Resolución N° 2971 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2015-11-03 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881816048

Resolución N° 2971 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2015-11-03

Fecha03 Noviembre 2015
Número de resolución2971
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
,
RESOLUCiÓN
111-
1-
2 9 7
( O3
NOV
2015")
"Por la cual
se
inicia un sanciona torio y
se
establecen otras disposiciones".
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL
DEL TOLlMA "CORTOLlMA"
En uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por la Ley 99 de
1993, y demás normas concordantes y
CONSIDERANDO:
1.- OBJETO:
Corpor¡;l:i:OflAutonoma
R:
I:.".~'"~I
tJ
.1-:: ~.
Se encuentran las presentes diligencias al Despacho para analizar la viabilidad de
dar inicio al trámite sancionatorio en contra del señor LEONEL ZARAZO
ROBAYO, identificado con cédula de ciudadania W 17.042.245, por las presuntas
afectaciones al medio ambiente, debido a las actividades de quema, tala y rocería
de aproximadamente un área de 0,30 hectáreas, afectando e interviniendo
aproximadamente catorce (14) individuos forestales de especies nativas, los
cuales se encuentran distribuidos en el predio denominado "El Silencio", ubicado
en la vereda "El Tambo", jurisdicción del municipio de Ibagué, departamento del
Tolima.
2.- ANTECEDENTES:
a. Que mediante informe técnico presentado por profesionales adscritos a la
Subdirección de Calidad Ambiental con fecha 13 de Octubre de 2015 (F 1-
4), se deja constancia de los hechos evidenciados en la visita practicada el
día 06 de Octubre de 2015 al predio denominado "El Silencio", ubicado en
la vereda "El Tambo", jurisdicción del municipio de lbagué, departamento
del Tolima, donde se constataron las siguientes circunstancias de hecho:
Este predio corresponde a un área agrícola dedicado al cultivo de
variedad de café, yuca, plátano y algunos frutales con un área aproximada
de 3.
Y:.
hectáreas.
se observó una rocería y quema de rastrojo, en un área aproximada de
0,30 hectáreas, donde intervinieron mediante la práctica de tala de once
(11) árboles forestales de especies nativas como Balso, Carbonero,
Yarumo e Híguerilla. Dichos árboles presentaban diámetros entre 12 y 30
centímetros, causando afectación a los recursos naturales.
es evidente la existencia de disposición inadecuada de material vegetal
producto de la tala de los árboles en el lugar de los hechos, y el costado
derecho de la carretera en la franja derecho de la vía, sin manejo técnico.
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