Resolución N° 2182 de la Gaceta Ambiental ANLA, 25-09-2023 - Normativa - VLEX 950416185

Resolución N° 2182 de la Gaceta Ambiental ANLA, 25-09-2023

Fecha de publicación25 Octubre 2023
Fecha25 Septiembre 2023
Número de resolución2182
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA
RESOLUCIÓN 2182
(25 SEP. 2023)
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Por la cual se declara la pérdida de ejecutoriedad de la Certificación Ambiental No.
20235000358951 del 28 de agosto de 2023, y se toman otras determinaciones
EL SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE
LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA)
En uso de sus facultades legales y, en particular, las previstas en la Ley 99 de 1993, Ley
697 de 2001, el Decreto 3573 de 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, la Ley
1437 de 2011, el Decreto 1625 de 2016 modificado parcialmente por el Decreto 1564 del
2017, y las Resoluciones 2000 de 2017, 2665 de 2022 y 2795 de 2022, y
CONSIDERANDO QUE
Mediante la Certificación Ambiental No. 20235000358951 del 28 de agosto de 2023, la
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), certificó como acreditables para la
exclusión del impuesto sobre las ventas (IVA), conforme al artículo 424 numeral 7 del
Estatuto Tributario, bienes que conforman dos unidades funcionales destinadas a la
producción de biocarbón en la planta de Vitacarbón, ubicada en el Km 26, sector San
Andrés vía Barbosa, del municipio de Girardota, departamento de Antioquia, conforme a la
petición realizada por las empresas Vitacarbón S.A.S. con NIT 901.671.664-7 y Madecentro
Colombia S.A.S. con NIT 811.028.650-1.
Las empresas Vitacarbón S.A.S. y Madecentro Colombia S.A.S. con radicado
20236200580562 del 7 de septiembre de 2023, solicitaron la pérdida de fuerza ejecutoria
de la Certificación Ambiental No. 20235000358951 del 28 de agosto de 2023, en razón a
que el nombre de uno de los elementos certificados cambió y en el proceso de
nacionalización, no es posible acceder a la exclusión de IVA.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
De acuerdo con la revisión efectuada al expediente SBTI0141-00-2023, se evidenció que
las empresas Vitacarbón S.A.S. y Madecentro Colombia S.A.S. manifestaron que
procederán a radicar una nueva solicitud para optar por la Exclusión de IVA de acuerdo
con lo establecido en el artículo 424 numeral 7 del Estatuto Tributario, por lo que no harán
uso de la certificación ambiental expedida con No. 20235000358951 del 28 de agosto de
2023.
El artículo 91 de la Ley 1437 de 2011, establece, entre otros aspectos que, los actos
administrativos en firme serán obligatorios mientras no hayan sido anulados por la
jurisdicción de lo contencioso administrativo, así como también que perderán obligatoriedad
y, por lo tanto, no podrán ser ejecutados cuando desaparezcan sus fundamentos de hecho.

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