Resolución Nº 2417 de Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - Uaecd, 20-01-2020 - 20 de Enero de 2020 - Registro distrital - Legislación - VLEX 851967377

Resolución Nº 2417 de Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - Uaecd, 20-01-2020

Fecha de publicación20 Enero 2020
Fecha de emisión20 Enero 2020
EmisorUnidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - Uaecd
Número de Gaceta6718
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6718 • pP. 1-8 • 2020 • ENERO 20
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gestión de activos de información que disponga la
UAECD para tal n.
ARTÍCULO 3. El seguimiento y la asesoría a las de-
pendencias sobre el instrumento de gestión de infor-
mación pública”, será responsabilidad de las siguientes
dependencias:
La Ocina Asesora Jurídica estará encargada del
“índice de información clasicada”, la Subgerencia
Administrativa y Financiera, del “cuadro de caracteri-
zación documental”; la Gerencia de Tecnología de la
“clasicación del activo en el marco de la seguridad
de la información” junto con el seguimiento y asesoría
a las dependencias del formato “inventario General
de Activos”.
La Ocina Asesora de Planeación y Aseguramiento
de Procesos en cabeza de los asesores de calidad de
cada proceso, vericarán que los activos de informa-
ción sean actualizados y estén acordes a los cambios
en la cadena de valor de la UAECD o alguno de sus
procesos; igualmente, de la inclusión o modicación
de registros de calidad o registros de referencia en los
procedimientos.
ARTÍCULO 4. El seguimiento de la actualización del
Registro de Activos de Información se hará con mínimo
cada año, contado a partir de la fecha de publicación
del presente acto administrativo, en aras de vericar su
cumplimiento y comprobar que la información pública
se encuentra actualizada, es accesible y comprensible
dentro de las limitaciones razonables que se pudieran
tener.
ARTÍCULO 5. La publicación del registro del inventario
de activos de información deberá realizarse en el sitio
web de la UAECD, en el enlace de transparencia y
acceso a la información pública. El registro de activos
de información hace parte integral de la presente
resolución.
ARTÍCULO 6. La presente resolución rige a partir de
la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del
mes de diciembre de dos mil diecinueve (2019).
YENNY CAROLINA ROZO GÓMEZ
Directora
Resolución Número 2417
(Diciembre 31 de 2019)
“Por la cual se adopta el Plan Estratégico de Ta-
lento Humano de la Unidad Administrativa Espe-
cial de Catastro Distrital – Vigencia 2020”
LA DIRECTORA DE LA UNIDAD
ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO
DISTRITAL,
en uso de sus atribuciones legales, y en especial
las conferidas mediante Decreto 753 de 2019, el
artículo 5 del Acuerdo 04 de 2012 del Consejo
Directivo de la Unidad Administrativa Especial de
Catastro Distrital, la Ley 909 de 2004, el Decreto
1083 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 15 de la Ley 909 de 2004 establece que
las unidades de personal o quienes hagan sus veces,
son la estructura básica de la gestión de recursos
humanos en la administración pública y determina
dentro de sus funciones especícas la elaboración de
los planes estratégicos de recursos humanos.
Que el Departamento Administrativo de la Función
Pública -DAFP estableció el Modelo Integrado de
Planeación y Gestión – MIPG, que se constituye como
marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar,
hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de
las entidades y organismos públicos con el n de ge-
nerar resultados que atienda los planes de desarrollo
y resuelvan las necesidades y problemas de los ciuda-
danos con integridad y calidad en el servicio.
Que el artículo 2.2.22.3.14 del Decreto 1083 de 2015,
adicionado por el artículo 1 del Decreto 612 de 2018,
establece que, de acuerdo con el ámbito de aplicación
del el Modelo Integrado de Planeación y Gestión –
MIPG, las entidades deberán integrar al plan de acción
los planes institucionales y estratégicos y publicarlos,
en su respectiva página web a más tardar el 31 de
enero de cada año, dentro de los cuales se encuentra
el Plan Estratégico de Talento Humano.
Que en consecuencia la Unidad Administrativa Espe-
cial de Catastro Distrital, establece un Plan Estratégico
de Talento Humano, que tiene como propósito desa-
rrollar las políticas y programas de la gestión integral
del talento humano, orientadas de forma consistente y
coherente, hacia la búsqueda de la misión, los objetivos
y metas institucionales.
Que el Plan Estratégico de Talento Humano, tiene
como objetivo gestionar durante la vigencia la vincula-
ción, evaluación, nómina, situaciones administrativas y
retiro del personal de planta de la UAECD, desarrollan-
do actividades encaminadas al fortalecimiento continuo

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