Resolución N° 2236 de la Gaceta Ambiental ANLA, 02-10-2023 - Normativa - VLEX 947510450

Resolución N° 2236 de la Gaceta Ambiental ANLA, 02-10-2023

Fecha de publicación13 Octubre 2023
Fecha02 Octubre 2023
Número de resolución2236
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA
RESOLUCIÓN 2236
(02 OCT. 2023)
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Por la cual se resuelve un recurso de reposición interpuesto en contra de la
Resolución 1434 del 07 de julio de 2023
EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA JURÍDICA ENCARGADO DE LAS FUNCIONES
DE DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS
AMBIENTALES ANLA
En ejercicio de las facultades legales establecidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto-Ley
3573 del 2011, modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015 y las
Resoluciones 1957 del 5 de noviembre de 2021 de la ANLA, 1223 del 19 de septiembre
de 2022 y 1003 del 27 de septiembre de 2023 del MADS, y
CONSIDERANDO QUE:
A través de la Resolución 606 del 25 de mayo de 2017, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales - ANLA, en adelante esta Autoridad Nacional, otorgó licencia ambiental a la
sociedad Desarrollo Vial al Mar S.A.S. identificada con el N.I.T.900869678-8, para el
proyecto “Construcción de la Segunda Calzada Túnel - San Jerónimo UF 1 y 3”, localizado
en jurisdicción de los municipios de Medellín y San Jerónimo en el departamento de
Antioquia.
Por medio de la Resolución 764 del 30 de junio de 2017, esta Autoridad Nacional resolvió
el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución 606 del 25 de mayo de 2017 en
el sentido de reponer y en consecuencia modificar los artículos segundo, tercero, cuarto,
quinto, octavo, décimo segundo, décimo quinto y vigésimo segundo de la Resolución 606
del 25 de mayo de 2017.
Mediante Resolución 2318 del 14 de diciembre de 2018, esta Autoridad Nacional modificó
la Resolución 606 del 25 de mayo de 2017, en el sentido de incluir dentro del Plan de
Compensación por Pérdida de Biodiversidad a ser presentado y aprobado por esta
Autoridad, las áreas de las coberturas de bosque de galería y/o ripario, naturales y
seminaturales que se verán afectadas por la inclusión del polígono La Frisola y El Polvorín.
Adicionalmente, ajustando el valor del Plan de Inversión de no menos del 1%, entre otras
determinaciones.
De acuerdo con la Resolución 2472 del 27 de diciembre de 2018, esta Autoridad Nacional
modificó la Resolución 606 del 25 de mayo de 2017, en el sentido de incluir obras,
infraestructura y actividades adicionales para el proyecto, así como la consecuente
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Por la cual se resuelve un recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución
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modificación de los permisos para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales
renovables.
A través de la Resolución 654 del 25 de abril de 2019, esta Autoridad Nacional efectuó vía
seguimiento un ajuste a la Resolución 606 del 25 de mayo de 2017, en el sentido de requerir
a la sociedad Desarrollo Vial al Mar S.A.S., el complemento de las medidas de estabilidad,
establecidas en los sitios con características geotécnicas especiales relacionadas con los
portales del túnel (bocas Santa Fe de Antioquia y Medellín), de la Ficha de manejo PMF-03
- Manejo de Taludes de más de 10 Metros de Altura y Zonas de Condiciones Geotécnicas
Especiales del Plan de Manejo Ambiental, entre otros aspectos.
Por medio de la Resolución 759 del 7 de mayo de 2019, esta Autoridad Nacional evaluó el
Plan de Inversión Forzosa del 1% y el Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad
del proyecto.
Mediante la Resolución 2227 del 12 de noviembre de 2019, esta Autoridad Nacional efectuó
vía seguimiento un ajuste a la Resolución 606 del 25 de mayo de 2017, en el sentido de
aumentar el caudal de infiltración de aguas subterráneas del túnel de occidente ll (UF3) de
3.54 l/s a 33.76 l/s, ajustar la medida 6 de la Ficha de manejo ambiental PGS-01 Atención
al usuario, entre otros aspectos.
A través de la Resolución 2360 del 02 de diciembre de 2019, esta Autoridad Nacional
modificó la Resolución 606 del 25 de mayo de 2017, en el sentido de modificar el permiso
de vertimiento otorgado en el Portal Santa Fe sobre la Quebrada La Frisola, producto de
las aguas de infiltración y residuales no domésticas del Túnel de Occidente en la etapa de
construcción del proyecto y la exclusión de la licencia ambiental del permiso de vertimiento
otorgado sobre la Quebrada La Culebra, entre otros aspectos.
Mediante Auto 3767 del 4 mayo de 2020 esta Autoridad Nacional avocó conocimiento de
las actuaciones administrativas remitidas por la Corporación Autónoma Regional del Centro
de Antioquia CORANTIOQUIA, obrantes en el expediente (carpeta) 120- COE1711-
39108, presentado por medio de oficio 2020027240-1-000 de 21 de febrero de 2020,
contentivo de la autorización de levantamiento parcial de restricción al uso y
aprovechamiento de unas especies forestales, a favor de la sociedad DESARROLLO VIAL
AL MAR S.A.S., titular de la Licencia Ambiental otorgada mediante Resolución 606 del 25
de mayo de 2017, para el proyecto “CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA CALZADA
TÚNEL SAN JERÓNIMO UF 1 Y 3”.
Por medio del Auto 3819 del 5 de mayo de 2020, esta Autoridad Nacional avocó
conocimiento de las actuaciones administrativas remitidas por la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia CORANTIOQUIA, obrantes en el expediente (carpeta)
120- COE1709-31594, presentado por medio de oficio 2020027077-1-000 del 21 de febrero
de 2020, contentivo de la autorización de levantamiento parcial de restricción al uso y
aprovechamiento de unas especies forestales, a favor de la sociedad DESARROLLO VIAL
AL MAR S.A.S., titular de la Licencia Ambiental otorgada mediante Resolución 606 del 25
de mayo de 2017, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA, otorgó licencia
ambiental a la SOCIEDAD DESARROLLO VIAL AL MAR S.A.S., para el proyecto vial
denominado “Construcción de la Segunda Calzada Túnel - San Jerónimo UF 1 y 3”,
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localizado en jurisdicción de los municipios de Medellín y San Jerónimo, en el departamento
de Antioquia.
Por medio de la Resolución 1871 del 23 de noviembre de 2020, esta Autoridad Nacional
ajustó vía seguimiento la Resolución 040-ADM1906-3820 del 19 de junio de 2019
1
,
proferida por la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia
CORANTIOQUIA, en el sentido de aceptar el predio Cibará localizado dentro de la
Hacienda Curumé en el municipio de Ebéjico, departamento de Antioquia, para llevar a cabo
las acciones de manejo y compensación del material vegetal y se adoptan otras
determinaciones.
Mediante la Resolución 1893 del 26 de noviembre de 2020, esta Autoridad Nacional aprobó
el Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad presentado por la sociedad
Desarrollo Vial al Mar S.A.S., contentivo de las compensaciones a realizarse sobre los
predios Cienegueta Hacienda Curumé y Hacienda La Luz.
A través de la Resolución 608 del 31 de marzo de 2021, esta Autoridad Nacional modificó
la Resolución 606 del 25 de mayo de 2017, en el sentido de incluir la construcción de una
cafetería y zonas de parqueo como ampliación del Centro de Control de Operaciones
CCO y adicionar infraestructura, obras y actividades, así como algunos permisos
ambientales, entre otras determinaciones.
De acuerdo con la Resolución 2647 del 03 de noviembre del 2022, esta Autoridad Nacional
modificó el Plan de Compensación por Pérdida de Biodiversidad aprobado mediante
Resolución 1893 del 26 de noviembre de 2020 y se actualizó la liquidación del Plan de
Inversión Forzosa de no menos del 1%.
Mediante Resolución 1434 del 7 de julio de 2023, esta Autoridad Nacional modificó la
Resolución 606 del 25 de mayo de 2017, en el sentido de redefinir el área de intervención
del proyecto, reducir unas áreas de intervención y excluir unos permisos ambientales, entre
otras consideraciones.
Dicho acto administrativo fue notificado por correo electrónico a la sociedad Desarrollo Vial
al Mar S.A.S, el 17 de julio de 2023 y publicado en la Gaceta Ambiental de esta Entidad, el
10 de agosto de 2023.
La abogada Marcela Eliana Bayona, en su condición de apoderada de la sociedad
Desarrollo Vial al Mar S.A.S, mediante escrito con radicación ANLA 20236200428252 del 1
de agosto de 2023, interpuso recurso de reposición en contra de los artículos tercero, octavo
y noveno de la resolución 1434 del 07 de julio de 2023 solicitando se reponga en el sentido
aceptar la reducción de los polígonos UF3-1 y UF1-16 del área licenciada a favor de la
sociedad DEVIMAR S.A.S.
El equipo técnico de esta Autoridad Nacional elaboró el Concepto Técnico 6434 del 2 de
octubre de 2023, mediante el cual se revisaron y evaluaron cada uno de los argumentos
1
Por medio de la cual CORANTIOQUIA aprobó el predio el Cairo del municipio de San Jerónimo con el fin de compensar 30 individuos de Astronium
graveolens (diomate) y 20 individuos de Hymenaea courbaril (Algarrobo)

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