Resolución Nº 2023410006275 de Superintendencia de Economía Solidaria, 3 de agosto de 2023 - Normativa - VLEX 942056735

Resolución Nº 2023410006275 de Superintendencia de Economía Solidaria, 3 de agosto de 2023

Fecha03 Agosto 2023
Número de resolución2023410006275
Año2023
V_OAPS-F72013
SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA
RESOLUCIÓN 2023410006275 DE
3 de agosto de 2023
Por la cual se actualiza la política y objetivos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el
Trabajo y la política de Alcohol, Tabaco y Sustancias Psicoactivas
LA SUPERINTENDENTE DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA
En ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas en el numeral 3° del artículo 5º del
Decreto 186 del 26 de enero de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto No. 1072 de 2015, por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector
Trabajo, Libro 2, Parte 2, Título 4, Capítulo 6, en su artículo 2.2.4.6.3. Establece que la Seguridad
y Salud en el Trabajo (SST) es la disciplina que trata de la prevención de las lesiones y
enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud
de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así
como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico,
mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones”.
Que el artículo 2.2.4.6.1 del Decreto No. 1072 de 2015 establece las directrices de obligatorio
cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo - (SG-
SST), que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de
personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de
economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tener
cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los
trabajadores en misión.
Que el artículo 2.2.4.6.5 del mencionado decreto señala que “El empleador o contratante debe
establecer por escrito una política de Seguridad y Salud en el Trabajo - SST, que debe ser parte de
las políticas de gestión de la empresa, con alcance sobre todos sus centros de trabajo y todos sus
trabajadores, independiente de su forma de contratación o vinculación, incluyendo los contratistas y
subcontratistas”.
Que en el artículo 2.2.4.6.7 de la misma disposición enuncia que la política de SST de la empresa
debe incluir unos objetivos sobre los cuales la organización expresa su compromiso, los cuales
deben contener como mínimo:
1. La identificación de los peligros, evaluación y valoración de los riesgos y establecer los
respectivos controles.
2. Proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores, mediante la mejora continua del
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en la empresa.
3. Dar cumplimiento a la normatividad nacional vigente aplicable en materia de riesgos
laborales.
Que la Resolución No. 1075 del 24 de marzo de 1992 expedida por el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social y la Resolución No. 4225 del 29 de mayo de 1992 expedida por el Ministerio de

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