Resolución N° 3208 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2011-08-08 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881866374

Resolución N° 3208 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2011-08-08

Fecha08 Agosto 2011
Número de resolución3208
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
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RESOLUCiÓN
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"Por medio de la cual se ordena el pago de una tarifa de seguimiento"
Corporación Autónoma
Regional del
Tolimi'l
LA JEFE DE LA OFICINA JURlDICA DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA
REGIONAL DEL TOLlMA "CORTOLlMA"
En ejercicio de sus funciones legales especialmente conferidas por la Ley 99 de 1993, Decreto 2676
de 2002, y demás normas concordantes y
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución No. 1446 de diciembre 18 de 2006, Cortolima acogió el plan de manejo,
como instrumento de seguimiento, al senor Eduardo Hincapié Giralda identificado con cedula de
ciudadanla No. 19.100.029, en calidadde propietario delestablecimiento comercial Eduardo Hincapié
Giralda Aceites Usados, con matricula mercantil No. 01146365 del 2 de enero de 2002 de la Cámara
de Comercio de Bogotá sede centro, con su correspondiente plan de contingencia, para la
recolección de aceites usados, filtros usados, desechos contaminados con hidrocarburos y baterlas
en puntos de acopios primarios en el Departamento del Tolima.
Que mediante Resolución No. 3217 de noviembre 26 de 2009, se autorizó la cesión de derechos y
obligaciones contenidas en la Resolución 1446 de diciembre 18 de 2006 a la firma ECO FUEL S.A,
con NIT. 900269354-2.
Que el articulo 96 de la ley 633 de 200 senala: ~Las autoridades ambientales cobrarán los servicios
de evaluación y los servicios de Seguimiento de la Licencia Ambiental, permisos, AutOrizaciones y
demás instrumentos de control y manejo ambiental establecidos en la ley y los reglamentos ( ...). Que
la tarifa incluirá:
a) El valor total de los honorarios de los profesionales requeridos para la realización de las
actividades propuestas.
b) El valor de total de los gastos de viaje de los profesionales que se ocasionen para el estudio, la
expedición, el seguimiento
y/o
el monitoreo de la licencia ambiental, permisos, concesiones y
autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo ambiental establecidos en la Ley y los
reglamentos.
c) El valor total de los análisis de laboratorio y otros estudios y disenos técnicos que sean
requeridos tanto para la evaluación como para el seguimiento.
Que la Corporación aplicara el siguiente método de cálculos: para ellneral a) se estimara el número
de profesionales/mes y se aplicaran las categorlas y tarifas de sueldos de contratos del Ministerio de
Transporte y para el caso de contratistas internacionales, las escalas taritarias para contratos de
consultorla del Banco Mundial o del PNUD; literal b) sobre un estimativo de visitas a la zona del
proyecto se calculará el monto de los gastos de viaje necesarios, valorados de acuerdo con las
tarifas del transporte público y laescala de viáticosde Ministeriodel Medio Ambiente; para ellneral c)
el costo de los análisis de laboratorio u otros trabajos técnicos será incorporado en cada caso, de
acuerdo con las cotizaciones especificas. A la sumatoria de estos tres costos, a), b) y c) se le
aplicara un porcentaje que anualmente fijará el Ministerio del Medio Ambiente por gastos de
administración.
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Tddax.:(8)2S30115. Tddax.:(8)2f56876 PuttI/QIdón
Tl!Il!f.Ix.:(8)2f62719
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