CNE-E-2022-008071.
Con el Oficio No. 248-7-11.059 se adjuntaron ocho (08) imágenes de vallas publicitarias al
parecer dispuestas en espacio público. Todas las imágenes corresponden a diferentes
candidatos, una fotografía por cada excandidato así:
Así mismo, en el Oficio No. 248-7-11.059 se relacionan los infractores del Decreto y el
número de vallas y pasacalles publicitarios instaladas por los partidos y movimientos
políticos de la siguiente manera:
1.2. Por nuevo reparto interno de asuntos electorales de esta Corporación, le correspondió
al Magistrado CÉSAR AUGUSTO ABREO MÉNDEZ conocer del asunto bajo radicado 8071-
22.
1.3. El 04 de agosto de 2022, la Sala Plena profirió la resolución No 3725 de 2022 por
medio de la cual se ABRE INVESTIGACION ADMINISTRATIVA Y SE FORMULAN
CARGOS en contra de los ciudadanos UBEIMAR DELGADO BLANDON y GUSTAVO
ADOLFO VELEZ ROMAN, excandidatos al SENADO DE LA REPÚBLICA y a la CÁMARA
DE REPRESENTANTES DEL VALLE respectivamente, y en contra también del PARTIDO
RESOLUCIÓN No 6206 del 2023 Página 3 de 32
Por medio de la cual se ABSUELVE de los cargos formulados en la resolución No 3725 de 2022 a los ciudadanos
UBEIMAR DELGADO BLANDON identificado con C.C. No 16.587.942, excandidato al SENADO DE LA REPÚBLICA y
ADOLFO VÉLEZ ROMAN identificado con C.C. No 16.368.160 excandidato a la CÁMARA DE REPRESENTANTES DEL
DEPARTAMENTO DEL VALLE, y al PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, por presunta vulneración de las normas
que rigen la propaganda electoral, establecidos en el articulo 2 4 de la Ley 130 de 1994, articulo 35 de la Ley 1475 de 2011,
y en el artículo 3 de la resolución No 0228 del 29 de enero de 2021 del Consejo Nacional Electoral, dentro del expediente
con radicado CNE-E-2022-008071.
CONSERVADOR COLOMBIANO, por la presunta vulneración de las normas que rigen la
propaganda electoral, establecidos en el artículo 24 de Ley 130 de 1994, artículo 35 de la
Ley 1475 de 2011, y en el artículo 3 de la Resolución No. 0228 del 29 de enero de 2021
dentro del expediente bajo el radicado CNE-E-DG-2022-008071.
A través de la misma resolución, se le concedió a los investigados y al Ministerio Público, el
término de quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación de dicha resolución
para rendir los descargos, solicitar y aportar las pruebas que pretendieran hacer valer dentro
del procedimiento sancionatorio. Así mismo, se ordenaron de oficio las siguientes pruebas:
a. OFICIAR a la Alcaldía Municipal de El Cerrito Valle del Cauca, para que en el
término de cinco (5) días hábiles contados a partir de la comunicación de esta
Resolución informe de las sanciones que impuso al ciudadano JORGE UBEIMAR
DELGADO BLANDON excandidato al Senado de la República y al señor
GUSTAVO ADOLFO VÉLEZ ROMAN y al PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO respecto a la presunta infracción al número de pasacalles
permitidos en el espacio público del Municipio El Cerrito Valle del Cauca.
b. OFICIAR a la Alcaldía Municipal de El Cerrito Valle del Cauca, para que en el
término de cinco (5) días hábiles contados a partir de la comunicación de esta
Resolución aclare el informe rendido a esta Corporación, indicando si las 37 vallas
del PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO reportadas por publicidad electoral
en el municipio de referencia, eran a favor de los señores JORGE UBEIMAR
DELGADO BLANDON excandidato al Senado de la República y GUSTAVO
ADOLFO VÉLEZ ROMAN, en conjunto, o había algunas publicidades individuales.
c. OFICIAR a la Alcaldía Municipal de El Cerrito Valle del Cauca, para que remita
a este expediente el Decreto por medio del cual se fija la categoría de dicho
municipio para el año 2022.
d. INCORPORAR al expediente, los formularios de inscripción de la candidatura de
los investigados.
e. OFICIAR a la Subsecretaría de la Corporación para que, dentro de los cinco días
(5) siguientes a la comunicación de esta Resolución. informe al Despacho
Sustanciador si los investigados han sido sancionados previamente por hechos
similares.
1.4. A través del oficio No CNE-I-2022-005880-CAAM-DGC del 17 de agosto de 2022, se
le solicitó a la Dirección de Gestión Corporativa que informara si los investigados habían sido
sancionados previamente por hechos similares; quienes remitieron oficio informando que los
excandidatos no contaban con antecedentes por el mismo tema ni tampoco el Partido
Político Conservador. (fls 24 a 27).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR