Resolución nº 2023-6246 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 954451276

Resolución nº 2023-6246 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2023
Fecha09 Agosto 2023
RESOLUCIÓN No. 6246 DE 2023
(09 de agosto)
Por medio de la cual se resuelven RECURSOS DE REPOSICIÓN y otras solicitudes
interpuestas por algunos excandidatos y exgerentes de campaña contra la Resolución No.
5659 de 15 de diciembre de 2022, “Por medio de la cual se sanciona a ciertos excandidatos y
exgerentes avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL, hoy PARTIDO DE LA UNIÓN
POR LA GENTE (“Partido de la U”), investigados en las Resoluciones de apertura de investigación
administrativa y formulación de cargos No. 4076 y 3993 de 2020, 0157 y 7675 de 2021, 3090, 0683 y
4454 de 2022 acumuladas (“Las Resoluciones de Apertura y Formulación de Cargos”); se absuelve a
otros tantos, así como a la referida colectividad política, y se resuelven nulidades y solicitudes de
corrección del procedimiento, en el marco de las elecciones del 27 de octubre de 2019, dentro del
expediente con radicado No. 5080-20”, y se deciden otras disposiciones.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 1 de 2009, las Leyes
130 de 1994 y 1475 de 2011, y con fundamento en los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. El Fondo Nacional de Financiación Política de la Corporación, mediante oficios CNE-
FNFP 803 del 01 de julio de 2020, CNE-FNFP 2386 del 14 de septiembre de 2020, CNE-FNFP
3827 del 27 de octubre de 2020, CNE-FNFP 1558 del 25 de febrero de 2021, CNE-FC 1415
del 30 de octubre de 2020, CNE-FNFP 3857 del 28 de octubre de 2020, CNE-FNFP 4293 del
20 de noviembre de 2020, CNE-FNFP 4417 del 25 de noviembre, CNE-FNFP 3856 del 28 de
octubre de 2020, CNE-FNFP 4330 2020 del 23 de noviembre de 2020, CNE-FNFP 0236 del
15 de enero de 2021, CNE-FNFP 0235 del 15 de enero de 2021, CNE-FNFP 279 del 18 de
enero de 2021, CNE-FC 5555 del 26 de enero de 2021, CNE-FNFP 596 del 29 de enero de
2021, CNE-FNFP 0831 del 04 de febrero de 2021, CNE-FNFP 1008 del 09 de febrero de 2021,
CNE-FC 4561 del 02 de diciembre de 2020, CNE-FNFP- 4707 del 04 de diciembre de 2020,
CNE-FC 4739 del 07 de diciembre de 2020, CNE-FC 4563 del 02 de diciembre de 2020, CNE-
FNFP 1139 del 12 de febrero de 2021, CNE-FC 1120 del 11 de febrero de 2021, CNE-FNFP-
1058 del 11 de febrero de 2021, CNE-FNFP 1125 del 12 de febrero de 2021, CNE-FNFP 1337
del 19 de febrero de 2021, CNE-FNFP 1247 del 16 de febrero de 2021, CNE-FNFP-1103 del
11 de febrero de 2021, CNE-FNFP 1435 del 23 de febrero de 2021, CNE-FNFP 1437 del 23
de febrero de 2021, CNE-FNFP 1.104 del 11 de febrero de 2021, CNE-FNFP 1669 del 01 de
marzo de 2021, CNE-FNFP 1.714 del 03 de marzo de 2021, CNE-FNFP 4241 del 18 de
noviembre de 2020, CNE-FC 4564 del 02 de diciembre de 2020, CNE-FC 2254 del 24 de
Resolución No. 6246 de 2023 Página 2 de 103
Por medio de la cual se resuelven RECURSOS DE REPOSICIÓN y otras solicitudes interpuestas por algunos excandidatos
y exgerentes de campaña contra la Resolución No. 5659 de 15 de diciembre de 2022, “Por medio de la cual se sanciona a
ciertos excandidatos y exgerentes avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL, hoy PARTIDO DE LA UNIÓN
POR LA GENTE (“Partido de la U”), investigados en las Resoluciones de apertura de investigación administrativa y
formulación de cargos No. 4076 y 3993 de 2020, 0157 y 7675 de 2021, 3090, 0683 y 4454 de 2022 acumuladas (“Las
Resoluciones de Apertura y Formulación de Cargos”); se absuelve a otros tantos, así como a la referida colectividad política,
y se resuelven nulidades y solicitudes de corrección del procedimiento, en el marco de las elecciones del 27 de octubre de
2019, dentro del expediente con radicado No. 5080-20”, y se deciden otras disposiciones.
marzo de 2021, CNE-FC 3574 del 21 de mayo de 2021, CNE-FC 3628 del 26 de mayo de
2021, CNE-FNFP-3127 del 30 de abril de 2021, CNE-FNFP 3152 del 03 de mayo de 2021,
CNE-FNFP 3491 del 18 de mayo de 2021, CNE-FNFP-4254 del 23 de junio de 2021, CNE-
FNFP 3728 del 31 de mayo de 2021, CNE-FNFP 1741 del 08 de julio de 2021, CNE-FNFP
2827 del 11 de septiembre de 2020, CNE-FNFP 2294 del 14 de agosto de 2020, CNE-FNFP
3051 del 18 de septiembre de 2020, CNE-FNPP 803 del 21 de mayo de 2020, CNE-FNPP 803
del 21 de mayo de 2020, CNE-FNPP 803 del 21 de mayo de 2020, CNE-FNPP 803 del 21 de
mayo de 2020, CNE-FNPP 803 del 21 de mayo de 2020, CNE-FNPP 803 del 21 de mayo de
2020, CNE-FNPP-803 del 21 de mayo de 2020, CNE-FNPP 4779 del 09 de noviembre de
2020, CNE-FNFP 1241 del 16 de febrero de 2021, CNE-FNFP 2424 del 24 de agosto de 2020,
CNE-FNFP 2914 del 14 de Septiembre de 2020, CNE-CNE FC 3404 del 06 de octubre de
2020, CNE-FNFP 2327 del 18 de agosto de 2020, CNE-FNFP 803 del 21 de mayo de 2020,
CNE-FNFP 4498-12020 del 09 de noviembre de 2020; CNE-FC 4566 del 02 de diciembre de
2020 CNE-FNFP 4974 del 21 de julio de 2021, CNE-FNFP 4704 del 9 de julio de 2021, CNE-
S- 2021-000037-FNFPCE-900 del 27 de julio de 2021, CNE-FNFP 4901 del 16 de julio de
2021, CNE-FNFP 4835 del 15 de julio de 2021, CNE-I-2022-003339 del 10 de mayo de 2022,
CNE-S-2022-000327 del 27 de enero de 2022, CNE-S-2022-0007957 del 22 de febrero de
2022, CNE-I-2022-001356 del 22 de febrero de 2022, CNE-I-2022-002405 y CNE-I-2022-
002567 del 04 y 11 de abril de 2022, CNE-S-2022-001350 del 15 de marzo de 2022, CNE-I-
2022-002528 del 07 de abril de 2022, CNE-I-2022-002627 del 18 de abril de 2022, CNE-S-
2022-000472 del 18 de abril de 2022, CNE-I-2022-003777 del 18 de mayo de 2022; y CNE-I-
2022-004068 del 25 de mayo de 2022 reportó la presunta vulneración por parte de ciertos
excandidatos y exgerentes así como del Partido de la U del artículo 25 de la Ley 1475 del
2011 y los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, relacionados con la no presentación
de informes de ingresos y gastos de campaña, no designación de gerente de campaña, no
apertura de cuenta única bancaria, no manejo; y/o manejo parcial de los recursos en la cuenta
única bancaria.
1.2. El día 18 de enero de 2022, el FNFP de la Corporación, mediante oficio CNE-S-2021-
002011-FNFPCE-900 del 7 de octubre de 2021, relacionó y reportó que la Señora KELLY
ZULIMA ORTIZ CALAO, excandidata al Concejo del Municipio de Barrancabermeja,
Santander, avalada por el Partido de la U, presuntamente superó el límite de financiación
privada del 10% establecido en el artículo 23 de la Ley 1475 de 2011, en el marco de las
elecciones de autoridades locales llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019.
1.3. El FNFP de la Corporación, mediante oficios CNE-I-2021-000806-FNFPCE-900 del 14 de
septiembre de 2021, CNE-S-2021-001734-FNFPCE-900 del 20 de septiembre de 2021, CNE-
I-2021-001012-FNFPCE-900 del 22 de septiembre de 2021, CNE-S-2021-001814-FNFPCE-
Resolución No. 6246 de 2023 Página 3 de 103
Por medio de la cual se resuelven RECURSOS DE REPOSICIÓN y otras solicitudes interpuestas por algunos excandidatos
y exgerentes de campaña contra la Resolución No. 5659 de 15 de diciembre de 2022, “Por medio de la cual se sanciona a
ciertos excandidatos y exgerentes avalados por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL, hoy PARTIDO DE LA UNIÓN
POR LA GENTE (“Partido de la U”), investigados en las Resoluciones de apertura de investigación administrativa y
formulación de cargos No. 4076 y 3993 de 2020, 0157 y 7675 de 2021, 3090, 0683 y 4454 de 2022 acumuladas (“Las
Resoluciones de Apertura y Formulación de Cargos”); se absuelve a otros tantos, así como a la referida colectividad política,
y se resuelven nulidades y solicitudes de corrección del procedimiento, en el marco de las elecciones del 27 de octubre de
2019, dentro del expediente con radicado No. 5080-20”, y se deciden otras disposiciones.
900 del 24 de septiembre de 2021, CNE-S-2021-001999-FNFPCE-900 del 06 de octubre de
2021, CNE-S-2021-002105-FNFPCE-900 del 13 de octubre de 2021; y CNE-S-2021-002113-
FNFPCE-900 del 14 de octubre de 2021,reportó que varios excandidatos y exgerentes
1
del
Partido de la U, presuntamente vulneraron el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 y de los
artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013, por la no apertura de cuenta única bancaria, el
no manejo de recursos a través de la cuenta única bancaria, la no designación de gerente de
campaña y/o la no presentación de informes de ingresos y gastos de campaña durante las
elecciones de autoridades locales realizadas el 27 de octubre de 2019.
1.4. El día 16 de diciembre de 2020, esta Corporación profirió la Resolución No. 4076 de 2020,
por medio de la cual decidió abrir investigación y formular cargos en contra del Partido de la
U y excandidatos y/o exgerentes de la misma agrupación política, relacionados en el reporte
del FNFP referido en el numeral 1.1. de esta sección. Esto por la presunta infracción al artículo
8, numeral 1 del artículo 10 y artículo 25 de la Ley 1475 de 2011.
1.5. El día 20 de enero de 2021, esta Corporación profirió la Resolución No. 0157 de 2021, a
través de la cual abrió investigación administrativa y formuló cargos en contra del excandidato
Alonso Vibanco Agua y el Partido de la U, relacionados en el reporte del FNFP referido en el
numeral 1.3 de esta sección, por la presunta transgresión del artículo 25 de la Ley 1475 de
2011; y del artículo 8 y 10 de la misma normativa respectivamente.
1.6. Mediante Auto del 2 de junio de 2021, esta Corporación dispuso acumular a este proceso
-entre otros- el expediente de radicado No. 10977- 20, dentro del cual se había expedido a su
vez la Resolución No. 3993 del 2 de diciembre de 2020. Dicha resolución dio apertura de
investigación administrativa y formulación de cargos en contra del Partido de la U y otros
excandidatos y exgerentes de esta organización, relacionados en el reporte del FNFP referido
en el numeral 1.2. de esta sección, por la presunta vulneración de los artículos 8, 10 y 25 de
la Ley 1475 de 2011.
1.7. El día 21 de octubre de 2021, esta Corporación profirió la Resolución No. 7675 de 2021,
por medio de la cual decidió también abrir investigación administrativa y formular cargos en
contra de otros 561 excandidatos y/o exgerentes del Partido de la U, relacionados por el FNFP
en el reporte referido en el numeral 1.1. de esta sección por la presunta vulneración del artículo
25 de la Ley 1475 de 2011 y de los artículos 1 y 2 de la Resolución 3097 de 2013.
1
Poner los nombres y datos de los investigados en un anexo.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR