Resolución N° 2373 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-07-03 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881804565

Resolución N° 2373 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-07-03

Número de resolución2373
Fecha03 Julio 2012
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
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"Por medio de la cual se~clara un acto administrativo y se dictan CorporaciónAutónoma
otras Disposiciones"
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EL DIRECTOR GENERAL ( E) DE LA CORPORACiÓN AUTONOMA REGIONAL DEL
TOLlMA "CORTOLlMA"
En uso de sus facultades legales
y
constitucionales, en especial las conferidas por la Ley 99
de 1993 y el Decreto 1333 de 2009
HECHOS Y ANTECEDENTES
Mediante resolución Nro. 0022 de Enero de 2004, Cortolima concedió el traspaso de una
concesión de aguas a la Sociedad Rengifo Valencia y Cia. S en
e,
con Nit Nro. 809005541-
O Y matricula mercantil Nro. 112877 de la Cámara de Comercio de Ibagué, representada
legalmente por el señor Hernando Amador Rengifo Valencia, identificado con la cedula de
ciudadanía Nro. 14.210.969 de Ibagué, de las siguientes Quebradas: Cocare, La Morena, La
Pedregosa, La Hedionda, concesiones de agua otorgadas inicialmente al señor Amador de
JellÚs Rengifo mediante resolución Nro. 0022 de Enero de 2004, reglamentaria del Rio
Alvarado y sus afluentes, en las cantidades antes descritas para beneficio del predio
Calucacaima, inmueble ubicado en el Municipio de Ibagué - Tolima.
Mediante auto Nro. 1461 y 1462 del 19 de abril de 2010, la Corporación requirió a la
Sociedad antes mencionada para que diese cumplimiento a la implementación del Plan Para
el Uso Eficiente y Ahorro del Agua ordenado en la ley 373 de 1997, situación que a la fecha
no se ha dado cumplimiento.
En razón y con fundamento en lo anterior, la Directora General de Cortolima en uso de sus
facultades legales y constitucionales, mediante resolución Nro. 3529 del 23/08/2011, eleva
pliego de cargos contra la SOCIEDAD RENGIFO
y
CIA S en C. identificada con Nit Nro.
809005541-0 y matricula mercantil Nro. 112877 de la Cámara de Comercio de Ibagué,
representada legalmente por el señor Hernando Amador Rengifo Valencia, identificado con
la cedula de ciudadania Nro. 14.210.969 de Ibagué, por los cargos de omisión e
incumplimiento en la presentación del Plan de Uso Eficiente y Ahorro del Agua de
conformidad al traspaso de concesión de aguas otorgado por la Corporación mediante
resolución Nro. 0022 de enero de 2004 reglamentaria del Río Alvarado y sus afluentes 'para
beneficio del predio Calucaima.
Esta resolución fue notificada por edito el cual fue fijado el 15 de septiembre de 2011 y
desfijado el 19 del mismo mes y año, una vez vencido el termino de descargos, la sociedad
guardo silencio.
SEDE CENTRAL:
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