Resolución N° 2931 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2011-07-25 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881732411

Resolución N° 2931 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2011-07-25

Fecha25 Julio 2011
Número de resolución2931
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
RESOLUCiÓN No.
( 2 5 JUi
...- 2 9 3 '
)0111 )
Corporación Autónoma
Regional del Tolima
"Por el cual se cobra tarifa por el servicio de Seguimiento ambiental"
LA DIRECTORA GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL
DEL TOLlMA "CORTOLlMA"
En uso de susfacultades legales y constitucionales, en especial las conferidas por la
Ley 99 de 1993 y el Decreto 1594 de 1984 y,
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución No, 1361 del 03 de Septiembre de 2008, CORTOLlMA,
establece unas disposiciones ambientales para la actividad que se desarrolla en la
Estacion de Servicio Payando, localizada en el Municipio de San Luis - Tolima, cuyo
responsable es el señor ERNESTO SANTOFIMIO CUELLAR, identificado con la
C.C. 17.066.830.
Que la Subdirección de Calidad Ambiental de CORTOLlMA, emitió el Concepto
realizado por un funcionario de CORTOLlMA, mediante el cual se realizó la
liquidación del cobro por concepto del servicio de seguimiento ambiental del
proyecto y se estableció:
Que el numeral 13 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993 determinó que les
corresponde a las autoridades ambientales recaudar, conforme a la ley, las
contribuciones, tasa, derechos, tarifas y multas por concepto del uso y
aprovechamiento de los recursos naturales renovables y fijar su monto en el tenrilorio
de su jurisdicción.
Que el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, por la cual se modificó el artículo 28 de la
Ley 344 de 1996, definió el sistema y método aplicables para el cálculo de las tarifas
que cobrarán las autoridades ambientales por los servícios de evaluación y
seguimiento de los diversos instrumentos de manejo y control ambiental definidos en
••••• la Ley y los reglamentos
Que el citado artículo 96, además de fijar el sistema y método de cobro para el
cálculo de las larifas por los servicios de evaluación y seguimiento, estableció los
n_topes de cobro para proyectos, obras o actividades cuyo valor sea igualo superior a
T
2.115 salarios mlnimos mensuales (SMMV), la autoridad deberá cobrar el menor
~.. ,_r_,_r_,_rent_,_r_
D;t.
5.,
Al'.
Del~, ~ +1 Sur: Notte: Surorfente: Oriente:
res,:(8)~55UQ1W55
ce K4INanv en..6
No.
4-37
0*7No.22-61
en.
o/No. ~."
~: (8)
265<1553-2700UO CM.aNo.
7-
Z4/28 8Itnfo
Cenlrr1
PI:so2 Tel!faK.:(8)U8UOf
E-MMI:~Ql1\'.CQ Of.
:JOJ-3tE
Tel!faK.:(8)2530115
TI!Il!fa.o'.:
(8)2 A.rlI'i::aaP>
~. lI'!tWm-tl1tqv,aoyro . r"""",:
{8}J.f61779 ,
.4nn!n>
Gwy.6I»I' ~
~- T~ CdDmbI/I ~

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR