Resolución N° 2314 de la Gobernación del Casanare, 20-10-2022 - Normativa - VLEX 914803268

Resolución N° 2314 de la Gobernación del Casanare, 20-10-2022

Número de resolución2314
Año2022
Fecha20 Octubre 2022
EmisorSecretaría de Educación
|
Cásanare
NIiT:892099216-6
RESOLUCIÓN
No.
2
3
1
4
==
20
007
2002
“Por
medio
de
la
cual
se
concede
prorroga
a
una
incapacidad
por
enfermedad
de
origen
común
y
se
realiza
un
nombramiento
provisional
en
vacante
temporal”
1700.15.15
|
LA
SECRETARIA
DE
EDUCACIÓN
DE
CASANARE
|
En
ejercicio
de
sus
facultades
constitucionales,
legales
y
reglamentarias
y,
en
especial
las
conferidas
|
en
el
Decreto
084
de
12
de
mayo
2014,
y
| |
CONSIDERANDO:
¡Que
SANDRA
MILENA
PULIDO
GONZÁLEZ,
identificada
con
la
Cédula
de
Ciudadanía
No.
23"794.992
expedida
en
Paz
de
Ariporo
Casanare;
se
encuentra
vinculada
como
Docente
de
Aula
en
la
Planta
¡de
Personal
Docente
del
Departamento
de
Casanare,
financiada
con
Recursos
del
Sistema
General
de
¡Participaciones
y
presta
sus
servicios
en
el
Área:
Básica
Primaria
para
la
Institución
Educativa
Sagrado
¡Corazón
-
Sede
Principal
en
el
Municipio
de
Paz
de
Ariporo
-
Casanare.
Que
el
Decreto
Nacional
No.
1848
de
1969,
Art.
8”,
definió
la
enfermedad
general
y
la
Ley 100
de
1993,
¡Art.
206,
la
incapacidad;
por
lo
tanto,
se
entiende
por
incapacidad
el
estado
de
inhabilidad
física
o
¡mental
de
una
persona
que
le
impide
desempeñar
en
forma
temporal
o
permanente
su
profesión.
¡Cuando
no
supera
el
término
de
Tres
(03)
días
no
hay
lugar
a
descuento
y
se
hace
efectiva
a
partir
del
¡Cuarto
(04)
día.
¡Que
a
través
de
la
Resolución
No.
2147
de
2022,
la
Secretaría
de
Educación
de
Casanare
concedió
la
incapacidad
por
enfermedad
de
origen
común
a
MARVIN
EMELDA
MORENO
SILVA,
por
el
término
de
¡Diecisiete
(17)
días,
contados
a
partir
del
día
26 de
septiembre
de
2022,
hasta
el
día
12
de
octubre
de
2022.
Que
mediante
formato
de
incapacidad
No.
32536
de
octubre
18
de
2022,
Medisalud
U.T;
concede
prorroga
a
la
incapacidad
por
Enfermedad
de
Origen
Común
de
SANDRA
MILENA
PULIDO
GONZÁLEZ,
identificada
con
la
Cédula
de
Ciudadanía
No.
23'794.992
expedida
en
paz
de
Ariporo
Casanare,
por
el
término
de
Treinta
(30)
días,
contados
a
partir
del
día
13
de
octubre
de
2022,
hasta
el
¡día
11
de
noviembre
de
2022,
tiempo
en
el
cual
se
separa
del
cargo
como
Docente
de
Aula.
Que
para
evitar
traumatismos
en
la
prestación
del
servicio
en
la
Institución
Educativa
Sagrado
Corazón
|-
Sede
Principal
en
el
Municipio
de
Paz
de
Ariporo
-
Casanare;
se
hace
necesario
nombrar
¡provisionalmente
en
vacante
temporal
a
un
Educador,
en
reemplazo
de
SANDRA
MILENA
PULIDO
¡GONZÁLEZ,
de
conformidad
con
lo
previsto
en
el
Decreto
Nacional
1278
de
2002,
Articulo
13,
Literal
la;
que
establece:
“En
vacantes
de
docentes
cuyos
titulares
se
encuentren
en
situaciones
administrativas
que
impliquen
separación
temporal,
el
nombramiento
provisional
será
por
el
tiempo
que
¡dure
la
respectiva
situación
administrativa”.
Que
revisados
los
documentos
en
la
hoja
de
vida
de
HEMILLYN
LAWDY
VERGARA
LIZARAZO,
¡identificada
con
la
Cédula
de
Ciudadanía
No.
1"115.856.789
expedida
en
Paz
de
Ariporo
Casanare;
¡quien
acredita
el
Título
Académico:
LICENCIADA
EN
EDUCACIÓN
BÁSICA
CON
ÉNFASIS
EN
¡MATEMÁTICAS,
HUMANIDADES
Y
LENGUA
CASTELLANA;
se
constató
que
cumple
con
los
¡requisitos
de
Ley para
la
provisión
de
la
vacante
existente.
¡En
mérito
de
lo
expuesto,
RESUELVE:
¡ARTÍCULO
1:
Conceder
Prorroga
a
la
Incapacidad
por
Enfermedad
de
Origen
Común
de
la
Docente
¡Qg
Aula
SANDRA
MILENA
PULIDO
GONZÁLEZ,
identificada
con
la
Cédula
de
Ciudadanía
No.
1
Aeera
20
N*
8-02,
Edifício
CAD,
Piso
2,
Cód.
Postal
850001,
Tel.
6336339
Ext
1225,
Yopal,
Casanare
www.sedcasanare.gov.co
-
educacion(Osedcasanare.gov.co
as

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