Resolución N° 2726 de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, 24-10-2023 - Normativa - VLEX 953743820

Resolución N° 2726 de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, 24-10-2023

Número de resolución2726
Fecha24 Octubre 2023
RESOLUCIÓN Nº 2726
(24 DE OCTUBRE DE 2023)
POR LA CUAL SE APRUEBA EL PLAN DE SANEAMIENTO Y MANEJO DE VERTIMIENTOS -
PSMV DEL CORREGIMIENTO DE LOS PONDORES, ZONA RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN
JUAN DEL CESAR Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LA GUAJIRA -
CORPOGUAJIRA, en uso de sus atribuciones constitucionales, legales, y reglamentarias;
especialmente las conferidas por el Decreto 2811 de 1974, Ley 99 de 1993, Decreto 1076 de 2015
y
CONSIDERANDO:
Que según el artículo 31, numeral 2, de la L ey 99 de 1993, “corresponde a las Corporaciones
Autónomas Regionales ejercer la función de máxima autoridad ambiental en el área de su
jurisdicción de acuerdo con las normas de carácter superior y conforme a los criterios y directrices
trazadas por el Ministerio del Medio Ambiente”.
Conforme los numerales 12 y 13 ibídem, se establece como funciones de las Corporaciones, “la
evaluación control y seguimiento ambiental por los usos del agua, suelo, aire y demás recursos
naturales renovables, lo cual comprende la expedición de las respectivas licencias ambientales,
permisos, concesiones, autorizaciones y salvoconductos así mismo recaudar conforme a la Ley, las
contribuciones, tasas, derechos, tarifas y multas generadas por el uso y aprovechamiento de los
mismos, fijando el monto en el territorio de su jurisdicción con base en las tarifas mínimas
establecidas por el Ministerio del Medio Ambiente”.
Que, en el Departamento de La Guajira, la Corporación Autónoma Regional de La Guajira
CORPOGUAJIRA, se constituye en la máxima autoridad ambiental, siendo el ente encargado de
otorgar las autorizaciones, permisos y licencia ambiental a los proyectos, obras y/o actividades a
desarrollarse en el área de su jurisdicción.
Que el Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos PSMV - es un instrumento de manejo
ambiental, que contempla el conjunto de programas, proyectos y actividades, con sus respectivos
cronogramas e inversiones necesarias para avanzar en el saneamiento y tratamiento de los
vertimientos, incluyendo la recolección, transporte, tratamiento y disposición final de las aguas
residuales descargadas al sistema público de alcantarillado, tanto sanitario como pluvial, los cuales
deberán estar articulados con los objetivos y las metas de calidad y uso que defina la autoridad
ambiental competente para la corriente, tramo o cuerpo de agua.
Con la presentación y aprobación del Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos, se garantiza
la calidad y conservación del recurso hídrico, de tal manera que los residuos que se entregue al
cuerpo de agua no alteren sus condiciones naturales y pueda ser disfrutado por las comunidades
beneficiarias del recurso, garantizando la sostenibilidad del medio ambiente y así evitando daños
irreversibles al ecosistema.
Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial expidió la Resolución No. 1433 de
Diciembre 13 de 2004, derivada del Plan Nacional de Manejo de Aguas Residuales municipales
(CONPES 3177/02) y del Decreto No. 3100/03 Resolución No. 1433/04, donde estableció que las
personas prestadoras del servicio público de alcantarillado deberán presentar ante la Autoridad
Ambiental Competente el Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos con el fin de avanzar en el
saneamiento y tratamiento de los vertimientos, para el cumplimiento de los diferentes compromisos
encaminados al control de los vertimientos y de la contaminación hídrica.
Que en el artículo 1 de la Resolución No. 1433 de 2004, define el PSMV como conjunto de
programas, proyectos y actividades, con sus respectivos cronogramas e inversiones necesarias para
avanzar en el saneamiento y tratamiento de los vertimientos, incluyendo la recolección, transporte,
tratamiento y disposición final de las aguas residuales descargadas al sistema público de
alcantarillado, tanto sanitario como pluvial, los cuales deberán estar articulados con los objetivos y las
metas de calidad y uso que defina la autoridad ambienta! competente para la corriente, tramo o cuerpo
de agua. El PSMV será aprobado por la Autoridad Ambiental competente”.
Que a la luz de lo dispuesto en el artículo 2.2.9.7.3.3 del Decreto No. 1076 de 2015 Meta de carga
contaminante para los prestadores del servicio de alcantarillado. La meta individual de carga
contaminante para los prestadores del servicio de alcantarillado, corresponderá a la contenida en el
Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos - PSMV, presentado por el prestador del servicio y
aprobado por la autoridad ambiental competente de conformidad con la Resolución No. 1433 de 2004
expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible la cual continúa vigente y podrá ser
modificada o sustituida.
Que el parágrafo 2 del artículo 2.2.3.3.5.12 del Decreto No. 1076 de 2015 señala: Los prestadores
del servicio público domiciliario de alcantarillado, se regirán por lo dispuesto en los Planes de
Saneamiento y Manejo de Vertimientos aprobados por la autoridad ambiental competente, teniendo
en cuenta lo establecido en la Resolución 1433 de 2004 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial, o la norma que lo modifique, adicione o sustituya.
Qué través de oficio de fecha 11 de abril de 2023, y recibido en esta Corporación mediante radicado
No. 202304123440021151 el municipio de San Juan del Cesar - La Guajira, identificado con el NIT.
892.115.179-0, representado legalmente por el señor ALVARO JOSE DIAZ GUERRA, identificado
con la cédula de ciudadanía No. 84.104.346, presentó a CORPOGUAJIRA para la respectiva revisión
y evaluación el Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos - PSMV del corregimiento de Los
Pondores zona rural del municipio de San Juan del Cesar.
Que según solicitud de liquidación por servicios de evaluación ambiental, recibido en esta Corporación
a través del radicado No. 202306133440038451 de fecha 13 de junio de 2023, el municipio de San
Juan del Cesar - La Guajira, identificado con el NIT. 892.115.179-0, solicitó la liquidación de los costos
por servicio de evaluación ambiental del Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos - PSMV del
corregimiento de Los Pondores, zona rural del municipio de San Juan del Cesar.
Que CORPOGUAJIRA mediante oficio con radicado No. 202306153700023392 de fecha 15 de junio
de 2023 estableció los costos por servicios de evaluación y trámite ambiental al municipio de San
Juan del Cesar - La Guajira, con relación al Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos - PSMV
del corregimiento de Los Pondores, zona rural del municipio de San Juan del Cesar, por un valor de:
DOS MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL OCHENTA Y CINCO PESOS ($ 2.119.085) M/CTE.
Que mediante oficio recibido en esta Corporacion a traves del radicado No. 202307103440044281
del 10 de julio de 2023, el solicitante aportó con la documentación requerida para el trámite incluyendo
copia de la consignación a la cuenta de ahorros Bancolombia No. 526-499-83496, por un valor de
DOS MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL OCHENTA Y CINCO PESOS ($ 2.119.085), por
concepto de los costos por evaluación y trámite ambiental.
Que la oficina de Tesorería de la Corporación, realizó el registro de pago aportado por el municipio
de San Juan del Cesar a través del radicado No. 202307103440044281 por concepto de servicio de
evaluación ambiental del Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos - PSMV del corregimiento
de Los Pondores, zona rural del municipio de San Juan del Cesar a través de la consignación No.
296 de fecha 10 de julio de 2023.
Que mediante Auto No. 409 fechado 11 de julio del 2023, POR EL CUAL SE AVOCA
CONOCIMIENTO DE LA SOLICITUD DE EVALUACIÓN Y APROBACIÓN DEL PLAN DE
SANEAMIENTO Y MANEJO DE VERTIMIENTOS - PSMV DEL CORREGIMIENTO DE LOS
PONDORES, ZONA RURAL DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN DEL CESAR Y SE DICTAN OTRAS
DISPOSICIONES, CORPOGUAJIRA dio inicio al proceso en mención y corrió traslado al Grupo de
Evaluación para los fines pertinentes.
Que, por medio de informe técnico con radicado 202310243700025773, el Grupo de evaluación,
control y monitoreo ambiental de esta entidad, emite concepto ambiental, el cual, por ser el insumo
y soporte del presente acto administrativo, se transcribe literalmente a continuación:
( )…
1. EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD
El municipio de San Juan del Cesar, La Guajira, presenta una documentación a CORPOGUAJIRA,
solicitando la evaluación y aprobación del Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos “PSMV”
del corregimiento de Los Pondores, el cual corresponde a dicho municipio. Por lo cual Corpoguajira
realizó el análisis y evaluación de la misma donde se menciona lo siguiente:
3.1. Diagnóstico del sistema de alcantarillado, referido a la Identificación de las necesidades
de obras y acciones con su orden de realización que permitan definir los programas,
proyectos y actividades con sus respectivas metas físicas.
El corregimiento de Los Pondores jurisdicción del municipio de San Juan del Cesar departamento
de La Guajira se encuentra en una situación desfavorable debido al estado en que se encuentra el
sistema de alcantarillado el cual fue construido hace más de 19 años, sin una planta de tratamiento
de agua residuales (PTAR). Debido a esta inconsistencia este tipo de aguas servidas fueron
posteriormente vertidas a un cuerpo receptor y al suelo mediante un campo de infiltración, lo cual
genera una laguna artificial afectando al suelo y aguas subterráneas de la zona. El vertimiento de
aguas residuales sin previo tratamiento se constituye en una problemática ambiental y de salud.
3.1.1. Descripción de la Situación Actual
La situación del corregimiento de Los Pondores es gravísima si se tiene en cuenta que la
problemática viene desde el año 2008 con la acumulación de aguas residuales de las actividades
sanitarias diarias de los habitantes de dicho corregimiento.
En visita de campo para verificar el sistema de alcantarillado del corregimiento de Los Pondores se
pudo evidenciar lo siguiente:
Se evidencia que los pozos de inspección están altamente colmatados.
Se observó un pozo con afloramiento de aguas residuales en el predio de la Sra. Ana Elena del
Castillo donde se generará una laguna artificial.
Se presentó residuo solido de gran tamaño en la mayoría de los pozos de inspección.
La saturación de materia orgánica es alta, que los olores ofensivos se sienten en toda la zona.
Se evidencia tubería existente de gres, las cuales son susceptibles a la corrosión interna y
externa, en presencia de sulfuros y su longitud máxima es 2.50 lo cual exige un número
considerable de juntas, lo que propicia las infiltraciones, ya sea desde adentro de la tubería,
pudiendo contaminar el suelo, o desde el externo del tubo, lo que produce un incremento del
caudal transportado.
Se genera un taponamiento por residuos sólidos de gran tamaño en algunos de los pozos de
inspección además el desbordamiento de aguas residuales generando una laguna artificial
afectando su suelo y aguas subterráneas de la zona.
Se encuentran los pozos forjando alteraciones en el medio ambiente afectando suelo, aire,
fauna, flora, al mismo tiempo presenta una problemática en la salud pública exponiendo a
personas y animales a enfermedades producidas por la cantidad de microorganismos
patógenos presentes en estas aguas residuales.
La zona en donde se encuentran los últimos pozos de inspección se presenta un taponamiento
marcado de residuos lo que ocasiona una sedimentación que actualmente impide el paso a las
zonas más bajas por la tubería.
Actualmente en el corregimiento de los Pondores no existe sistema de tratamiento de aguas
residuales que posibilite el tratamiento previo para sus posteriores vertimientos a cuerpo de
agua reduciendo e inactivando organismos patógenos, disminuyendo la demanda bioquímica
de oxígeno DBO, y la demanda química de oxígeno DQO, y de cualquier sustancia
contaminante en el agua para atenuar los impactos sobre el ambiente y los recursos naturales.
De la visita de campo se determina que las condiciones sociales técnicas y ambientales son
desfavorables identificando claramente una mayor área de afectación ambiental y denotado que
el taponamiento por la sedimentación y acumulación de residuos sólidos se acerca hacia la zona
poblada dejando en claro que la situación seguirá empeorando en el tiempo.
Se evidencio que la afectación se ha extendido sobre el área inicial.
Al verificar el sistema de alcantarillado sanitario del casco urbano encontramos un taponamiento
en la red así mismo rebosamientos en los baños de las viviendas también manjoles a
centímetros de rebozar debido a pendientes muy bajas y manjoles muy superficiales trayendo
consigo una proliferación de ratas, cucarachas, plagas y otros insectos.
También se evidencio presencia de olores ofensivos generados por el represamiento de las
aguas residuales domésticas.
Los habitantes del corregimiento de Los Pondores se sienten vulnerados ya que la prestación
del servicio público de alcantarillado y obras complementarias no sea la adecuada, la cual está

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