Resolución N° 2696 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2016-08-31 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881868690

Resolución N° 2696 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2016-08-31

Fecha31 Agosto 2016
Número de resolución2696
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
RESOLUCiÓN ••
E
-'2 696
( 3:1 AGO 2016 )
CcrporKlón AUlónorr-
Regional del To
"Por la cual
se
cobra tarifa del selVicio de seguimiento ambienta',
se
hace un
requerimiento y
se
establecen otras disposiciones"
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL
TOLlMA -CORTOLlMA-
En uso de sus facultades, especialmente las conferidas por la Ley 99 de 1993, Ley 633 de
2000, Resolución 583 del 30 de marzo de 2015, Resolución No. 2637 de noviembre 5de
2014, modificada con las Resoluciones No. 261 del 16 de febrero de 2015 y 1595 del 30
de Junio 2015, las demás normas concordantes
y
CONSIDERANDO:
1. OBJETO
Entran al Despacho las diligencias contenidas en el expediente No. 14576 para
elaborar el acto administrativo
pertinente
al cobro de una tarifa del servicio de
seguimiento ambiental correspondiente al periodo del 30/10/2015 al 29/10/2016,
referente a la Resolución CORTOLlMA No. 3090 del 2 de octubre de 2012, por la cual
se otorga un Permiso de Ocupación de cauce
y
se establecen otras disposiciones, a
favor de la CONCESIONARIA SAN RAFAEL SA identificada con Nit No. 900.164.310-
7.
Se ocupara el Despacho también, de las diligencias referentes al informe técnico de
fecha 25 de julio de 2016, de la visita de seguimiento ambiental realizada el14 de julio
de 2016, al Permiso de Ocupación de cauce permanente del Rio Chipa lo, a la altura
del Barrio Topacio, de la ciudad de Ibagué, allegado por la Subdirección de Calidad
Ambiental, a fin de determinar si es necesario requerir el cumplimiento de obligaciones.
2. ANTECEDENTES
a) Que mediante resolución CORTOLlMA No. 3090 del 2 de octubre de 2012
1,
otorgó Permiso de Ocupación de cauce permanente del Rio Chipa lo, a la altura
del Barrio Topacio, de la ciudad de Ibagué, para ejecutar actividades de
ampliación del puente vehicular sobre esta corriente, a la CONCESIONARIA
SAN RAFAEL S.A, identificada con Nit No. 900.164.310-7.
I FoL128 al 134
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