Resolución N° 2697 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2013-10-08 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881795290

Resolución N° 2697 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2013-10-08

Fecha08 Octubre 2013
Número de resolución2697
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
,
RESOLUR'¡.'~
2 6 9 7
( lU Del 2013 ).. .. ~ •••-',~---
"Por medio de f8 cual
58
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SltflCKXlalono
y se
dictan 0lr8s m9did8s'
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA REGIONAL OEL
rOllMA -CORTOLIMA-
En uso de sus facultades legales. especialmente las conferidas por la
99 de
1993. Ley 1333 de 2009, demás normas concordanles y
CONSIDERANDO:
,. OBJETO.
Se encuentran al Despacho las presentes diligencias con el fin de decidir de fondo
el proceso administrativo sancionalorio seguido en contra de JHON JAIRO
ECHEVERRY ARANGO identificado con cédula de ciudadanía numero
93292.640. propietario del establecimiento comercial ANUBIS TATIDO
identificado con NIT 093.292.640-4, por la presunta infracción de incumplir lo
estableCido en el Decreto 4741 de 2005 y ResOlución No, 1362 del 2 agosto de
2007, por no encontrarse inscrito ante la plataforma deIIDEAM,
2- ANTECEDENTES:
a, Que mediante mensaje interno de fecha 27 de diciembre de 201t(F.1),
suscrito por el Subdirector de Calidad Ambiental SAC, pone en
conocimiento que de acuerdo a lo estipulado
en
el Decreto 4741 de 2005.
por medio del cual se reglamenta parcialmente la prevención
y
el manejo
de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión
integral y una vez revisada la plataforma dellDEAM
y
teniendo en cuenta lo
anterior
y los plazos establecidos en el articulo 28 del Decreto 4741 de
2005, se verificó que en el establecimiento denominado ANUBIS TArrOO
ubicado en el pasaje comercial La 14 locales 206 y 207 del municipio de
lbagué, no se encuentra inscrito, ni a la fecha a solicitado el registro de
inscripción ante la corporación,
b. Que a través de Resolución No. 0133 de 17 de enero de 2012. (F. 5-8) se
inició proceso sancionatorio en contra de ANUBIS TATOO cuyo
establecimiento se localiza en el pasaje comercial La 14 locales 206
y
297
de lbagué.
c. Que por medio de la Resolución No. 2307 del 3 de Julio de 2012, (F.10-14)
se modificó la Resolución No. 0133 de 17 de enero de 2012, en el sentido
de establecer que el presunto infractor es ANUBIS TATIOO identificado
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