Resolución Nº 2610 de Tribunal para la Paz - Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, 03-05-2018 - Jurisprudencia - VLEX 852333343

Resolución Nº 2610 de Tribunal para la Paz - Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, 03-05-2018

Fecha03 Mayo 2018
EmisorSala de definición de situaciones jurídicas (Jurisdicción especial para la paz de Colombia)

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

SALA DE DEFINICIÓN DE SITUACIONES JURÍDICAS

Bogotá D.C., 03 MAYO 2018

mero de radicado interno: 20-000004-2018-B.

Compareciente: Martín Sierra D'aleman.

Cédula de ciudadanía: 79.411.053 de Bogotá.

Situación jurídica: Condenado/libertad condicional.

Delitos: Homicidio agravado y otro.

Resolución N° 000055

ASUNTO

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas se pronunciará sobre la competencia de la JEP y de la Sala, frente a la petición de “extinción de la sanción penal” solicitada por el apoderado judicial de Martín Sierra D'aleman.[1]

HECHOS JURÍDICAMENTE RELEVANTES[2]

  1. El 17 de septiembre de 1993 fue secuestrada Doris Janeth Roldán Novoa en momentos en que se hallaba en casa de Elba Nair Pardo Orduña ubicada en el barrio Marsella de Bogotá, en el lugar también se encontraba Aidé Malaver Salamanca.

  1. Aidé Malaver Salamanca fue quien dio a conocer una carta en la cual se adjudicó el secuestro una organización denominada “Fuerza Democrática Bolivariana”, que pedía por el rescate la suma de US$ 1.100.000. Había sido militante del movimiento guerrillero M-19, por lo que Elba Nair Pardo Orduña sospechó que estaba implicada en el plagio. Estas circunstancias las puso en conocimiento del Departamento Administrativo de Seguridad D.A.S, que asumió la investigación con miembros del grupo UNICP, se trataba de los detectives Germán Vicente Cuellar Manrique, Luis Noé Piñeros Barbosa, Martín Sierra D’aleman, Hernesley Torres Aguilera, Rafael Antonio Pulgarín y Álvaro Llanes Ramírez.

  1. Los agentes del DAS, entre ellos Álvaro Llanes Ramírez y Martín Sierra D’aleman, solicitaron a Elba Nair Pardo Orduña y su esposo Luis Hernando Gómez Cuervo señalaran e identificaran al cónyuge y amigos de Aidé Malaver, en especial a aquellas personas militantes de la agrupación guerrillera antes referida.

  1. Los agentes del DAS, entre los que se encontraba Martín Sierra D’aleman, realizaron labores de seguimiento para lo cual utilizaron el vehículo de servicio público de placas SFP-121.

  1. Entre los días 16 y 18 de marzo de 1994 Julio Edgar Galvis Quimbay, Raúl Gutiérrez Guarín, Rafael Enán Lora Mendoza, Fredy Humberto Guerrero y Aidé Malaver, fueron retenidos irregularmente en distintos lugares en Bogotá, por personas que no se identificaron y se movilizaban en vehículos de servicio público, entre otros.

  1. Se acreditó en los diferentes procesos penales, disciplinarios y administrativos que los antes citados eran exmilitantes del M-19 y al parecer miembros y/o allegados al grupo de secuestradores de Janeth Roldán, que se agrupaban bajo el nombre de “Fuerza Democrática Bolivariana”.

  1. El 21 de marzo de 1994, en zona rural de los municipios de Facatativá y La Mesa (Cundinamarca), fueron encontrados los cuerpos de Julio Edgar Galvis Quimbay, Rafael Enán Lora Mendoza, Raúl Gutiérrez Guarín, Fredy Humberto Guerrero y Aidé Malaver, amordazados, vendados, atados de pies y manos e incinerados. Según las actas de necropsia, luego de haber sido torturados, murieron como consecuencia de ahorcamiento (Rafael Enán Lora Mendoza) y por múltiples impactos de arma de fuego.

  1. El 20 de marzo de 1994 familiares de Galvis Quimbay y Lora Mendoza recibieron llamadas anónimas en las que fueron informados que a los desaparecidos los habían subido en un taxi amarillo de placas SFP-121.

  1. El taxi de placas SFP-121 fue encontrado el 23 de marzo de 1994 por la Juez Setenta y Cinco Penal Municipal de Bogotá en las instalaciones del DAS, luego que fuera decomisado por haberse abandonado en la vía autopista Medellín-Bogotá el 20 de marzo. En el interior del vehículo fueron encontradas abundantes huellas de sangre seca.

  1. Realizada inspección judicial a los libros de control de entrada y salida de vehículos de las instalaciones del DAS, se estableció que los días 12 y 14 de marzo de 1994 el detective Germán Vicente Cuéllar Manrique, en calidad de conductor, había retirado de las instalaciones el vehículo de placas SFP-121.

  1. Del experticio de grafología realizado a los libros de entrada y salida vehicular de los parqueaderos del DAS se concluyó que hubo alteraciones a los datos relacionados con el vehículo de placas SFP-121, pues fueron convertidos en SEP-727.

  1. Se estableció que el propósito por el cual fueron retenidos Julio Edgar Galvis Quimbay, Raúl Gutiérrez Guarín, Rafael Enán Lora Mendoza, Fredy Humberto Guerrero y Aidé Malaver por los detectives del DAS, entre los que se encontraba Martín Sierra D’aleman, era averiguar el paradero de la secuestrada Janeth Roldán con el objeto de rescatarla, lo que efectivamente lograron el 20 de marzo de 1994 capturando a ocho secuestradores.

ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE

  1. El 30 de junio de 2000 el Juzgado 3º Penal de Circuito Especializado de Descongestión de Bogotá condenó a Martín Sierra D'aleman como autor de los delitos de “homicidio agravado en concurso con secuestro extorsivo y falsedad personal” a 48 años de prisión, multa de 300 SMMLV y 10 años de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas. Adicionalmente le negó los mecanismos sustitutivos de la pena de prisión.[3]

  1. La sentencia condenatoria fue apelada por la defensa y modificada parcialmente por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, en el sentido de disminuir a 30 años y 20 días la pena de prisión. En lo demás fue confirmada.[4]

  1. La decisión de segunda instancia no fue objeto de recurso extraordinario de casación. Por ende, se dispuso la remisión del expediente a los juzgados de ejecución de penas y medidas de seguridad para lo de su cargo.[5]

  1. En sentencia proferida el 21 de febrero de 2011 el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera-Subsección A. Consejero Ponente Mauricio Fajardo Gómez, radicación 25000-23-26-000-1995-01692-01(20046), se dijo lo siguiente:

“(…) del examen detallado de las pruebas allegadas al expediente es posible establecer que existen suficientes elementos de convicción para concluir que en la determinación y ejecución de los hechos en los cuales resultaron secuestrados, torturados y asesinados los señores Julio Edgar Galvis Quimbay, Rafael Enán Lora y Aidé Malaver Salamanca y otras (2) personas más, participaron Agentes del Departamento Administrativo de Seguridad DAS mientras se encontraban en ejercicio activo del servicio, invocando su condición de agentes de esa institución y en desarrollo de un operativo tendiente a lograr el rescate de una persona secuestrada, lo cual finalmente se consiguió”.

En el caso fue declarada la responsabilidad de la Nación – Departamento Administrativo de Seguridad DAS, por los referidos hechos. Como consecuencia de lo anterior se dispusieron medidas de satisfacción dirigidas a garantizar el principio de justicia restaurativa[6] y garantías de no repetición[7].

  1. El 19 de julio de 2007 el Juzgado 2º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de La Dorada (Caldas) le otorgó a Martín Sierra D'aleman la libertad condicional[8], le impuso un período de prueba de 12 años y la obligación de suscribir la respectiva acta de compromiso, de conformidad con lo dispuesto por el art. 65 de la Ley 599 de 2000.[9]

  1. El procesado reside actualmente en Bogotá. El expediente fue trasladado a este Distrito Judicial y repartido al Juzgado 14 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad.[10]

  1. El 12 de diciembre de 2017 el apoderado de Martín Sierra D'...

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