Resolución Nº 2140 de Instituto de Desarrollo Urbano - Idu, 27-02-2020 - 27 de Febrero de 2020 - Registro distrital - Legislación - VLEX 851965948

Resolución Nº 2140 de Instituto de Desarrollo Urbano - Idu, 27-02-2020

Fecha de emisión27 Febrero 2020
Fecha de publicación27 Febrero 2020
EmisorInstituto de Desarrollo Urbano - Idu
Número de Gaceta6746
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6746 • pP. 1-7 • 2020 • FEBRERO 27
Que la Resolución Reglamentaria No. 061 del 24
de noviembre de 2015 delegó la función de asignar,
reajustar, suspender y/o negar el disfrute de la Prima
Técnica de los funcionarios que ejercen los cargos
del nivel profesional de la Entidad, con nombramiento
provisional, en carrera administrativa o en periodo de
prueba, a quien funja como titular de la Dirección Téc-
nica de Talento Humano de la Contraloría de Bogotá,
D.C, siendo necesario actualizarla con la normatividad
vigente.
Que con fundamento en las disposiciones vigentes,
conforme a lo anteriormente expuesto, y con el n de
cumplir a cabalidad con las funciones administrativas
de resorte del Contralor de Bogotá,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Actualizar la función dele-
gada al Director Técnico de Talento Humano de la
Contraloría de Bogotá, D.C., para asignar, reajustar,
suspender y/o negar el disfrute de la Prima Técnica
de los funcionarios que ejerzan empleos del nivel pro-
fesional, provistos mediante nombramiento en carrera
administrativa, encargo, provisionalidad o en periodo
de prueba.
ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige
a partir de la fecha de su publicación y deroga las
disposiciones que le sean contrarias, en especial la
Resolución Reglamentaria N° 061 del 24 de noviembre
de 2015.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veinticinco (25) días
del mes de febrero del año dos mil veinte (2020).
JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA
Contralor de Bogotá, D.C.
INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO –IDU
Resolución Número 002140
(Febrero 18 de 2020)
“Por la cual se delega una función y se modifica
la Resolución 2307 de 2019”
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE
DESARROLLO URBANO –IDU,
en ejercicio de sus facultades legales y en espe-
cial las conferidas por los artículos 209 y 211 de
la Constitución Política; 9º, 10º y 11 de la Ley 489
de 1998; Acuerdo Distrital 19 de 1972 y Acuerdos
01 y 02 de 2009 y 02 de 2017 del Consejo Directivo
del IDU y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 209 de la Cons-
titución Política “La función administrativa está al
servicio de los intereses generales y se desarrolla con
fundamento en los principios de igualdad, moralidad,
ecacia, economía, celeridad, imparcialidad y publici-
dad, mediante la descentralización, la delegación y la
desconcentración de funciones”.
Que el artículo 211 Constitucional estableció que co-
rresponde a la Ley jar las condiciones para que las
autoridades administrativas puedan delegar funciones
en sus subalternos o en otras autoridades.
Que el artículo de la Ley 489 de 1998 prescribe que:
“Las autoridades administrativas en virtud de lo dis-
puesto en la Constitución Política y de conformidad con
la presente ley, podrán mediante acto de delegación,
transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores
o a otras autoridades, con funciones anes o comple-
mentarias. Sin perjuicio de las delegaciones previstas
en leyes orgánicas, en todo caso, los ministros, directo-
res de departamento administrativo, superintendentes,
representantes legales de organismos y entidades que
posean una estructura independiente y autonomía
administrativa podrán delegar la atención y decisión
de los asuntos a ellos conados por la ley y los actos
orgánicos respectivos, en los empleados públicos de
los niveles directivo y asesor vinculados al organismo
correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a
los principios de la función administrativa enunciados
presente ley”.
Que los artículos 10º y 11 de la Ley 489 de 1998 seña-
lan los requisitos de la delegación y las funciones de
las autoridades administrativas que son indelegables.
Que los artículos 29 y 30 del Acuerdo 01 del Consejo
Directivo del IDU, establece las funciones generales
de la Dirección General y la facultan para delegar las
que considere convenientes en los servidores públicos
del nivel directivo y asesor, conforme a los criterios
establecidos en la Ley 489 de 1998.
Que, en mérito de lo expuesto, el Director General del
Instituto de Desarrollo Urbano,

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