Resolución N° 20973 de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, 23-12-2021 - Normativa - VLEX 879457263

Resolución N° 20973 de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, 23-12-2021

Fecha23 Diciembre 2021
Número de resolución20973
Año2021
Tipo de documentoRESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN No. 20973 DEL 23-12-2021
“Por la cual se adopta la Tabla de Perfiles y Honorarios de los contratos de prestación de servicios
profesionales y de apoyo a la gestión que celebre la Agencia Nacional de Hidrocarburos”
Avenida Calle 26 No. 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura
Bogotá D.C. - Colombia. Código postal: 111321
Teléfono: +57 (1) 593 17 17 - www.anh.gov.co
ANH-GDO-FR-08 Versión No. 1 Pág. 1 de 4
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS – ANH
En uso de sus facultades legales previstas en
en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015, Decreto 714 de 2012 y
C O N S I D E R A N D O:
Que los principios de la contratación estatal y la actividad contractual de las entidades públicas emanan
directamente y debe ceñirse a los postulados del Articulo 209 de la Constitución Política y a lo dispuesto en el
Estatuto General de Contratación de la Administración Pública constituidos por las Leyes 80 de 1993, 1150 de
2007, 1474 de 2011, sus Decretos reglamentarios y demás normas que lo complementan
Que el Numeral 3° del Artículo 32 de la citada Ley define los contratos de prestación de servicios así: "Son
contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades
relacionadas con las administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con
personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran
conocimientos especializados~ En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales
y se celebran por el término estrictamente indispensable". (Subrayado fuera de texto) Que el Literal h, Numeral
4 del Artículo 2° de la Ley 1150 de 2007 establece como una de las causales de contratación directa, "Para la
prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que sólo
puedan encomendarse a determinadas personas naturales".
Que el artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto Reglamentario 1082 de 2015, en relación con los contratos de prestación
de servicios profesionales y de apoyo a la gestión o para la ejecución de trabajos artísticos que solo pueden
encomendarse a determinadas personas naturales, dispone: Las entidades estatales pueden contratar bajo la
modalidad de contratación directa la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona
natural y jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la entidad estatal
verifique la idoneidad y experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate. En este caso, no es
necesario que la entidad estatal haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto debe
dejar constancia escrita (…)”. (Subrayado fuera de texto)
Que para el cumplimiento de los fines y objetivos de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, se requiere celebrar
contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con personas que cuenten con la
idoneidad y la experiencia necesaria, de conformidad con lo señalado en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007
y el Decreto 1082 de 2015.
Que de acuerdo con las funciones que establece el Numeral 7 del Artículo 9° del Decreto No.714 de 2012,
corresponde al Presidente de la Agencia: "Adoptar las reglas y directrices internas necesarias para el
funcionamiento y prestación de servicios de la Agencia, de conformidad con las Leyes y reglamentos vigentes".
Que se hace necesario tener en cuenta que las condiciones de idoneidad y experiencia requeridas para los
contratistas están determinadas tanto por el objeto que se pretende contratar, como por las obligaciones
generales y específicas.
En mérito de lo expuesto.
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO: TABLA DE PERFILES Y HONORARIOS DE LA ANH: Adoptar la Tabla de Perfiles y
Honorarios de la Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH, la cual establece los requisitos de formación exigidos
y el valor de los honorarios máximos:
IDONEIDAD
NIVEL
VALOR
HONORARIOS
MENSUALES
TÍTULO
EXPERICIA
PROFESIONAL
POSGRADO
1
$ 2.508.280
Bachiller
N/A
N/A
2
$ 2.928.558
Bachiller
4 meses o más de
experiencia relacionada
o laboral
N/A
3
$ 3.394.526
Bachiller
20 meses o más de
experiencia relacionada
o laboral
N/A

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