Resolución N° 2580 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-07-16
Fecha | 16 Julio 2012 |
Número de resolución | 2580 |
Emisor | SJ-SUBD. JURIDICA |
•
r
,
RESOLUCIO';O.-.
7
5 ' O'
(. W
6 JU1!
)
lJ~•••o
tI
1;>."
,
"
"
-
¡.'ft.~'
POR LA CUAL SE ORDENA EL PAGO DE UNA TARIFA DE SEGUIMIENTO
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL
TOllMA "CORTO LIMA"
1993,y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. 0331 del Veintiocho (28) de Enero de 2011, expedida
por CORTOLlMA, Se Acoge Permiso de Vertimientos de Aguas Industriales y
Domesticas provenientes de la ESTACION DE SERVICIO BANDERAS DEL TOLlMA
11, en Vereda Puertas Blancas , en Jurisdicción del Municipio de Flandes,
Departamento del Tolima.
cobrarán los servicios de Evaluación y los servicios de Seguimiento de la Licencia
Ambiental, permisos, Autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo
ambiental establecidos en la Ley y los reglamentos
(oo.)
Que la tarifa incluirá:
a) El valor total de los honorarios de los profesionales requeridos para la realización
de las actividades propuestas;
b) Ei valor total de los gastos de viaje de los profesionales que se ocasionen para el
estudio, la expedición, el seguimiento
y/o
el monitoreo de la licencia ambiental,
permisos, concesiones y autorizaciones y demás instrumentos de control y
manejo ambiental establecidos en la Ley y los reglamentos.
c) El valor total de los análisis de laboratorio u otros estudios y diseños técnicos que
sean requeridos tanto para la evaluación como para el seguimiento.
Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, expidió la
Resolución No. 1280 del 07 de julio de 2010 mediante el cual estableció la escala
tarifaria para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de las licencias
ambientales, permisos. concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de
manejo y control ambiental para proyectos cuyo valor sea inferior a 2.115 smmv y se
adopta la tabla única para la aplicación de los criterios definidos en el sistema y
Que la Corporación aplicará el siguiente método de cálculo; Para el literal a) se
estimará el número de profesionales/mes y se aplicarán las categorías y tarifas de
r-J"
SEDE CBfTRAL.
I
eriJ. sa. A••. ~ Ft!rrociJmI, CdIIe 44
TeIs.:
(8)
Z654551/52/54/SS
E.::;;'
~~{'~~~"~'~::fO
i
_: m.:_'-"-,~',,,",
- ToIim.> - CoIom/JIiI
Dkecdón Territorial IDirección
Temtoridll
Direcdón
Territon
Direr;aOn Territori<1/
Sur: Norte: Suronente: ()riente:
c.e.
K41¥/1I1liJ
era.6No.
4-31
CJlJelNo. :l2~61
a,¡,
4No ~-Z7
Cril.8No.7-L4;28 - SPrloG'nbt> -
Piso2
Tt+I,a•.:(8)ll8JZfH
Of.JOl-)O) TMIfax._(8)2510115 Tt+fax"(8)Z456816
PIrliación
T~ •.:
(8)
Z462179 A""'-"'VGuayaboJl Melgar
"'-""
Página 1
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba