Resolución N° 3272 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2015-11-20 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881761890

Resolución N° 3272 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2015-11-20

Número de resolución3272
Fecha20 Noviembre 2015
EmisorDG-DIRECCION GENERAL
Por medio de la cual se liquida una obligación y se hace exigible su pago.
RESOLUCION No.
2 O
NOV 20'/~
.1~~3272
)
"8'
Corporación Autónoma
Regional del Tolima
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA REGIONAL
DEL TOLlMA "CORTOLlMA"
En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 31, numeral 9
de la Ley 99 de 1993, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 43 de la Ley 99 de 1993 establece el cobro de Tasas la utilización de aguas
por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, cobro fijado por el Gobierno Nacional
que se destinarán al pago de los gastos de protección y renovación de los recursos hídricos,
para los fines establecidos por el artículo 159 del Código Nacional de Recursos Naturales
calculará y establecerá las tasas a que haya lugar por el uso de las aguas.
en lo relativo a las tasas por utilización de aguas superficiales, las cuales incluyen las aguas
estuarinas, y las aguas subterráneas, incluyendo dentro de estas los acuíferos litorales.
Que el Artículo del Decreto 155 de 2004, determina que todos los sujeto pasivos o
personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que utilicen el recurso hidrico en virtud
de una concesión de aguas, están obligados al pago de la tasa por utilización del aguas.
Que el Artículo del Decreto 155 de 2004, establece que la tasa por utilización del agua se
cobrará por el volumen de agua efectivamente captada, dentro de los límites y condiciones
establecidos en la concesión de aguas.
Que el Artículo del Decreto '4742 de 2005, modifica el artículo 12 del Decreto 155 de
2004, que determina la forma del cálculo de la tarifa de la Tasa por utilización de aguas o del
monto a pagar. El valor a pagar por cada usuario estará compuesto por el producto de la
tarifa unitaria anual de la tasa por utilización de agua (TU), expresada en pesos/m3, y el
volumen captado
(11),
expresado en metros cúbicos (m3), corregído por el factor de costo de
oportunidad.' ••
Que el (la) señor (a) RODRIGUEZ LOZANO MATEO, identificado (a) con
Cedula/Nit.2215142, es uno de los sujetos pasivos que capta agua del Rio/QuebradaR.
CHENCHE, concesión registrada bajo la llave N" 1359, adeuda a la Corporación por
concepto de Tasa por Utilización de Aguas desde el Año - Trimestre 2011 - 1 hasta el Año -
Trimestre 2014 - 4 suma de OCHO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL
QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS ($8765596.00) M/CTE. Distribuidos así:
($5158172.00) capital y ($3607424.00) intereses por mora.
r:\
En mérito de lo anteriormente expuesto,
V R E S U E L
V
E:
SEDE CF.NTRAL
Cra.
5~
AV.lAl Ftrmcwril. Calle 44
Te/.•,.: (R)
265455/IJ}lj4)5J
Fax:
(8)
lfl5.¡J5J - 2700/20
E-Mail; cor/olimg@cOt'olimqgovce
Web:
WWWC9r1o/ima.govCQ
lbague Tolima- Colombia
Direccuill Te"iIOrla/
Sllr:
ce
Ka/arama
Cro. /;No,
7_ 2428
0/ JOI.)O)
Tel"fax,;
(8) 246]779
Chaparrol
Din-cclon Territortal
Norfe:
Cro.6No.4-n
Tele/m.:
(8)
]5)0115
Armero GI/O)Ylbal
Dirección Territorial
Sllroriente:
Calle
6
No. ])
-J7
Piso
1
Telefax.:
(8) ]456876
Me/Kar
Dirección Tumoríal
Oriente:
Cra.
No.
S.
-17
Tele/m.:
(8)
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