Resolución Nº 272 de Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., 06-06-2023 - 16 de Junio de 2023 - Registro distrital - Legislación - VLEX 934963771

Resolución Nº 272 de Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., 06-06-2023

Fecha de publicación16 Junio 2023
Fecha de emisión06 Junio 2023
EmisorSecretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Número de Gaceta7741
BOGOT4
RESOLUCION No
...
DE 20
ni
U jU
"Por la cual se reglamentan las prácticas laborales en Ia SecretarIa General de la Alca!dIa Mayor de
Bogota, D.C."
LA
SECRETARIA GENERAL DE
LA ALCALDIA
MAYOR DE BOGOTA,
DISTRITO
CAPITAL
En ejercicio de sus facultades legales y constitucionales, en especial las que Ic confiere el parágrafo
10
del artfculo 13
de la Ley 1780 de 2016 y el Acuerdo Distrital 805 de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que el artfculo 54 de la ConstituciOn Politica de 1991, dispone que
"Es obligacion del Estado y de los enipleadores
ofrecer laformacion
y
habilitación profesional y técnica a quienes
/0
requieran
Que el numeral 11 del articulo 5 de la Ley 115 de 1994 dispone que Ia educación se desarrollará, entre otros, a travës
de la
'formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos /écnicos y hahilidades, asI como en la
va/oracjón del ,nismo comofundainento del desarrollo individual)' social".
Que el articulo 30 de la Ley 789 de 2002
"Por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección
socialy
se
modflcan algunos articulos del Código Sustanlivo c/c Trahajo'
establece:
".4rtIculo 30. Naturale:a y caracterislicas de la relación de aprendizaje. El contra/U de aprendizaje es una
forrna especial dentro del Derecho Laboral, mechanic la cual una persona natural desarrolla formacion
teórica prac/ica en una entidad autorizada, a cam bio de que una empresa patrocinadora proporcione los
,nedios para adquirirformación profesional metódica y comnpieta requerida en el oficio, actividad
it
OCupacio'n
y esto le implique desempeFiarse dentro del manejo administrativo, operativo comercial ofinanciero propios
del giro ordinario de las actividades de la empresa, por cualquier tiempo determinado no superior a dos (2)
años, y por esto reciba un apoyo de sostenimiento ,nensual,
ci
cuál en ningün caso cons! ituye salario.
( ... )".
Que la Ley 1322 de 2009
'Por la cual se autoriza la prestacion del servicio de auxiliarjurIdico ad honóre,n en los
organismos y entidades de la Ramna Ejecutiva del orden nacional, territorial y sus representaciones en ci exterior",
seiala:
"Arliculo
J.
Autorizarse la prestación del servicio de auxiliar juridico ad honorem en los organismos y
entidades de la Rama Ejecutiva de los o'rdenes nacional y territorial., en los niveles central y clesceniralizado,
asi como en sus representaciones en el exterior.
Quien preste este servicio no recibirá rem uneración alguna, ni tentirti vincuiación laboral con el Estado
Que el Titulo III de la Ley 1780 de 2016, adicionado por la Ley 2119 de 2021,
"Por medio de la cual se pro'nueve el
emnpleo y el eniprendimnieniojuvenil, se generan mnedidas para superar barreras de acceso al mnercado de trabajo y se
dictan otras disposiciones ", establece la naturaleza, definición y reglamentaciOn de las prácticas laborales, asi como
sus condiciones minirnas, el reporte de las plazas de práctica laboral en el servicio pOblico de empleo y los mecanismos
de homologaciOn de experiencia laboral.
Que el parágrafo
10
del artIculo 13 de la Ley en menciOn, señala que "( ... )
las entidades pzthlicas podrdn realizar la
vinculación forniativa del practicanle y no será obligatorio celebrar convenios con to Instii'ución Educativa, salvo en
los casos en que la Inst iiución Educativa lo solid/c en ci marco de la autonomia universitaria.
Cra 8 No. 1065
postallll7ll
( nw
Tel: 381
3000
,C6di,o
www.bogota.gov.co
SGS
GALDIA MAYOR
AL
DErAOC,
Info: Linea 195
4203000-FT-997 Version 02

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