Resolución N° 2560 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-07-16 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881797607

Resolución N° 2560 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-07-16

Número de resolución2560
Fecha16 Julio 2012
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
Corporación Autónoma
Regional dcí Toli",a
"Por la cual se decide un proceso sancionatorio, y se dictan otras medidas"
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL TOLlMA
-CORTOLIMA-
En uso de sus facultades legales
y
constitucionales, en especial las conferidas por la Ley
VISTOS
Al despacho las presentes diligencias con el fin de decidir el presente proceso sancionatorio,
en contra del señor CARLOS ALBERTO GARCIA MURILLO, con cédula de ciudadanía No
80274957 de Bogotá. Por razón de la presunta comisión de las infracciones ambientales
desarrolladas en el marco de extracción de material para construcción consistente en arenas
derivadas de la meteorización del Batolito de Ibagué, mediante el lavado de las paredes del
cauce del la quebrada San Antonio, sin licencia, ni plan de trabajo ambiental que mitigue los
impactos causados por dichas actividades.
HECHOS Y ANTECEDENTES
Una vez ubicados en el sitio objeto de la visita el día 8 de febrero de 2011 se llevó acabo
operativo sobre la zona protectora de la quebrada San Antonio por el personal técnico de
CORTOLlMA
y
Policía Nacional, al predio Risaralda de la vereda San Antonio del
Municipio de Ibagué el cual posee un área de 0.5 hectáreas, ubicado en las coordenadas N
0874936 E 0983919, altura 1165, en donde se observa lo siguiente:
1. Se encuentran dos puntos de trabajo, el arriba mencionado y el segundo punto se
localiza en las coordenadas No 0874981 W 0983910, altura 1158,
2. La zona protectora de la quebrada San Antonio posee un área de 0.5 hectáreas, la
cual se encuentra afectada completamente, por la extracción de materiaL
3. Las actividades consisten en la explotación artesanal de las paredes del cauce de la
quebrada San Antonio, la cual se encuentra fuertemente diaclasado y meteorizado
generando un saprolito arenoso.
4. El arranque de material arenoso se realiza mediante el lavado de las paredes a
chorro empleando Motobomba.
5. Se realiza captación de agua de esta quebrada para el proceso de extracción de
arena.
6. Los equipos
y
maquinarias con las que se realizaron estas extracciones son, una
Motobomba con succión de entrada de 3" y de salida de 3" serial 8103 F, motor
V"
Diesel, color Rojo la cual fue incautada por la pOlirficía.NIaCidonal!. b d S A .
7. Se evidencio la contaminación de las aguas supe IClaes e a que ra a an ntomo
(turbiedades por partículas sólidas grasas y aceites) derivadas de las operaciones de
la motobomba.
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