Resolución Nº 269 de Instituto Distrital de la Participacion Y Accion Comunal - Idpac, 07-09-2020
Fecha de emisión | 07 Septiembre 2020 |
Fecha de publicación | 09 Septiembre 2020 |
Emisor | Instituto Distrital de la Participacion Y Accion Comunal - Idpac |
Número de Gaceta | 6904 |
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Resolución No. 269
"Por medio de la cual se convoca a sectores de la sociedad civil, de los
colectivos y redes comunitarias de comunicación con sede en Bogotá D.C., a
asamblea virtual para que se designen los representantes a la Mesa de
Trabajo de la Política Pública Distrital de Comunicación Comunitaria
consagrada en el Decreto distrital 149 de 2008 y se dictan otras
disposiciones"
El Director General del Instituto Distrital de la Participación y Acción
Comunal-IDPAC-
En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por
los literales a) y b) del artículo 56 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, en armonía
con lo establecido en el Decreto Distrital 149 de 2008,
CONSIDERANDO:
establecen lineamientos de política pública, en materia de comunicación
comunitaria en Bogotá, se ordena implementar acciones de fortalecimiento de la
misma y se dictan otras disposiciones".
Que el artículo 6° del mencionado Acuerdo Distrital, determinó la conformación de
una Mesa de Trabajo para la dirección de los procesos de formulación, promoción,
ejecución, seguimiento y evaluación de la política pública de comunicación
comunitaria.
Que el Acuerdo precitado, indica que la Mesa de Trabajo estará compuesta por
el(la) Secretario(a) de Gobierno o su delegado(a), el(la) Secretario(a) de Cultura,
Recreación y Deporte, o su delegado(a), el(la) Secretario de Educación o su
delegado(a), el(la) Director(a) del Instituto Distrital de la Participación y Acción
Comunal o su delegado(a) y el(la) Gerente de Canal Capital o su delegado(a), así
como por dos representantes de cada uno de los siguientes sectores de la
sociedad civil y de los colectivos y redes comunitarias de comunicación, con sede
en Bogotá D.C.
Que adicionalmente, el parágrafo del artículo 6° del mencionado Acuerdo Distrital,
facultó al Alcalde Mayor de Bogotá, para reglamentar el proceso de elección de los
representantes a la Mesa de Trabajo de la Política Pública Distrital de
Comunicación Comunitaria, aplicando criterios de inclusión y pluralismo,
permitiéndole ampliar la composición para darle representación a sectores
adicionales a los señalados anteriormente.
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