Resolución N° 3001 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2003-11-27 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881831955

Resolución N° 3001 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2003-11-27

Fecha27 Noviembre 2003
Número de resolución3001
EmisorDG-DIRECCION GENERAL
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3
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O 1) .
RESOLUCION No. DE
2 7
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J
Z003
0E
2003
P.l
\f'.
Por la cual se revoca parcialmente la Resolución 2001 de 21 de Agosto de
2003 y se adoptan otras medidas
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA
REGIONAL DEL TOLIMA "CORTOLIMA"
En uso de sus facultades legales, especialmente a las conferidas por la Ley 99
de 1993, demás normas concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 99 de 1993 Artículo 31 Numeral 10, consagra como función de las
Corporaciones Autónomas Regionales, ''Fijar en el área de su jurisdicción los
límites permisibles de emisión descarga, transporte o depósitos de sustancias,
productos, compuestos o cualquier otra materia que puedan afectar el medio
ambiente o los recursos naturales renovables yprohibir, restringir o regular la
fabricación distribución uso, disposición o vertimiento de sustancias causantes
de degradación ambienta!. .."
Que en la resolución No. 2001 de Agosto 21 de 2003; se rlJotiva y fundamenta
principalmente en el concepto técnico emitido por'el funcionario-'Francisco
Villami! como resultado de la visita técnica realizada el día 4 de agosto de
2003, relacionada con la situación de la fase I del Relleno Sanitario Combeima,
en la cual determina, que geométricamente la topografía a través del tiempo a
cambiado en esta fase del relleno, observando algunas depresiones donde se
están acumulando aguas lluvias, las cuales por percolación aumentan el
volumen de lixiviados. Estas depresiones se hace necesario nivelarlas, para
posteriormente realizar la construcción del domo de clausura. Dicha
nivelación¡ se puede hacer en material térreo o con residuos sólidos. En
material térreo elevaría ostensiblemente los costos del cierre solicitado¡
mientras que con residuos sólidos sería más conveniente en términos de costo
beneficio al usuario de este servicio público domiciliario¡ cuando se
aprovecharían estos espacios dejados por las depresiones para depositar
residuos sólidos; a partir de esta nivelación si se podría iniciar las obras de
construcción del domo de clausura.
Así mismo¡ la resolución anteriormente referida se soporta en el concepto
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técnico emitido por el Geólogo e Ingeniero Civil adscritos a la Subdirección de
LFVP
y
ICST/A:\Revocatoria Fase.doc/28/11/03/ 05:46 a.m.
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Eedio Ambiente no lo es todo, sin él, el todo es nada,
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Preservemoslo 1.
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Avenida del Fer ocarril Calle 44 Conmutador: 2654551 - 52-54-55 A.A. 2026 - Fax: 2654553 - 2700120
~ E-mail: cortolima@cortolima.gov.co
Web: www.cortolima.gov.co
Ibagué - Tolima

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