Resolución N° 241 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2006-02-28 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881783089

Resolución N° 241 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2006-02-28

Número de resolución241
Fecha28 Febrero 2006
EmisorOJ-OFICINA ASESORA JURIDICA
-
, i
2 4
1
RESOLUCION No. -
( 2
8 FEB 2006
DE 2006
)
Por la cual se resuelve un recurso de reposición y se adoptan otras medidas
EL DIRECTOR GENERLA DE LA CORPORACiÓN AUTONOMA REGIONAL DEL
TOLlMA "CORTOLlMA"
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por le artículo 31 de
la Ley 99 de 1993 resoluciones 2045 de 2003, 1390 de 2005 y
CONSIDERANDO.
Que mediante resolución NO.869 de Agosto 2 de 2005,. CORTOLlMA resolvió
ordenar al municipio de Prado y/o Empresa de Servicios Públicos que preste el
servicio de Aseo de Prado, el cierre ambiental del botadero a cielo abierto de
residuos sólidos, ubicado en el predio las Nubes, de la vereda Chenchito en el
municipio de Prado, con el fin de mitigar los impactos ambientales, que por
inadecuada disposición se han venido produciendo en el área de influencia del
botadero de las basuras provenientes del casco urbano de esa localidad.
Concediéndole un plazo de 4 meses entre otras medidas.
Que mediante Radicado No. 11597 de Agosto 17 de 2005, el Doctor Arturo
Perdomo Gongora, actuando en calidad de apoderado del municipio de Prado,
según poder adjunto, interpone recurso de reposición contra la resolución No. 869
de Agosto 2 de 2005, con el objeto que se revoque dicho acto administrativo.
Que CORTOLlMA teniendo en cuenta, que la impugnación cumple con los requisitos
del Código contencioso Administrativo, y de haber sido presentado en término, este
despacho procede a admitir y resolver el recurso conforme a los argumentos
sustentatorios que plantean como soportes, así:
El municipio de Prado viene disponiendo su residuos sólidos en su predio
de propiedad denominado las Nubes desde hace aproximadamente 10
años.
El municipio teniendo en cuenta la problemática ambiental del municipio
se acogió a al propuesta del convenio 091 de 2004, suscrito entre
ODES y CORTOLlMA para la asesoría de los PGIRS, por lo cual se ha
venido trabajando en su elaboración.
Dentro del avance del PGIRS ser establecieron alternativas para la
disposición final de los residuos sólidos.
Que mediante concepto técnico de fecha 13 de Mayo de 2005,
CORTOLlMA recomienda al municipio de prado y/o Empresa de
servicios públicos en ampliación del principio de precaución suspender
inmediatamente la disposición de residuos sólidos y presente un plan de
abandono y recuperación ambiental.
CORTOLlMA expide la resolución NO.869 de agosto 2 de 2005
ordenando al municipio el cierre ambiental del botadero a cielo abierto
con el fin de mitigar los impactos ambientales por la inadecuada
disposición de los mismos.
CORTOLlMA mediante auto No. 678 de Julio 25 d e 2005, requiere al
municipio de Prado para que de manera inmediata adelanten las
gestiones y las obras de infraestructura que permitan establecer
garantías para la mitigación y control de cada uno de los impactos
ambientales, además en el parágrafo del artículo primero indica que si
desea continuar con las disposición de residuos sólidos en el mismo lugar
debe tramitar la Licencia ambiental para el funcionamiento del relleno

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