Resolución N° 2741 de la Gaceta Ambiental ANLA, 23-11-2023 - Normativa - VLEX 954843245

Resolución N° 2741 de la Gaceta Ambiental ANLA, 23-11-2023

Número de resolución2741
Fecha23 Noviembre 2023
Fecha de publicación01 Diciembre 2023
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA
RESOLUCIÓN 2741
(23 NOV. 2023)
Página 1 de 6
Por la cual se define competencia entre Autoridades Ambientales”
EL SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE
LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA)
En uso de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas en la Ley 99 de 1993, los
Decretos - Ley 2811 de 1974 y 3573 de 2011 modificado por el Decreto 376 de 2020, el
Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones 02665 de 2022 y 02795 de 2022, y
CONSIDERANDO QUE:
La Corporación Autónoma Regional del Guavio (CORPOGUAVIO) con NIT 832.000.171-1,
mediante radicados 20236200781622 del 25 de octubre y 20236200813092 del 1 de
noviembre, ambos de 2023, solicitó a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
(ANLA), definir competencia para conocer del trámite administrativo ambiental de
autorización de ocupación de cauce sobre el río Sucio, para la ejecución del proyecto
"Reconstrucción de dos puentes vehiculares y peatonales que comunican a los municipios
de Ubalá (Cundinamarca) y Chivor (Boyacá)”, entre los municipios de Ubalá, departamento
de Cundinamarca y Chivor, departamento de Boyacá, en jurisdicción de la Corporación
Autónoma Regional del Guavio (CORPOGUAVIO), y la Corporación Autónoma Regional del
Chivor (CORPOCHIVOR) con NIT 800.252.037-5.
El equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de
esta Autoridad evaluó la información que reposa en el expediente COM0446-00, emitiendo
el Concepto Técnico 8008 del 21 de noviembre de 2023, el cual es fundamento del presente
acto administrativo.
CONSIDERACIONES JURIDICAS
El artículo 2.2.2.3.2.6 del Decreto 1076 de 2015
1
, establece que cuando el proyecto, obra o
actividad se desarrolle en jurisdicción de dos o más autoridades ambientales, le corresponde
a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), definir la competencia.
Con fundamento en la información presentada por la Corporación Autónoma Regional del
Guavio (CORPOGUAVIO), el equipo técnico de la Subdirección de Instrumentos, Permisos
y Trámites Ambientales de esta Autoridad emitió el Concepto Técnico 8008 del 21 de
noviembre de 2023, mediante el cual realizó la evaluación de los elementos técnicos para
1
“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”

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