Resolución N° 214 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-01-17 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881865392

Resolución N° 214 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-01-17

Número de resolución214
Fecha17 Enero 2012
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
RESOLUCION NÚW:£
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Corp~raciónAutón?ma
"Por la cual se inicia un sancionatorio y se establecen otras
diSPosicione~~glonal del Tallma
LA DIRECTORA GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL
DEL TOLIMA "CORTOLIMA"
En uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por la Ley 99 de
1993, y demás normas concordantes y
CONSIDERANDO:
1. ANTECEDENTES Y HECHOS:
El Decreto 4741 de 2005 por medio del cual el Ministerio de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial reglamenta parcialmente la prevención y manejo de los
residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integrai,
establece:
Articulo 27". Del Registro de Generadores. El Ministerio de Ambiente, Vivienda
y
Desarrollo Temtorial expedirá dentro de los seis (6) meses siguientes a la
entrada en vigencia del presente decreto, el acto administrativo sobre el Registro
de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos, de acuerdo con los
estándares para el acopio de datos, procesamiento, transmisión, y difusión de la
información que establezca ellDEAM para tal fin.
Artículo 28°. De la Inscripción en el Registro de Generadores.Los
generadores de residuos o desechos peligrosos están obligados a inscribirse en el
Registro de Generadores de la autoridad ambiental competente de su jurisdicción,
teniendo en cuenta las siguientes categorlas y plazos:
Categorias:
a) Gran Generador. Persona que genera residuos o desechos peligrosos en una
cantidad igualo mayor a 1,000.0 kglmes calendario considerando los periodos de
tiempo de generación del residuo y llevando promedios ponderados y media móvil
de los últimos seis (6) meses de las cantidades pesadas.
b) Mediano Generador. Persona que genera residuos o desechos peligrosos en
una cantidad igualo mayor a 100.0 kg/mes ymenor a 1,000.0 kg/mes calendario
considerando los perrodos de tiempo de generación del residuo y llevando
promedios ponderados y media móvil de los últimos seis (6) meses de las
cantidades pesadas.
c) Pequeno Generador. Persona que genera residuos o desechos peligrosos en
una cantidad igualo mayor a 10.0 Kg.lmes ymenor a 100.0 kg/mes calendario
considerando los perrodos de tiempo de generación del residuo
y
ilevando

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